En una entrevista difundida por el canal del Estado, Venezolana de Televisión, el 18 de abril de 2017,  Pedro Carreño, militar y abogado, ex Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia (2007) dio a conocer el “Manual del Combatientente Revolucionario”.

Esta publicación impresa contiene nombres, rostros y direcciones de opositores del gobierno de Nicolás Maduro, como Hennri Ramos Allup, Lilian Tintori, Adriana Pichardo, Roberto Marrero, Tomás Guanipa, entre otros. “No al enfrentamiento del pueblo contra el pueblo”; “Sabemos para donde tenemos que ir”, reza la portada del manual cuya promoción también se hizo por el mismo canal en “Con El Mazo Dando”, programa conducido por el primer vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Diosdado Cabello.

La gravedad de estas estrategias políticas e inconstitucionales se basa en que ponen en peligro la vida de cada uno de estos ciudadanos y sus familiares, además de que hay una clara incitación al odio y una violación al resguardo de datos personales para fines violentos.  

<iframe width=»1280″ height=»720″ src=»https://www.youtube.com/embed/MwW03nIJIy8″ frameborder=»0″ allowfullscreen></iframe><iframe width=»1280″ height=»720″ src=»https://www.youtube.com/embed/BjISvxDadvI» frameborder=»0″ allowfullscreen></iframe>

El artículo 285 del Código Penal Venezolano señala que “Quien instigare a la desobediencia de las leyes o al odio entre sus habitantes o hiciere apología de hechos que la ley prevé como delitos, de modo que ponga en peligro la tranquilidad pública, será castigado con prisión de tres años a seis años.”

En ese sentido, tanto Carreño como Cabello en flagrancia violan el apartado anterior.  “Aquí está una serie de ciudadanos, marcaditos, donde viven, dónde se mueven. El pueblo no va a enfrentar al pueblo, el pueblo sabe a dónde tiene que ir” , indicó el diputado Cabello. 

Grave también es que se utilice el canal del Estado para este tipo de acciones antidemocráticas, en contra de la Constitución y de los Derechos Humanos. Nuestra Carta Magna en su artículo 57 prohibe el uso de propaganda de guerra y expone en su artículo 60 que “Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y ciudadanas y el pleno ejercicio de sus derechos”. Ante esto, cabe preguntarse de donde están tomando la información personal presentada en la publicación.

Esta irregularidad no solamente se cristalizó en el “Manual del Combatientente Revolucionario” sino también en la cuenta twitter del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) cuando, a comienzos del mes de abril, se impulsó una campaña con fotos de manifestantes señalándolos como “generadores de violencia”, sin un juicio previo. Incitando de igual manera al odio entre ciudadanos. Dicha campaña fue luego eliminada de las redes sociales de la institución.

A través de su cuenta twitter, el director ejecutivo de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco,  señaló de “fascista” a Diosdado Cabello por sus acciones al respecto.


Prensa Provea