ACERCA DEL AUTOR:

Jesús María Casal
Abogado especialista en Derecho Constitucional. Profesor universitario. Miembro de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela
De la adecuada combinación entre la estabilización y el cambio depende en buena medida la evolución favorable de los acontecimientos en desarrollo en Venezuela. Se ha hablado de una etapa de estabilización, otra de recuperación, ambas con énfasis en lo petrolero, y una tercera de transición y elecciones, aunque admitiendo posibles solapamientos entre lo económico y lo político, particularmente en la segunda fase. Esto ha sido matizado en declaraciones posteriores, sobre todo en relación con la exigencia de liberación de presos políticos.
En todo caso, y al margen de la acción militar norteamericana y del sentido que desde los Estados Unidos se quiera dar a estas supuestas etapas, el país venía reclamando transformaciones profundas. Para Venezuela no hay estabilización plausible que no tenga la perspectiva del cambio político y socioeconómico, impulsado esencialmente por los propios venezolanos.
La liberación de personas detenidas por motivos políticos, que al escribir estas líneas se encuentra en fase inicial, es un paso positivo que debe traducirse en la cesación de toda detención o persecución política. Esta liberación, que debe alcanzar a todos los afectados e implicar libertad plena, no debe ser un hecho aislado que deje incólume el marco que hizo posible aquellas privaciones de libertad. Por otra parte, al aludir a etapas no han de ignorarse los límites temporales constitucionalmente aplicables. La preparación de elecciones libres, incluyendo la renovación del Consejo Nacional Electoral (CNE), demanda por sí sola algunos meses.
Trabajar en varios ámbitos
Los problemas nacionales son variados y complejos y su superación no debe abordarse en compartimientos estancos. Ello no excluye que ciertas medidas económicas se antepongan a reformas político-institucionales, como tampoco que se avance en paralelo en diversas materias, pero sí conviene no perder de vista el horizonte del proceso, sobre el cual hay que ir trabajando. A la vez, hay asuntos sociales que requieren atención urgente. Los venezolanos debemos tener, adicionalmente, el control sobre las decisiones que se tomen y que comprometan los recursos naturales de la nación.
Deben irse articulando posiciones en la agenda de la democratización porque lo que se pueda hacer más adelante dependerá de lo que se prepare desde ahora. Más aún, ojalá se entienda que la democratización no se decreta, sino que es un proceso que debe impulsarse conscientemente, con protagonismo nacional en su construcción.
Resulta esencial crear el clima que facilite, gracias al respeto al pluralismo y a la libertad de opinión y demás derechos humanos, la discusión nacional sobre la estabilización y las reformas institucionales, las cuales implican adoptar cambios dirigidos a recuperar la confiabilidad en los organismos electorales y la independencia del poder judicial, con base en la carrera judicial y las cualificaciones e idoneidad de los aspirantes a jueces; a contar con órganos de investigación e imputación penal respetuosos de los derechos humanos, y con instancias autónomas de control fiscal y defensa del ciudadano, así como a lograr el sometimiento de toda función de gobierno o representación política a la genuina voluntad popular. Ello supone restablecer la separación de poderes en el ámbito nacional y respecto de las entidades estadales y municipales de la República.
Debe empezarse por la observancia de las garantías más elementales de toda persona: nadie puede ser molestado a causa de sus opiniones; no es admisible persecución alguna por el ejercicio de derechos humanos conforme a la normativa constitucional e internacional. De existir una conducta punible, la investigación y un eventual proceso penal no debe conducir automáticamente a la privación de la libertad de presuntos responsables y, de justificarse, debe permitirse el acceso a un abogado de confianza y preservarse el derecho a comunicación con familiares y a ponerlos en conocimiento de la ocurrencia de la detención y del lugar en que se produzca. Así en cada esfera, han de garantizarse plenamente los derechos humanos. Un componente central del restablecimiento democrático es la vigencia del Estado de Derecho.
Instaurar un verdadero Estado de Derecho, democrático y respetuoso de los derechos humanos
Si algún desafío es gigantesco y a la vez imprescindible en la ruta de la recuperación venezolana es instaurar un Estado de Derecho. La idea del gobierno limitado y de los controles efectivos sobre los detentadores del poder es esencial para erigir la institucionalidad democrática. El ejercicio del poder público solo se justifica si se salvaguardan las libertades fundamentales de la persona, si el poder estatal se mantiene en sus fundamentos y en sus límites bajo el control de los ciudadanos y sus derechos, en lugar de ser concebido como un fin en sí mismo o de enajenarse de su función auténtica para subordinarse a corruptelas o intereses de hegemonía ideológica. Este poder juridificado rechaza la mera discrecionalidad política y toda forma de arbitrariedad.
Muestra de esa contención jurídica del poder gubernamental lo hallamos en el desempeño de la jurisdicción constitucional a nivel comparado. Así, en Alemania, Adenauer debió presenciar y aceptar la declaración de la inconstitucionalidad de la ley de radiodifusión que con tanto ahínco había impulsado para crear una televisión pública federal, que ponía en riesgo la libertad de expresión e información y menoscababa competencias de los Estados federados; y, en Colombia, Uribe se sometió sin vacilación a la sentencia de la Corte Constitucional que puso coto a su afán reeleccionista. Más allá de estos ejemplos, de lo que se trata es de que el Estado de Derecho impone contrapesos y controles en el funcionamiento ordinario del gobierno dirigidos a evitar el abuso de poder.
El papel del poder judicial en la transición venezolana
La jurisdicción constitucional, en forma de Tribunal Constitucional o con otro diseño institucional, ha jugado un papel primordial en distintas experiencias de transición a la democracia y deberá cumplirlo también en Venezuela, articulada con el orden internacional y, muy especialmente, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en el marco de lo dispuesto en la Constitución y en los tratados ratificados por Venezuela.
Los procesos propios y foráneas del llamado constitucionalismo populista o de regímenes iliberales han sacrificado el Estado de Derecho en pro de una identificación emocional, a veces nacionalista, con un liderazgo personalista que dice conocer o estar en capacidad de lograr el bien de la gente, sin detenerse en consideraciones de legalidad y sin mediación institucional y favoreciendo la concentración de poderes. Al final, la ciudadanía democrática se desvanece y se puede llegar a situaciones autoritarias que resulta casi imposible revertir.
Un poder judicial independiente es insustituible en las democracias y como mecanismo último de protección de los derechos humanos. Todo está perdido si el juez es enemigo de los derechos y está subordinado a intereses gubernamentales, económicos o de partido. Incluso desde la perspectiva de la creación de condiciones para promover la iniciativa privada, la inversión productiva y del capital internacional es clave contar con jueces autónomos. Pero la función del juez se extiende a la protección del conjunto de los derechos y a la finalidad de contribuir a la paz social mediante la justa y legal resolución de las controversias.
Muchos paradigmas deben ser reemplazados en la ruta venezolana de la democratización, con una cultura de la ciudadanía despierta, de la defensa activa de la democracia, del respeto a la libre iniciativa individual y social en los más diversos espacios. Son tareas de largo aliento, pero en el corto y mediano plazo debe irse preparando entre y por los actores nacionales la renovación en distintos ámbitos institucionales, a fin de evitar precipitaciones posteriores o imposiciones que nos aparten de los intereses fundamentales del país.
Publicado originalmente en agendaestadodederecho.com. Reproducido con autorización del autor.
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Jesús María Casal
Abogado especialista en Derecho Constitucional. Profesor universitario. Miembro de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela








