Desde su fundación, el CDH UCAB ha trabajado en la promoción del derecho a la participación política y asumido la defensa de víctimas de discriminación por el ejercicio de su derecho a participar en asuntos públicos. Es en atención a este mandato, que se formulan las siguientes consideraciones.

Sobre la convocatoria a la ANC

Aunque es un hecho conocido, es necesario recordarlo: la convocatoria a la asamblea nacional constituyente fue, en sí misma, inconstitucional e ilegal, al violar el artículo 5 de la Constitución que reconoce que “la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo”, y no partir de la consulta exigida por el artículo 347 de la Constitución. La ANC no la convocó el pueblo en cuanto “depositario del poder constituyente originario”, sino Nicolás Maduro, con el cuestionable aval de una sala constitucional que actúa como operador político.

La convocatoria se gestó como un ejercicio excluyente y violatorio de los derechos políticos, toda vez que consagró la discriminación, debido a la arbitrariedad en el diseño de las bases comiciales, las cuales fueron no representativas, sin garantía de la universalidad y representación proporcional previstas en el artículo 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

También es necesario recordar que el mismo CNE cuenta en la actualidad con una composición cuestionable, toda vez que algunas de sus integrantes fueron ilegalmente impuestas por el TSJ en diciembre de 2016, alegando el supuesto desacato de la Asamblea Nacional, a lo cual hay que sumar que el mismo TSJ se encuentra integrado por individuos que fueron designados al margen del procedimiento constitucional.

Adicionalmente, debe tenerse presente que los rectores del CNE desaparecieron de la escena institucional en octubre de 2016, después de imponer todo tipo de obstáculos a la convocatoria del referéndum revocatorio e interpretar que las decisiones de 7 tribunales penales de primera instancia significaban la cancelación de dicho proceso. El CNE solo reapareció en la escena política para avalar la inconstitucional convocatoria realizada por Nicolás Maduro para la conformación de una asamblea nacional constituyente.

Este proceso tampoco puede considerarse unas elecciones “auténticas”, en la medida en que no se garantizaron otros derechos conexos, como libertad de expresión, reunión, asociación y circulación. Por el contrario, medios de comunicación y periodistas fueron objeto de amenazas y ataques, se observaron restricciones al libre tránsito y se llegó a prohibir el derecho a reunión pacífica por vía de resolución ministerial, sin que se hubiera declarado previamente una suspensión de garantías constitucionales.

En síntesis, tres ramas del poder público, dos de ellas con graves cuestionamientos en cuanto a su legitimidad de origen, actuaron de manera concertada y por encima de sus facultades constitucionales, para imponer la convocatoria a una asamblea nacional constituyente al margen del pueblo, en cuanto “depositario del poder constituyente originario”, y en el marco de serias e ilegales restricciones a los derechos humanos.

Sobre el fraude constituyente como proceso 

En contraste con todos los obstáculos impuestos a la consulta para la activación del referéndum revocatorio, el CNE omitió todo tipo de requisitos técnicos y formales para la realización de la “elección” de los constituyentes: se obviaron diversas auditorías, se flexibilizó el acceso a los centros de votación, se crearon “centros de contingencia” con la excusa de la existencia de focos de violencia, no se acreditó a periodistas de medios independientes, no se invitó a observadores ni “acompañantes” nacionales o internacionales y se prescindió del uso de la tinta indeleble. Solo en materia de auditorías, según el Observatorio Electoral Venezolano, se obviaron al menos 14 de ellas.

A lo largo del proceso, no hubo ninguna regulación para los abusos televisivos, la imposición de cadenas de radio y televisión para promover candidatos, ni el lenguaje violento; tampoco hubo información sobre el financiamiento de las campañas.

El mismo día de la realización del evento, se obstaculizó el acceso a medios independientes, se extendió artificialmente el horario de cierre de los centros y se ejerció todo tipo de presión sobre posibles votantes. El fraude no se concentró en un momento, sino que se fue configurando en sucesivos eventos como parte de un proceso, con impacto cualitativo y cuantitativo.

Sobre el resultado anunciado

Partimos de la base de que el resultado, en sí mismo, no tiene relevancia, por ser producto de una convocatoria impuesta de manera inconstitucional. Sin embargo, todo indica que el anuncio de 8 millones de participantes en el evento del 30 de julio constituye el primer caso de fraude numérico masivo en la historia contemporánea de Venezuela.

Es numérica y políticamente imposible concebir que, bajo condiciones sociales, políticas y económicas más adversas que en diciembre de 2015, cuando se realizó el último evento comicial, el chavismo haya aumentado significativamente su votación, incluso por encima del mejor momento político de Maduro, cuando fue promovido como sucesor del fallecido Hugo Chávez. Las apreciaciones de Smartmatic indican la existencia de un fraude numérico masivo al afirmar que “La data de participación (…) para la elección de la Asamblea Constituyente en Venezuela fue manipulada”.

El anuncio de Smartmatic es importante, no por dejar claro el número de personas que eventualmente participaron en el evento del 30 de julio, sino porque permite develar las dimensiones del delito electoral cometido y el futuro establecimiento de responsabilidades. Smartmatic recuerda además que “una auditoría permitiría conocer la cantidad exacta de participación” y, aunque una auditoría no validaría la constituyente, sí expondría las dimensiones del fraude cometido.

A la fecha de publicación de estas consideraciones, el portal web del CNE seguía sin publicar los supuestos resultados, lo que acentúa las interrogantes sobre la veracidad del primer anuncio. El CDH UCAB considera que la única forma de despejar dudas sobre las dimensiones del fraude es con la realización de una auditoría ciudadana con presencia internacional, aunque se debe tener claro que el verdadero resultado numérico no legitima un proceso inconstitucional.

Sobre la coacción como violación a los derechos políticos

Desde 2004, el CDH UCAB ha documentado casos y prestado asistencia a víctimas de discriminación por motivaciones políticas. Los mecanismos de coacción y discriminación se activan y presentan sus principales picos alrededor de eventos electorales; el evento del 30 de julio no fue la excepción y, por el contrario, recurrió a medios más directos de coacción.

Los testimonios recibidos por el CDH UCAB dan cuenta del uso de mensajes SMS durante el día del evento, reuniones previas convocadas por jefes de oficinas públicas o por los responsables de recursos humanos para advertir sobre las consecuencias de la no participación, y el uso del Carnet de la Patria como instrumento de control social y político. Las denuncias de coacción previa al 30 de julio indican que no existía una estimación optimista sobre la participación espontánea de los ciudadanos, pues nadie que esté seguro del triunfo presiona de la forma abierta como se hizo, acudiendo incluso al chantaje con venta de bolsas de comida durante las semanas previas al evento.

La coacción de las fechas previas ha venido seguida por despidos; denuncias recibidas por el CDH UCAB indican que entre el lunes 31 de julio y el jueves 3 de agosto se ha seguido realizando una revisión detallada de las nóminas en diversas dependencias de la administración pública.

Tanto las coacciones previas como los despidos constituyen una grave violación a la garantía de libre expresión de voluntad de los ciudadanos, ya que el derecho al voto contempla tanto la posibilidad de sufragar como la de abstenerse de hacerlo y nadie puede ser forzado a ejercerlo o no.

Sobre las perspectivas electorales futuras

El cronograma electoral es una de las cuatro exigencias que ha movilizado a la población, ha ocasionado miles de heridos y detenidos y ha costado la vida a más de 120 venezolanos durante los últimos 4 meses. Como parte de esta exigencia democrática, 7,5 millones de venezolanos dijeron sí a “elecciones libres y transparentes” en la consulta soberana del 16 de julio. Esta vocación democrática manifestada por la gran mayoría de la población debe ser objeto de una cuidadosa lectura por parte de dirigentes políticos, a fin de acordar el rumbo para satisfacer adecuadamente esta demanda, dentro del marco de la Constitución  vigente y rechazando la tentación de los atajos o figuras paralelas, que son precisamente los que ha rechazado la población y condenado la comunidad internacional.

La destrucción de la credibilidad del CNE, a causa del reciente fraude masivo, no pude convertirse en un obstáculo para seguir exigiendo que se cumpla con el requisito más básico de una democracia: elecciones libres, transparentes, universales, directas y secretas.

Por las consideraciones anteriores, el CDH UCAB:

  • Rechaza los resultados anunciados por el CNE en cuanto al inconstitucional evento del domingo
    30 de julio;
  • Exige una auditoría ciudadana con observación internacional sobre los resultados anunciados,
    solo con el objeto de determinar responsabilidades;
    • Exige una investigación que permita identificar a los responsables del fraude y el establecimiento
    de las sanciones respectivas por la comisión de delitos electorales;
    • Ratifica su disposición de acompañamiento a las víctimas de coacción por el ejercicio de derechos
    políticos;
    • Reitera la exigencia de la presentación de un cronograma electoral;
    • Solicita a los actores políticos que, antes de exponer públicamente sus intenciones (o no) de
    participar en eventos políticos a futuro, presenten al país una propuesta para la puesta en práctica
    del mandato recibido de 7,5 millones de venezolanos que exigen “elecciones libres y
    transparentes”.

Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello