Anthoni Jesús Vargas Pérez (18), Antonio Miguel Aladejo Camacho (28), Carlos Gabriel Marchena Silva (20), Denny Antonio Acevedo (22), Eliecer Juztali Ramírez Cordero (22), Freddy Manuel Hernández Ramírez (21), Héctor Oscar Rodríguez Piñate (19), Jairo Antonio Rivas salcedo (28), Kendry Xavier González Utrera (29), Luis Alirio Sanz Espinoza (30), Víctor Manuel Martínez olivares (21), Yorman Vicente Mejías Martínez (24)
El 15 de octubre de 2016, aproximadamente a las 6:40 pm, fueron detenidos varios jóvenes por funcionarios del Ejército, adscritos al Batallón Camacaro 323 de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. A algunos de ellos los sacaron de sus residencias en el sector La Peica de Araguita en el municipio Acevedo, mientras que otros fueron detenidos en una alcabala que se encontraba en el sector El Café, ubicado en Municipio Acevedo. Barlovento, del estado Miranda. El hecho se llevó a cabo en el marco del Operativo de Liberación del Pueblo (OLP), según testimonios de algunos familiares quienes aseguraron que los planes de seguridad, se realizaban constantemente motivado a los altos índices de inseguridad que se viven en la zona.
Las madres comenzaron a buscar a sus hijos, muchos de ellos trabajadores del campo, en el Destacamento Camararo 323 de la parroquia el Café, donde habían sido trasladados. Los militares nunca les informaron a los familiares el paradero de los jóvenes. Fueron 43 día de angustia, dolor, tristeza, y llanto. Al mismo tiempo, las madres se movilizaron a las instituciones gubernamentales para exigir respuesta sin perder la esperanza de encontrar a sus hijos vivos.
El 18 de octubre se denunció formalmente la detención y desaparición forzada ante el Ministerio Público, en la sede de Guarenas- Guatire, en la Defensoría de Pueblo, en la sede de Guatire, estado Miranda y en la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, en Caracas, fue entonces cuando se realizaron acciones a favor del hallazgo de los jóvenes desaparecidos. Estas acciones se realizaron en conjunto con los familiares. 43 días después de la desaparición de los jóvenes, el 26 de noviembre de ese mismo año los familiares recibieron la noticia que habían localizado los cadáveres a sus hijos en fosas comunes, en un sector montañoso de esa misma localidad. Todo parecía indicar que a los muchachos los habían ajusticiados hace mes y medio aproximadamente. Es decir, a las víctimas las asesinaron poco día después de su detención.
Cronología de la Masacre
- 25 de noviembre de 2016: Se localizaron los cuerpos de los 11 jóvenes desaparecidos en dos fosas comunes en dos áreas de Barlovento. En el sector La Maturetera del municipio Brión consiguen dos cadáveres, mientras que en el sector Aragüita, en la vía del Parque Nacional Guatopo, en Acevedo, encuentran 10. Esta labor se realizó en conjunto con funcionarios de la División Nacional de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística y de la Dirección General de Contra Inteligencia Militar.
- 26 de noviembre de 2016: Las autoridades competentes comunicaron el hallazgo y la detención de los 11 efectivos militares presuntos responsables de este hecho terrible. Ese mismo día a los familiares les informaron el paradero sus seres queridos. El ministro de la defensa Vladimir Padrino López rechazo los ocurridos en Barlovento “Este tipo de hechos contraviene el ordenamiento jurídico nacional y no representa en modo alguno el profesionalismo y la vocación humanista que caracteriza a los soldados de la patria”, y ordenó la expulsión de los implicados.
- 28 de noviembre 2016: El Ministerio Público imputó a los funcionarios del Ejército Nacional por su presunta responsabilidad en la muerte de doce personas halladas sin vida en Barlovento. El teniente coronel José Ángel Rojas; los sargentos primero Orlando Macelo Barrios, Rafael Ruiz, Luis Ramón Figuera, Francisco Rivas Salazar y Romi Antón Antón; el sargento mayor de tercera Miguel Francisco Rodríguez; el mayor Luis Eduardo Romero; los cabos segundo Arquímedes José Aguey y Luis Eduardo Machado; y el cabo primero Fabián de Jesús Rangel. Todos los militares pertenecen al Batallón 323 Caribe con sede en Maturín, y están destacados en Caucagua, específicamente en el sector El Café. Estos militares estarían relacionados con varios delitos, todos relacionados con la vulneración de derechos fundamentales. Este acto se realizó en el Tribunal de Control en lo Penal del estado Miranda y en diciembre del mismo año, el Ministerio Público en representación de los fiscales 34ª, 62º y 66º a nivel nacional. Acusaron a los exfuncionarios del Ejército, por su presunta responsabilidad en la desaparición forzada y muerte de los 11 jóvenes. al teniente coronel José Rojas Córdova, al mayor Luis Eduardo Romero Arcaia y al capitán Daniel Contreras por los delitos de homicidio calificado con alevosía y motivo fútil, desaparición forzada de personas, uso indebido de arma orgánica, tortura tratos crueles y violación de domicilio en perjuicio de las víctimas. Y también fueron acusados por estos delitos el sargento mayor de tercera Miguel Francisco Rodríguez; el mayor Luis Eduardo Romero; los cabos segundo Arquímedes José Aguey y Luis Eduardo Machado; y el cabo primero Fabián de Jesús Rangel. El tribunal Primero de Control de Miranda extensión Barlovento se interpuso la acusación fiscal. El Ministerio Público solicitó la admisión de la acusación y dar paso a juicio oral y público para su enjuiciamiento.
- Enero- septiembre de 2017: Los días 22,23,24 de febrero, 22,23,24 de marzo, 26,27, y 28 de abril. El 8, 22 y 23 de mayo. El 5, 30 de junio fueron diferidas la audiencia preliminar por los siguientes motivos: No hubo traslado de los detenidos, Inasistencia de los abogados de los detenidos, inasistencia de los acusados y la defensa privada, la vía estaba trancada por las manifestaciones en esos días. A pesar que el COPP estable en su artículo 309 “dentro de un plazo no menor de quince días ni mayor de veinte” Violando así el El artículo 141 de la CRBV, de manera clara y declarativa establece que “La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas (…)”
- 18 de septiembre de 2017: Se realizó la audiencia preliminar ante el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal extensión Barlovento, contra de los ex funcionarios militares teniente coronel José Rojas Córdova, mayor Luis Eduardo Romero Arcaia; capitán Daniel Contreras; el sargento mayor de tercera Miguel Francisco Rodríguez; el mayor Luis Eduardo Romero; y los cabos Arquímedes José Aguey; Luis Eduardo Machado; y Fabián de Jesús Rangel por los delitos de por los delitos de homicidio calificado con alevosía y motivo fútil, desaparición forzada de personas, uso indebido de arma orgánica, tortura tratos crueles y violación de domicilio en perjuicio de Anthoni Jesús Vargas Pérez (18), Antonio Miguel Aladejo Camacho (28), Carlos Gabriel Marchena Silva (20), Denny Antonio Acevedo (22), Eliecer Juztali Ramírez Cordero (22), Freddy Manuel Hernández Ramírez (21), Héctor Oscar Rodríguez Piñate (19), Jairo Antonio Rivas salcedo (28), Kendry Xavier González Utrera (29), Luis Alirio Sanz Espinoza (30), Víctor Manuel Martínez olivares (21), Yorman Vicente Mejías Martínez (24). El Ministerio Público solicitó el enjuiciamiento de los acusados y se mantenga la medida judicial privativa de libertad. El Juez admitió totalmente la acusación fiscal y da inicio a la apertura a juicio.
Recomendaciones de la Red de Apoyo a los órganos que imparten justicia
1.- Se realice del juicio oral y público sin demora ni dilación alguna.
2.- Se brinde medidas de protección a los familiares y testigos que declaren en el juicio
3.- Se realicen todas las gestiones necesarias para reparar los daños causados a todas las víctimas y se les indemnice, incluyendo los daños morales, físicos psicológicos emocionales y laborables, especialmente se brinde atención social a los niños y niñas que quedaron huérfanos.
4.- Se tomen las medidas necesarias para prevenir nuevos abusos y cumplan con la misión de proteger los derechos humanos de la población de Barlovento.
5.- Se tomen las previsiones para que hechos tan graves e indignantes como estos no se repitan ni ni en el estado Miranda, ni en ningún lugar del país o en donde esté presente las fuerza Armada Nacional Bolivariana. Garantías de no repetición.
Red de Apoyo