El 23.09.04, Provea interpuso ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) una Acción de Amparo Constitucional contra el Defensor del Pueblo a favor del derecho de petición, amparado en el artículo 51 de la Constitución.
A través de esta acción jurídica, Provea solicitó al TSJ que le ordene a Germán Mundaraín, en su condición de Defensor del Pueblo, dar respuesta a una solicitud de información efectuada por Provea el pasado 27 de mayo de este año. Een esa fecha Provea dirigió al Defensor del Pueblo un escrito solicitándole información sobre aspectos relacionados con violaciones al derecho a la integridad personal tanto en el sector civil como en el militar; agresiones contra defensores de derechos humanos, denunciantes de violación de derechos humanos o familiares de víctimas de violación de derechos humanos, registrados desde el IV trimestre de 2003 y los primeros 4 meses de 2004; evolución de estos casos de acuerdo con la actuación de la Defensoría y su papel ante la situación generada por los solicitantes de asilo desplazados desde Colombia hasta la Sierra de Perijá, así como su evaluación del impacto de esas migraciones sobre la población indígena.
En su escrito, Provea acusó al Defensor del Pueblo no sólo de incumplir con su deber de dar oportuna y adecuada respuesta, sino también de violar el principio de accesibilidad a la información, establecido en el artículo 8 de la novel Ley Orgánica de la Defensoría y 28 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano.
En opinión de Provea, con esta actitud, la Defensoría ignoró su obligación de impulsar la participación ciudadana para vigilar los derechos y garantías constitucionales. Esto implica el libre acceso a la información oficial.
Notas de prensa relacionadas con este caso:
– Provea demanda a Defensor del Pueblo por vulnerar derecho de petición (23.09.04)
Documentos relacionados con este caso:
– Acción de Amparo Constitucional contra el Defensor del Pueblo Germán Mundaraín