ACERCA DEL AUTOR:

Marino Alvarado
Abogado, Coordinador de Exigibilidad Legal de Provea.
El 24 de junio de 2026, sufrimos dos terremotos de magnitud 7.2 y 7. dejando una estela de destrucción que aún hoy, en agosto, seguimos contando en escombros y vidas truncadas.
Según las cifras oficiales más de 6.300 personas lamentablemente perdieron la vida, cerca de 13.000 viviendas con afectaciones significativas y miles de familias durmiendo en refugios improvisados.
En medio de esta tragedia los trabajadores se enfrentan con una situación especialmente desventajosa para poder atender la necesidad de realizar las reparaciones a sus viviendas pues no pueden recurrir a las cajas de ahorro ni solicitar adelanto de sus prestaciones sociales.
Desde hace varios años el gobierno ató los beneficios laborales a salarios de 130 bolívares al mes, es decir, menos de 0,50 dólares al mes.
Con ello dejó a los trabajadores sin cajas de ahorro operativas y sin acceso a sus propias prestaciones sociales puesto que los montos resultantes son irrisorios.
Si esos beneficios no hubiesen sido pulverizados los trabajadores contarían hoy con la posibilidad de recurrir a dos fuentes de financiamiento básicas que le son propias: un préstamo de su caja de ahorro o un adelanto de su fondo de prestaciones sociales.
Esas alternativas han sido perforadas sistemáticamente por una política salarial que vació de contenido real las cuentas de ahorro laboral.
Durante años, la hiperinflación y la devaluación han erosionado el valor de las prestaciones sociales, que en teoría se acumulan mes a mes.
Sin embargo, cuando el salario es tan bajo el cálculo de las prestaciones arroja montos que no alcanzan para comprar un saco de cemento.
Hoy, un afectado por el terremoto se enfrenta a una realidad frustrante: tiene derechos reconocidos en la Ley Orgánica del Trabajo, pero no puede ejercerlos.
Si acude a su caja de ahorro, le dirán que los fondos están congelados o que la morosidad general impide nuevos créditos.
Si solicita un adelanto de sus prestaciones, el monto que recibe en bolívares apenas le alcanzará para reparar una puerta o una ventana.
La emergencia exige que el gobierno avance a restablecer la capacidad de decisión autónoma de un trabajador que necesita mil dólares o más para reparar su techo y que no puede obtenerlos porque su propio fondo de ahorro está vacío o bloqueado. Debe realizar rectificaciones urgentes en materia laboral.
Quienes, de manera intencional, ejecutaron políticas orientadas a demoler los derechos laborales tienen alta responsabilidad en las carencias y dificultades de quienes hoy, necesitados de reparar sus viviendas, no tienen la más mínima capacidad económica para responder a la emergencia.
La agudización de la crisis económica y social como consecuencia de los dos terremotos, impone una mayor necesidad de escuchar la voz de los trabajadores y sus permanentes reclamos de acabar con las políticas de bonos que no tienen impacto en muchos de los beneficios establecidos en convenciones colectivas o contratos individuales.
Es urgente aumentar los salarios, que el gobierno pague la enorme deuda con las cajas de ahorro y que se restablezca el sentido social de las prestaciones sociales.
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Marino Alvarado
Abogado, Coordinador de Exigibilidad Legal de Provea.





