
La reestructuración de la deuda debe tener el foco en los derechos humanos y evitar complacer solamente a los acreedores, de lo contrario, solo profundizará los problemas del país
Por Oly Millán. Especial para Provea
El 16 de abril de 2026, la directora gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI), Kristalina Georgieva, anunció que este organismo multilateral inició conversaciones con el gobierno interino de Delcy Rodríguez, luego de que en marzo 2019 se suspendieran las relaciones con Venezuela, bajo el argumento central del desconocimiento al gobierno de Nicolás Maduro.
Esta noticia generó expectativas positivas en los mercados donde se cotiza la deuda venezolana, especialmente entre los acreedores.
Esto se debe a que el FMI, pieza clave de la arquitectura financiera internacional creada en los acuerdos de Bretton Woods tras la Segunda Guerra Mundial, es un actor multilateral fundamental para “infundir confianza”.
Su función de supervisar el sistema monetario global y “asistir” a las naciones a superar desequilibrios en la balanza de pagos a corto plazo, le permite contribuir —mediante asesoría técnica y apoyo financiero— a la estabilización macroeconómica de sus Estados miembros.
Venezuela forma parte del organismo desde diciembre de 1946, manteniendo una relación de altibajos a lo largo de estos casi ochenta años.
De hecho, durante el desarrollo de la infraestructura nacional emprendido por la dictadura de Marcos Pérez Jiménez, el papel del FMI fue prácticamente nulo; aquellas obras se financiaron directamente con los ingresos de la renta petrolera, lo que permitió una gestión con total independencia del Fondo.
En aquella época, el país no enfrentaba los desequilibrios económicos estructurales actuales, aunque compartía un denominador común con el presente: el sistema democrático se encontraba profundamente erosionado bajo el ejercicio del gobierno dictatorial.
El FMI adquiere un papel más relevante, aunque un tanto controversial, para los países de América Latina durante la crisis de la deuda que se generó en la década de los ochenta del siglo XX, al diseñar programas de ajuste macroeconómico y consecuentemente lograr el apoyo financiero de los mismos mediante acuerdos de crédito que fueron implementados por los países latinoamericanos.
Estos programas tenían como base de sustentación teórica las políticas neoliberales que se expresaban en el famoso “Consenso de Washington”.
Quizás convenga, a la luz de la realidad actual de nuestro país, repasar las lecciones aprendidas sobre la actuación de entonces del FMI recogidas en el documento que James M. Boughton preparó para el mismo ente multilateral, respecto a los programas de condicionalidad que este les impuso a las economías latinoamericanas que formaban parte de aquella crisis.
En síntesis, se puede enumerar lo siguiente:
- El FMI abordó el problema como una crisis de liquidez y no de solvencia, situación que condujo a los países a un mayor endeudamiento y a la aplicación de programas de ajuste estructural (caracterizados como de austeridad procíclica).
- Estas medidas contemplaron una profunda privatización y una pragmática apertura comercial, exigiendo a su vez recortes drásticos en el gasto público, los salarios y los subsidios, lo que finalmente profundizó la contracción económica y en muchos países, como en el nuestro, a acelerar y profundizar la crisis política que durante fines del siglo XX se venía gestando.
Para el venezolano de a pie, que no entiende las implicaciones de esta noticia que tanto alegró a los mercados, ni siquiera es su tema de conversación, sus preocupaciones siguen estando relacionadas con los aspectos esenciales de la vida y en cierto modo con la libertad, como bien lo plantea el premio Nobel de Economía 1998 Amartya Sen, es decir a los temas relacionados con: el salario y los derechos laborales, la inflación, la devaluación de la moneda (bolívar), la crisis de los servicios básicos (sistema: eléctrico, agua, recolección de desechos sólidos), la seguridad protectora que tiene que ver con el sistema de salud y educación.
En fin, nada que ver con la deuda externa del país y sus posibilidades de salir de la situación de default o no pago que tanto interés les incita a los mercados.

Situación de la deuda venezolana
Sabemos que el país mantiene una deuda muy alta, las cifras oficiales no están disponibles.
La última información sobre la deuda venezolana esta reflejada en el documento del Banco Mundial del año 2022, aunque la cifra última de la deuda que refleja es del año 2020.
En este documento el país aparece con una deuda externa total para el año 2020 ubicada por el orden de los 189.306 millones de USD.
En el siguiente cuadro se puede observar el comportamiento de la deuda externa a lo largo de los últimos 10 años.
| Años | Millones de USD | variación | PIB (Millones de USD) |
| 2010 | 116.529 | 318.000 | |
| 2016 | 175.795 | 50.8 | 113.000 |
| 2017 | 176.106 | 0.17 | 115.000 |
| 2018 | 182.938 | 3.88 | 102.000 |
| 2019 | 185.598 | 1.45 | 73.000 |
| 2020 | 189.306 | 1.99 | 42.000 |
Fuente: Banco Mundial. Informe deuda año 2021 y FMI
Si bien, durante los últimos 10 años su crecimiento en términos generales ha sido bajo, no fue así entre los años 2010 y 2016, cuya variación fue de aproximadamente un 51%, debemos también reconocer que desde agosto del 2017 el gobierno del presidente Trump, en su primer mandato, inició el proceso de sanciones financieras al gobierno de Maduro al prohibirle que siguiera utilizando la plataforma del dólar norteamericano para realizar operaciones crediticias.
A partir de ese momento, las referidas sanciones han experimentado una escalada permanente, con las únicas excepciones contempladas en las licencias correspondientes.

El caso venezolano: una crisis de solvencia o de liquidez
Al contrastar las lecciones de la crisis latinoamericana de los años 80 descritas por James M. Boughton con la realidad macroeconómica actual de Venezuela, la respuesta desde la teoría económica es muy clara: actualmente Venezuela enfrenta una profunda y estructural crisis de solvencia.
Veamos con un poco con mayor precisión a que nos referimos, al definir que:
- Una crisis de Liquidez (es un problema de corto plazo): Esto pasa cuando un país no tiene efectivo en el corto plazo (problemas de flujo de caja) pero, no obstante, tiene activos y capacidad para generar riqueza. No es un problema de riqueza sino de liquidez.
- Una crisis de Solvencia (es un problema más complejo y estructural): Esto pasa cuando la capacidad de generar ingresos futuros de una nación está tan deteriorada que el valor presente de sus obligaciones supera por completo su capacidad real de pago, sin importar cuánto tiempo o financiamiento se le otorgue. Se puede considerar como un asunto patrimonial y de viabilidad en el ámbito institucional. Por lo general asociado a profundos problemas estructurales sistémicos y de crisis política.
A diferencia de la crisis de los 80, donde el FMI erró al diagnosticar que las economías de la región solo necesitaban puentes de efectivo y tiempo para recuperarse, el caso actual de nuestro país no se puede resolver con una mayor deuda.
Los indicadores de solvencia muestran un quiebre estructural expresado en la destrucción del aparato productivo interno.
La solvencia de un país depende de su capacidad de crecimiento medido a través del Producto Interno Bruto (PIB).
Entre 2014 y 2024, la economía venezolana experimentó una contracción acumulada de casi el 80%.
Aunque datos del FMI indican que a partir de 2021 el país ha registrado tasas de crecimiento del 1%, 8%, 4%, 5,3% y 1,5% (período 2021-2025), este repunte está lejos de alcanzar los valores absolutos previos a 2014.
En consecuencia, el desempeño económico actual sigue siendo sumamente frágil; la base industrial, manufacturera y agropecuaria permanece debilitada y desarticulada, a lo que se suma el severo impacto de la crisis de los servicios públicos, especialmente en el sistema eléctrico nacional.
Tomando en cuenta los datos del PIB de Venezuela, según cifras del FMI, podemos cuantificar que para el año 2020 el indicador deuda externa como % del PIB se ubica por el orden de 296% lo que muestra el alto nivel de endeudamiento que tiene la economía venezolana y su precaria capacidad económica.
Al actualizar para el 2025 el indicador (el PIB está por el orden de los 112.000 millones USD, según cifras del FMI) y partiendo que la deuda externa total se mantiene cercana a los datos del 2020, tenemos que el indicador se ubica en cercano al 169%.
Esta situación reafirma que Venezuela presenta actualmente un grave problema de solvencia, siendo esta una de las causas principales de la expansión de lo que se denomina en la literatura económica como “economía sumergida”.

Los Principios rectores sobre la deuda externa y los derechos humanos aprobados por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas establecen que:
- Los Estados deben asegurarse de que ninguna de sus actividades relacionadas con las decisiones acerca de la concesión y solicitud de préstamos, las de las instituciones internacionales o nacionales, públicas o privadas a las que pertenezcan o en las que tengan intereses, la negociación y aplicación de acuerdos sobre préstamos y otros instrumentos de deuda, la utilización de los fondos, los pagos de deuda, la renegociación y reestructuración de la deuda externa, y, en su caso, el alivio de la deuda, irá en detrimento de sus obligaciones con la realización plena de los Derechos Humanos.
- Toda estrategia de deuda externa debe concebirse de forma que no obstaculice el mejoramiento de las condiciones que garantizan el disfrute de los derechos humanos y debe estar destinada, entre otras cosas, a garantizar que los Estados deudores alcancen un nivel de crecimiento adecuado para satisfacer sus necesidades sociales, económicas y de desarrollo, así como cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos.
- Las instituciones financieras internacionales y las empresas privadas tienen la obligación de respetar los derechos humanos internacionales. Ello conlleva el deber de abstenerse de formular, adoptar, financiar y aplicar políticas y programas que directa o indirectamente obstaculicen el disfrute de los derechos humanos.
Las lecciones aprendidas aplicadas a Venezuela y la necesaria viabilidad social
Si el análisis de Boughton demostró que aplicar recetas de «austeridad procíclica» a problemas de solvencia en los 80 terminó por contraer aún más las economías y agudizar la pobreza, la lección para nuestro país es muy clara.
No nos podemos endeudar más para complacer a los acreedores.
Un programa de recuperación económica para Venezuela no puede basarse únicamente en conseguir líneas de crédito internacionales (solución para la liquidez) o en recortar el gasto público indexado.
La crisis no puede seguir descansando sobre los hombros de la ciudadanía, y la euforia de los mercados ante un eventual reconocimiento de Venezuela por parte del FMI no debe ser a costa de más sacrificios para la gente.
Por lo tanto, la reestructuración de la deuda externa exige, como condición sine qua non, que la viabilidad social ocupe el núcleo central de las mesas de renegociación.
Asimismo, este proceso debe contemplar una reorganización profunda del sistema institucional del Estado, el respeto a los derechos humanos, la garantía de seguridad jurídica para atraer inversiones y la reconstrucción del aparato productivo con responsabilidad ambiental.
Sin una reforma estructural que devuelva la viabilidad económica, política y social al país, cualquier proceso de reestructuración de la deuda de forma aislada y para complacer a los acreedores, solo servirá para seguir profundizando los problemas.







