(Junio 2022) De conformidad con la resolución 45/20 del Consejo de Derechos Humanos, en el presente informe la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos se centra en los últimos acontecimientos relacionados con los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, el estado de derecho y el espacio cívico, y el nivel de aplicación de las recomendaciones correspondientes emitidas anteriormente por su Oficina a la República Bolivariana de Venezuela.
Período comprendido entre el 1 de mayo de 2021 y el 30 de abril de 2022
Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales
La campaña de vacunación contra la COVID-19 continuó ejecutándose, sin embargo, no se tiene acceso a información pública y desglosada sobre la implementación del Plan Nacional de Vacunación, particularmente relacionada con las personas en situación de vulnerabilidad, como los pueblos indígenas, o con el uso de fondos públicos o el monitoreo posterior a la vacunación. Venezuela informó a la Organización Panamericana de la Salud que tiene una de las tasas de letalidad de COVID19 más bajas de la región. En particular, la escasez de combustible y sistemas de refrigeración habrían afectado a la distribución de vacunas en todo el país, principalmente en las zonas rurales y remotas, incluso donde viven las comunidades indígenas.
La pandemia de COVID-19 agravó un sistema de salud ya frágil. Se siguió reportando la falta de medicamentos, suministros y suficiente personal calificado en el sistema de salud, afectando en particular el acceso de mujeres y niños a una atención médica adecuada, incluido el tratamiento especializado para niños y niñas con enfermedades crónicas y la vacunación contra enfermedades prevenibles, y la salud sexual y reproductiva de mujeres y adolescentes. Según se reporta, los centros de salud se han visto afectados por apagones regulares, lo que ha impactado la prestación de servicios a los pacientes.
La desaceleración de la inflación que comenzó en septiembre de 2021 continuó; en marzo de 2022 el índice de precios al consumidor registró la tasa de variación más baja desde 2014. El 15 de marzo, un decreto presidencial aumentó el salario mínimo mensual y la pensión en un 1700%, del equivalente de aproximadamente 1,60 USD a aproximadamente 29 USD. Según informes, el aumento de los niveles cubre el 8 por ciento del costo de la canasta de alimentos.
Según la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre el impacto negativo de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos, el conjunto de sanciones sectoriales sobre activos y sectores económicos, junto con el creciente exceso de cumplimiento por parte de bancos y empresas de terceros países, han exacerbado las situaciones económicas y humanitarias preexistentes. Esto habría afectado especialmente a ciertos sectores de la población, como los que viven en pobreza extrema y los pueblos indígenas.
El ACNUDH sigue preocupada por la situación de los derechos humanos en la región del Arco Minero del Orinoco y otras zonas mineras de los estados de Bolívar y Amazonas, incluso dentro de los parques nacionales de Canaima, Caura y Yapakana y territorios indígenas. Se registraron denuncias de enfrentamientos entre grupos armados no estatales y bandas criminales por el control de sitios mineros, así como el impacto humanitario de la minería en la población local. El ACNUDH recibió informes sobre la situación del pueblo indígena Samena, que fue parcialmente desplazado internamente debido a la violencia por el control de las minas en su territorio en febrero de 2022. Además, persistió el uso de mercurio y cianuro en las minas de oro con afectaciones a los ríos, la principal fuente de agua para la población de la región.
La Oficina también registró denuncias del uso sistemático del trabajo infantil, explotación sexual y trata de personas en minas de oro
Las autoridades competentes deben ejercer la debida diligencia y tomar acción inmediata para prevenir y mitigar el riesgo de violaciones de los derechos humanos y abusos previsibles en el Arco Minero del Orinoco por parte de actores no estatales, investigar y sancionar a los perpetradores en procedimientos legales justos y reparar el daño de las víctimas.
Las autoridades también deben concluir sin demora la demarcación y legalización de los territorios indígenas, de conformidad con las normas internacionales, en particular garantizando en todas las etapas la consulta inclusiva y significativa con los pueblos indígenas y su consentimiento libre, previo e informado.
El 20 de marzo de 2022, en un incidente entre miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y personas indígenas Yanomami en el asentamiento Yanomami y la base de seguridad fronteriza «Parima B», estado de Amazonas, en el que la FANB recurrió al uso de la fuerza, cuatro personas Yanomami murieron. Al menos dos soldados y un niño Yanomami resultaron gravemente heridos. El Fiscal General abrió una investigación sobre los hechos.
El ACNUDH pide una investigación independiente, imparcial, pronta, exhaustiva, eficaz, creíble y transparente, culturalmente apropiada y que garantice el interés superior del niño y la participación de las víctimas. El ACNUDH también recomienda a las autoridades que aborden las causas subyacentes de este incidente.
Rendición de cuentas y estado de derecho
Reformas policiales y judiciales
Durante el período que abarca el informe, Venezuela ha dado algunos pasos hacia el fortalecimiento del estado de derecho, incluso en lo que respecta a la policía y la justicia. Es necesario adoptar más medidas para implementar eficazmente las anteriores recomendaciones del ACNUDH y lograr un cambio significativo.
La reestructuración de la Policía Nacional Bolivariana (PNB), iniciada en abril de 2021, continuó durante todo el período del informe. El ACNUDH prestó asistencia técnica al proceso. Las Fuerzas de Acción Especial de la Policía Nacional Bolivariana (FAES), que estuvieron involucradas en muertes en el contexto de operaciones de seguridad, han sido oficialmente disueltas.
13 casos documentados por el ACNUDH están siendo investigados, cuatro en juicio y tres ex miembros de las FAES han sido condenados. Su disolución es un paso hacia una revisión amplia y significativa de las políticas de seguridad a fin de aplicar las normas y estándares internacionales sobre el uso de la fuerza por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y los derechos humanos, como se recomendó anteriormente. La pronta aprobación de protocolos sobre esta cuestión, elaborados con el asesoramiento técnico del ACNUDH, junto con un sólido enfoque preventivo de las políticas de seguridad, complementaría esos esfuerzos.
Según se reporta, también se han hecho planes adicionales para fortalecer un enfoque preventivo de seguridad, en particular mediante una presencia reforzada a nivel comunitario, al tiempo que se refuerza la Oficina de Asistencia a las Víctimas y Derechos Humanos de la PNB. Esta recibió 140 denuncias (67 de mujeres) en 2021, de 100 en 2020 (59 de mujeres). Además, se crearon 13 oficinas de atención a víctimas de violencia basada en género. La reestructuración en curso es una oportunidad para cambios efectivos y sostenibles, incluido el restablecimiento de la naturaleza civil de la PNB y la realización de una adecuada evaluación de las fuerzas de seguridad a todos los niveles.
El 21 de junio de 2021, por decisión presidencial se nombró una comisión especial para reestructurar el sistema judicial y, específicamente, para abordar la detención preventiva prolongada y el hacinamiento en los centros de detención. Dicha comisión reporta al Consejo de Estado y está dirigida por dos miembros de la Asamblea Nacional y un representante del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Por iniciativa de la comisión, se promulgaron siete proyectos de ley, no obstante sin consultas previas y amplias con la sociedad civil.
El ACNUDH destaca la importancia de consultas transparentes e inclusivas con la participación activa y una amplia representación de la sociedad civil. También es esencial mantener la transparencia en todos los procesos legislativos.
Las enmiendas legales establecieron que los civiles que cometan actos sancionados por el Código Orgánico de Justicia Militar serán procesados por tribunales ordinarios y los juicios en curso de civiles por tribunales militares deben ser transferidos a tribunales ordinarios. El traslado de las causas a la jurisdicción civil a veces dio lugar a nuevas demoras en el proceso judicial. Las autoridades deben adoptar medidas para reducir este efecto adverso y asegurar que las personas sean juzgadas sin demoras indebidas.
El 18 de enero de 2022 se aprobó una nueva Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia (TSJ). Reduce el número de magistrados de 32 a 20. El 26 de abril de 2022, el nuevo Tribunal fue nombrado por la Asamblea Nacional por un período de 12 años, sobre la base de la selección dirigida por el Comité de Postulación Judicial. Este Comité está compuesto por una mayoría de parlamentarios y un número cada vez mayor de representantes de la sociedad civil.
Se dieron prórrogas del plazo para postulaciones y permitir una participación más amplia. Sin embargo, los vínculos abiertos de varios magistrados, incluidos los suplentes, con los partidos políticos plantean preocupaciones sobre la independencia del poder judicial y la separación de poderes.
En 2021 se nombraron al menos 434 jueces provisionales y 244 fueron destituidos por la Comisión Judicial del TSJ. No se dispone de información sobre los motivos de las remociones. Según recomendaciones anteriores, siguen siendo apropiadas medidas adicionales para fortalecer la independencia del poder judicial, como aumentar el nombramiento de una proporción más amplia de jueces titulares mediante un proceso público y transparente, basado en estándares nacionales e internacionales y como se espera en la agenda legislativa para 2022.
Según el Ministerio Público, 249 fiscales fueron investigados por corrupción y cargos relacionados en 2021, y 27 fueron condenados. No se dispone de información adicional. El Ministerio Público regularizó 42 fiscales temporales y en febrero de 2022 publicó la normativa aplicable para un concurso público como fiscal. Como se recomendó anteriormente, el ACNUDH alienta a utilizar esta reforma para fortalecer la independencia de los y las fiscales, mediante mecanismos de selección eficaces y transparentes y proporcionando más estabilidad e independencia, libres de influencia externa percibida o real. Asimismo, se deben tomar medidas para fortalecer las garantías de independencia del personal forense.
Derecho a la vida
La información disponible sigue indicando una reducción significativa del número de muertes en operaciones de seguridad, presuntamente realizadas para frenar la actividad delictiva, durante el período que abarca el informe. En uno de esos operativos de gran escala, realizado entre el 7 y el 17 de julio en los barrios caraqueños de La Vega, Santa Rosalía, El Paraíso, Petare, San Juan y El Valle, al menos 22 personas murieron y 28 resultaron heridas. Cuatro policías fueron reportados entre las víctimas fatales, y otros diez heridos. Las declaraciones oficiales sugieren que varios de los edificios de las fuerzas de seguridad e inteligencia fueron dañados. Según se reporta, treinta y tres personas fueron detenidas y se incautó material perteneciente a grupos criminales.
Sin embargo, aunque en menor número, el ACNUDH documentó seis casos que involucraron a las fuerzas de seguridad con un modus operandi similar al anterior en barrios marginados, incluso en Caracas y El Tocuyo, Carora (estado de Lara) que resultaron en la privación de la vida.
Según se reporta, el miedo y el trauma desalientan a las personas a denunciar las violaciones sufridas, lo que da lugar a que no se registren los casos. En al menos tres casos, el fallecido habría sufrido presuntamente tortura o malos tratos antes de su muerte. Los relatos indican que estas operaciones se habrían llevado a cabo en pequeños grupos de alrededor de seis elementos de seguridad fuertemente armados, durante los cuales personas residentes, incluidos los familiares de las personas afectadas y menores, habrían sido intimidadas y no se habrían presentado órdenes de registro o arresto.
Dos de las muertes documentadas por el ACNUDH son atribuibles a miembros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) y una muerte se atribuiría cada una al Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro (CONAS) de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) y a la PNB, una conjuntamente a la Dirección contra la Delincuencia Organizada y las FAES, y una a las fuerzas policías municipales de Sucre. Se abrieron investigaciones sobre estos casos.
El ACNUDH documentó la detención arbitraria de al menos 13 personas, incluidas dos mujeres, entre el 9 y el 13 de julio de 2021 en Caracas, y entre agosto y septiembre de 2021 en los estados de Apure y Táchira durante operaciones de seguridad. El ACNUDH registró denuncias de detención en régimen de incomunicación, ya que los familiares no recibieron información sobre su paradero durante hasta un mes. En al menos tres de estos casos, los detenidos fueron presuntamente torturados o maltratados.
En enero de 2022 estallaron enfrentamientos entre presuntos miembros del Ejército de Liberación Nacional (ELN) y facciones disidentes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) en la región fronteriza de Colombia, en el estado de Apure. La FANB desplegó tropas adicionales en esas zonas. Según se reporta, los enfrentamientos entre estos grupos armados causaron el desplazamiento de más de 1.000 personas, incluidos pueblos indígenas, y expusieron a la población local a desapariciones forzadas, violencia basada en género y reclutamientos forzados. La falta de acceso a la alimentación, educación y servicios de salud se deterioró aún más en una región donde el disfrute de los derechos económicos y sociales ya era difícil.
La detención y el derecho a la libertad y a la seguridad de la persona
Durante el periodo que abarca el informe, se adoptaron medidas legislativas en el Código Orgánico Procesal Penal destinadas a reducir las demoras judiciales. En particular, el tiempo asignado al Ministerio Público para concluir las investigaciones y solicitar la apertura de un juicio se redujo de ocho a seis meses. En caso de que se aplace la audiencia preliminar, ahora esta se llevará a cabo dentro de los cinco días, menos que los 20 como anteriormente.Un juicio ahora solo puede suspenderse una vez por un máximo de diez días, frente a 15 anteriormente.
Se aprobaron enmiendas para reducir la detención preventiva, incluso mediante la eliminación de la imposición automática de delitos graves. Como regla general, una medida coercitiva, como la prisión preventiva, sigue siendo aplicable sólo si está por debajo de la pena mínima de cárcel establecida para un delito determinado, y por un máximo de dos años. Las enmiendas permiten extenderla hasta por un año adicional, siempre que no supere la pena mínima de cárcel de cada delito.
Las enmiendas también establecen específicamente que cualquier detención contra la ley será nula, y el juez otorgará la libertad incondicional. El ACNUDH recomienda la aplicación efectiva de esas normas y recuerda que la detención preventiva debe seguir siendo la excepción de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.
El ACNUDH reconoce los esfuerzos para reducir el uso de la detención, incluida la prisión preventiva, en comparación con años anteriores a raíz de las medidas adoptadas por los tribunales y la comisión especial establecida el 21 de junio de 2021. Según información oficial, en 2021 se otorgaron unas 55.000 medidas alternativas a la detención, 162 de ellas por razones humanitarias. La PNB y los centros preventivos de la Policía Estatal y Municipal informaron respectivamente en 2021 una disminución del 64% y el 59% en la población detenida.
El ACNUDH realizó 21 visitas a centros de detención, entrevistó confidencialmente a 259 personas detenidas (46 mujeres) y siguió colaborando con las autoridades en casos de preocupación. De los casos individuales documentados por el ACNUDH, 68 personas detenidas fueron puestas en libertad (14 mujeres), incluidas treinta y ocho sin condiciones, mientras que las otras fueron puestas en libertad como medida alternativa a la prisión, incluida una que pasó más de cinco años en prisión preventiva. Sin embargo, en este caso específico, de acuerdo con la ley aplicable actual, a la persona se le debería haber concedido la libertad incondicional. Las condiciones para la puesta en libertad, como la presentación periódica ante los tribunales, incluso en un municipio distinto del lugar de residencia, a veces parecen desproporcionadas y afectan a la reintegración social y al acceso al empleo.
Persisten los desafíos para garantizar el derecho de todas las personas acusadas a la libertad y a un juicio justo sin demoras indebidas. Durante el período que abarca el informe, el ACNUDH documentó 35 casos de violación del derecho a la libertad, incluyendo de seis mujeres. En el momento de redactar el presente informe, al menos 22 personas seguían sometidas a medidas coercitivas más allá de los límites establecidos en la legislación aplicable vigente. Las solicitudes de levantamiento de medidas coercitivas fueron denegadas o quedaron sin respuesta por parte de los jueces o juezas. Dichas solicitudes deben ser examinadas sin demora por las autoridades judiciales.
Durante el período que abarca el informe, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (WGAD, sus siglas en inglés) emitió dictámenes en los que se constataba que 11 personas detenidas se encontraban en detención arbitraria, incluidas al menos ocho en prisión preventiva durante más de tres años en el momento de sus deliberaciones. Una persona detenida fue puesta en libertad antes de que se adoptara la opinión del WGAD. Otra persona, cuya detención fue considerada arbitraria por el WGAD en 2017, fue declarada inocente. Para entonces, había pasado más de cinco años en prisión preventiva y bajo arresto domiciliario.
El ACNUDH sigue observando retrasos en la aplicación de las órdenes de liberación, como señaló en febrero de 2022 la Comisión Permanente de Política Interior de la Asamblea Nacional. Al menos nueve personas detenidas, entre ellas cuatro mujeres, fueron puestas en libertad unos tres meses después de la emisión de la orden. El ACNUDH documentó al menos otros siete casos de personas detenidas cuya orden de liberación aún no se ha implementado, incluido una con fecha de agosto de 2021. El ACNUDH pide que se aborden urgentemente estos casos, ya que la detención sin fundamento jurídico es arbitraria.
De conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos, las personas detenidas en espera de juicio deben ser juzgadas lo más rápidamente posible, en la medida en que sea compatible con sus derechos de defensa. El ACNUDH reconoce los esfuerzos en curso para abordar la acumulación de las audiencias judiciales, incluso a través de casi 16,000 sesiones virtuales llevadas a cabo en 2021 dentro del «Plan de agilización de las audiencias» adoptado por el TSJ. Sin embargo, se observaron demoras indebidas en diferentes etapas del proceso penal en al menos 74 casos documentados.
El ACNUDH sigue observando frecuentes aplazamientos de las audiencias que dan lugar a detenciones preventivas que se prolongan efectivamente más allá de los límites legales. Las audiencias judiciales se pospusieron en al menos 14 casos, presuntamente debido a la escasez de vehículos o combustible para garantizar el traslado oportuno de las personas detenidas. En otros casos, las audiencias se aplazaron debido a la falta de coordinación adecuada entre los tribunales y los centros de detención, lo que impidió el traslado oportuno de las personas detenidas a los tribunales, o el expediente del caso no se transfirió a tiempo a la jurisdicción correspondiente.
En cuanto a otras preocupaciones relacionadas con el debido proceso, en al menos siete casos, las personas acusadas siguieron enfrentando obstáculos para nombrar a un abogado o abogada de su elección.
Detención y derecho a la integridad física y mental
Según fuentes oficiales, el Ministerio Público recibió 235 denuncias sobre presuntas violaciones a los derechos humanos de personas privadas de libertad, incluidas 20 relacionadas con personas que enfrentan cargos relacionados con el terrorismo. A partir de mayo de 2021, a través de la implementación de una decisión presidencial, las personas detenidas fueron trasladadas gradualmente de los centros de detención del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) y de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) a los centros administrados por el Ministerio de Servicios Penitenciarios, según lo recomendado previamente por la Oficina. El ACNUDH señaló desafíos, como la falta de coordinación y notificación previas de los familiares de las personas detenidas y de su defensa privada para prevenir las detenciones en régimen de incomunicación y mitigar los riesgos de malos tratos.
A finales de 2021, este cambio se implementó institucionalmente a través de la transferencia oficial de la administración de los centros de detención del SEBIN y de la DGCIM en Caracas al Ministerio de Servicios Penitenciarios, y se detuvieron los traslados restantes de personas detenidas. El ACNUDH mantiene su preocupación sobre las condiciones de detención en estos centros, a la espera de un nuevo acceso.
Durante el período que abarca el informe, se han producido avances significativos en dos casos emblemáticos. El 6 de febrero de 2022, dos agentes de la DGCIM fueron condenados a 30 años de prisión por homicidio agravado y tortura del capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo en junio de 2019. Se trata de un paso adelante en la investigación de cargos de tortura y debería conducir a esfuerzos más sostenidos para investigar las denuncias de tortura o malos tratos, incluso en el nivel de responsabilidad del mando.
El 3 de diciembre de 2021, dos agentes del SEBIN fueron declarados responsables de homicidio culposo, quebrantamiento de las normas de custodia, agavillamiento y favorecimiento de fuga agravada en relación con la muerte del exconcejal Fernando Albán el 8 de agosto de 2018 mientras estaba detenido. Los agentes fueron condenados a cinco años y diez meses de prisión. La sentencia se redujo a dos años y ocho meses en febrero de 2022. Los familiares de la víctima sostienen que las pruebas no respaldaban la causa de la muerte por suicidio, y que la investigación pasó por alto posibles signos de tortura o malos tratos, y una responsabilidad superior.
EL ACNUDH recibió denuncias de tortura o malos tratos relacionadas con 14 personas privadas de libertad durante el período que abarca el informe. Otras cinco personas detenidas desde antes del período que abarca el informe también presentaron denuncias similares ante las autoridades. La falta de investigaciones adecuadas sobre esas denuncias y de protección contra las represalias, según se reporta, ha desalentado a las víctimas a denunciar.
El ACNUDH recuerda que las confesiones o declaraciones obtenidas mediante tortura o malos tratos deben ser excluidas de las pruebas en cualquier procedimiento. Cualquier denuncia de tales actos debe ser debidamente investigada y los responsables sancionados. El ACNUDH siguió dando seguimiento a dos casos anteriores de desapariciones forzadas, observando progresos limitados en las investigaciones.
Durante el periodo que abarca el informe, se adoptaron medidas para mejorar las condiciones de detención. En particular, la reanudación de las visitas familiares en los centros de detención gestionados por el Ministerio de Servicios Penitenciarios a finales de 2021, que habían sido suspendidos como prevención contra la pandemia de COVID-19. El Ministerio de Servicios Penitenciarios también informó de haber aplicado la vacunación contra la COVID-19 a todas las personas detenidas. Sin embargo, el ACNUDH documentó al menos 29 casos, entre ellos cuatro mujeres, en los que no se atendieron con prontitud las solicitudes de exámenes de salud y traslados médicos. Si bien se realizaron algunos traslados, los familiares alegaron dificultades para recibir informes médicos. El tratamiento de seguimiento también se ha retrasado en algunos casos. Las autoridades competentes deben adoptar medidas inmediatas en todos los casos.
El 29 de agosto de 2021, un recluso del centro de detención del estado Monagas «La Pica», afectado por tuberculosis, falleció por insuficiencia respiratoria. El 12 de octubre de 2021, el general Raúl Isaías Baduel falleció en prisión preventiva en el centro de detención El Helicoide. Una investigación sobre su muerte sigue abierta. Todas las muertes durante la detención deben ser objeto de una investigación independiente, exhaustiva y oportuna. Las autoridades deben garantizar el acceso oportuno a una atención médica adecuada para todas las personas detenidas y considerar alternativas a la detención, incluidas las liberaciones por razones humanitarias de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos.
Acceso a la justicia, reparación adecuada y garantías de no repetición
Según el Ministerio Público, desde agosto de 2017 hasta enero de 2022, 1.343 agentes de seguridad fueron acusados o acusadas de delitos relacionados con violaciones de derechos humanos y 237 fueron condenados o condenadas. Esto representa un aumento con respecto a las cifras comunicadas anteriormente, con 627 nuevas acusaciones y 84 nuevas condenas. Las personas condenadas fueron en su mayoría agentes de la PNB (80), policías estatales (55) y la GNB (41).
El Ministerio Público debe mantener los esfuerzos para acelerar las investigaciones, en particular de las presuntas violaciones del derecho a la vida y del derecho a la integridad física. A este respecto, el ACNUDH alienta la aprobación y aplicación efectiva de los proyectos de protocolo elaborados con su asistencia técnica. El ACNUDH observó una audiencia judicial y solicita un acceso más regular. Las autoridades tomaron medidas para fortalecer la Oficina de Asistencia a las Víctimas de los Derechos Humanos en el Ministerio Público, que asistió a 1.017 personas desde su creación. Se necesitan recursos suficientes para que esta oficina pueda cumplir eficazmente su mandato.
El 15 de diciembre de 2021, una ley estableció la Comisión para la Garantía de Justicia y Reparación para las Víctimas de Delitos contra los Derechos Humanos. El ACNUDH recuerda la importancia de asignar recursos suficientes para permitir una aplicación efectiva, y alienta a que se realicen esfuerzos adicionales para fortalecer el marco nacional, en particular para garantizar la rendición de cuentas de todos los autores, incluida la responsabilidad superior y de mando, según corresponda, y una reparación adecuada para las víctimas.
Las investigaciones sobre el asesinato de dos trabajadores del medio de comunicación La Guacamaya TV en agosto de 2020 llevaron a la condena, el 16 de diciembre de 2021, de tres ex miembros de las FAES a 21 y 18 años de prisión. Tres coacusados fueron exonerados. Con respecto a las muertes en operaciones de seguridad, el ACNUDH documentó 33 de estos casos desde 2019, ninguno de los cuales, hasta el momento, ha llevado a una condena. Se inició un juicio en otros seis casos.
El ACNUDH observó largas demoras debido a cambios de fiscales y a repetidos aplazamientos de las audiencias. El ACNUDH pide que se lleven a cabo investigaciones rápidas y exhaustivas que conduzcan a la rendición de cuentas, de conformidad con todas las garantías del debido proceso. Los familiares de víctimas informaron haber recibido poca o ninguna información sobre el progreso de las investigaciones en al menos ocho casos, a pesar de las múltiples solicitudes. Sobre la base de los estándares internacionales, es esencial proporcionar un apoyo adecuado a los familiares de las víctimas para garantizar su acceso efectivo a la justicia.
Se observaron patrones similares en casos de muertes en protestas ocurridas en 2017 y 2019, a pesar de los avances en algunos expedientes. Sobre la base de información oficial, se dictaron 21 sentencias condenatorias y 5 absolutorias de un total de 591 casos abiertos. En siete de los casos documentados por el ACNUDH se dictaron condenas. Familiares de las víctimas apelaron al menos dos de las condenas ante el TSJ alegando que la sentencia es incompatible con la gravedad y circunstancias de los hechos, como en el caso del estudiante de 17 años Fabián Alfonso Urbina Barrios. Sigue preocupando si las investigaciones se centraron en todos los posibles autores, incluidos los que están en la cadena de responsabilidades.
La investigación sigue abierta en al menos otros 20 casos, de los cuales 11 se abrieron hace cinco años. En muchos de estos casos, los fiscales fueron cambiados repetidamente. Por ejemplo, en los casos de Juan Pablo Pernalete y Diego Arellano, los fiscales fueron cambiados al menos 15 veces, causando retrasos adicionales, trauma y revictimización. En los casos en fase de juicio, se observan varios aplazamientos de las audiencias. En al menos cinco casos, los retrasos en el proceso podrían atribuirse a problemas de cooperación entre la GNB y la fiscalía.
El ACNUDH reitera su llamamiento a la pronta conclusión de los procedimientos judiciales en esos casos, con todas las garantías del debido proceso, para asegurar el acceso a la justicia y la reparación de las víctimas y sus familias.
Según reportado, la jurisdicción especializada en violencia contra la mujer funciona en todo el país. El 16 de diciembre de 2021, la Asamblea Nacional aprobó la reforma de la Ley Orgánica sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, un paso hacia la protección de las mujeres y la rendición de cuentas por la violencia de género, que siguió siendo denunciada. En 2021, 1.155 personas fueron condenadas por delitos de violencia sexual contra mujeres, niños, niñas y adolescentes. No se dispone de datos desglosados. En 2021, 204 personas fueron acusadas de feminicidio. La sociedad civil reportó 239 casos de feminicidios en 2021, una ligera disminución en comparación con los 256 feminicidios reportados en 2020. Las autoridades deben recopilar y difundir de manera proactiva datos e información pública sobre esos casos, incluida la rendición de cuentas. El ACNUDH también recomienda el fortalecimiento de las 120 fiscalías especializadas en casos de violencia de género, incluidos los feminicidios y los delitos sexuales.
Las enmiendas legislativas incorporaron nuevas formas de violencia de género, como la política y la informática, elevaron las sanciones penales y establecieron una jurisdicción de tribunales especializados para casos de violencia de género. También se creó una nueva Comisión Nacional para coordinar las políticas públicas con la participación de las organizaciones de la sociedad civil. El ACNUDH alienta la pronta adopción del marco normativo necesario y la asignación de recursos adecuados para garantizar el funcionamiento de la Comisión.
El ACNUDH recibió 14 denuncias de delitos de odio contra personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI), presentadas por la sociedad civil a las autoridades durante el período que abarca el informe. El ACNUDH celebra la creación, dentro del Ministerio Público, de una oficina especializada para investigar delitos relacionados con violaciones de derechos humanos contra la población LGBTI.
El 5 de noviembre de 2021, el Fiscal de la Corte Penal Internacional (el Fiscal de la CPI) anunció la apertura de una investigación sobre posibles crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela desde al menos abril de 2017. Además, se firmó un Memorando de Entendimiento (MoU) para continuar fomentando medios y mecanismos para apoyar y promover procedimientos nacionales genuinos en Venezuela, asimismo, con el compromiso de establecer mecanismos para mejorar la cooperación entre Venezuela y el Fiscal de la CPI para facilitar el cumplimiento de su mandato.
En marzo de 2022, el Fiscal de la CPI anunció la autorización para establecer una oficina en Caracas en apoyo a la cooperación con las autoridades venezolanas y la facilitación de la asistencia técnica en el marco del MoU.
Espacio Democrático y Cívico
El ACNUDH toma nota de los nuevos espacios abiertos para el diálogo, incluso después de dos reuniones de alto nivel celebradas en abril de 2022 entre los más altos representantes del gobierno y el Foro Cívico, un grupo de organizaciones de la sociedad civil. Este es un paso adelante hacia un diálogo más inclusivo y amplio. No obstante, el ACNUDH siguió observando restricciones indebidas al espacio cívico y democrático, en particular la estigmatización, la criminalización y las amenazas contra las voces disidentes, la sociedad civil, los medios de comunicación y los sindicalistas, que afectan a su capacidad para llevar a cabo efectivamente su legitima labor.
Durante el período que abarca el informe, el ACNUDH documentó 154 casos, incluidos 46 casos de penalización, 26 relatos de amenazas y hostigamiento, 11 actos de violencia y 71 casos de estigmatización de personas defensoras de los derechos humanos, periodistas y otros miembros de la sociedad civil, incluidas cinco mujeres, en las redes sociales o en emisiones públicas por funcionarios del Estado.
Al menos cinco miembros de la oposición política fueron detenidos; la mayoría fueron liberados poco después; dos detenidos en el período que abarca el informe anterior siguen privados de libertad. Al menos dos dirigentes sindicales y un activista de derechos humanos seguían detenidos en el momento de redactar este informe.
Se documentó la falta de investigación pronta de 24 denuncias presentadas por personas defensoras de los derechos humanos y periodistas a las autoridades. Las autoridades competentes deben tomar medidas, en consulta significativa con las partes interesadas, para garantizar que el espacio democrático y cívico no sea restringido indebidamente. El ACNUDH pide que se fortalezca la rendición de cuentas, la protección y la plena reparación de las víctimas, de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos. Las personas privadas de libertad por actos relacionados con su trabajo legítimo deben ser liberadas de inmediato.
Derecho a participar en los asuntos públicos
Las elecciones regionales y municipales tuvieron lugar el 21 de noviembre de 2021, en general, transcurrieron en calma. El 9 de enero de 2022, se celebró una nueva votación en el estado de Barinas, tras la anulación de los resultados de las elecciones del 21 de noviembre y la inhabilitación del candidato a gobernador del partido de la oposición por parte del TSJ. Las misiones internacionales de observadores electorales y un Grupo de Expertos de la ONU fueron invitados a Venezuela por primera vez desde 2006.
Las nuevas normas sobre la paridad de género promulgadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE) antes de las elecciones favorecieron una mayor participación de las mujeres. Según el CNE, las mujeres representaron por primera vez casi el 50% de las candidaturas, aunque en su mayoría para concejales municipales. Solo dos de los veintitrés gobernadores electos fueron mujeres y 62 de los 335 alcaldes, lo que supone una disminución en comparación con las elecciones de 2017, donde cinco mujeres fueron elegidas gobernadoras y 76 alcaldesas. Se alienta a las autoridades a que adopten las medidas positivas necesarias para garantizar la paridad de género en los procesos electorales.
En septiembre de 2021, el CNE aprobó el registro electoral indígena con la inclusión de 4.334 voceros. El 26 de noviembre de 2021, estos voceros eligieron a 69 concejales municipales indígenas y ocho legisladores regionales indígenas en ocho estados venezolanos. No se reportaron incidentes el día de las elecciones. El ACNUDH reiteró su preocupación por la falta de consentimiento inclusivo, libre, previo e informado de todos los pueblos indígenas en la reforma de 2020 que introdujo el voto indirecto.
Estigmatización y criminalización de los actores de la sociedad civil
El ACNUDH reitera su preocupación por la estigmatización y criminalización de los representantes de la sociedad civil, incluidos las personas defensoras de los derechos humanos, los periodistas y los trabajadores de los medios de comunicación, que siguieron siendo desacreditados en los medios de comunicación institucionales. El ACNUDH documentó 71 casos, incluidas cinco mujeres, lo que representa un aumento con respecto al período del informe anterior. Desde 2019, el ACNUDH documentó 46 casos de criminalización, incluidas ocho mujeres. Se levantaron los cargos penales en tres casos y se otorgaron medidas alternativas a la detención en 25 casos.
En un incidente en particular, los funcionarios públicos hicieron circular en línea listas de periodistas y personas de las que se decía eran cercanas a la oposición, etiquetándolas como «ladrones buscados» y «corruptos».
Entre los mencionados se encontraba un periodista detenido en marzo de 2019 por el SEBIN, acusado de orquestar un apagón masivo de electricidad en el país. Fue puesto en libertad bajo fianza poco después, pero siguió sometido a varias restricciones de movimiento, incluyendo presentaciones periódicas ante los tribunales y la prohibición de salir del país, y se enfrentó a cargos de incitación pública a cometer un delito durante casi tres años, más allá del límite legal. El 1 de febrero de 2022, un tribunal levantó sus restricciones de movimiento y ordenó el «archivo judicial» del caso por falta de pruebas. A diferencia de un sobreseimiento, esta decisión podría permitir que el caso se reabriera más tarde. En el momento de su detención, el periodista denunció haber sido víctima de tortura o malos tratos. Estas denuncias quedaron sin respuestas.
Hay al menos otros 11 periodistas y trabajadores de los medios de comunicación, incluidas tres mujeres, bajo restricciones de movimiento similares, en algunos casos más allá de los límites legales.
Varios sindicalistas también siguen enfrentándose a cargos penales, como asociación criminal e incitación al odio, en relación con su trabajo legítimo. Al menos dos sindicalistas se encuentran actualmente detenidos en espera de juicio, y a seis se les han concedido medidas alternativas a la detención, incluidos dos en el contexto de una misión de alto nivel a Venezuela de la Organización Internacional del Trabajo en abril de 2022. Uno de estos dos fue absuelto poco después. La actividad sindical legítima y la defensa de los derechos laborales deben protegerse de conformidad con el derecho internacional, y las reclamaciones y conflictos laborales deben gestionarse sin recurrir al derecho penal.
El ACNUDH también documentó seis casos de criminalización de asesores jurídicos, entre ellos cuatro mujeres, relacionados con su trabajo legítimo, algunos en casos de alto perfil. Tres de ellos, incluida una mujer, fueron detenidos y posteriormente se les concedieron medidas alternativas, en espera de las investigaciones. En algunos casos, las denuncias de malos tratos durante la detención no se habrían atendido. El WGAD y otros Relatores Especiales del Consejo de Derechos Humanos también expresaron su preocupación por cinco de estos casos.
El ACNUDH también siguió recibiendo informes de amenazas y hostigamiento en el contexto de su trabajo, incluso por parte de otros actores judiciales, y de obstáculos a su labor que afectaban a su capacidad para asistir adecuadamente a las personas acusadas. También se denunciaron amenazas contra familiares en al menos dos casos. Las autoridades deben garantizar que quienes prestan asesoramiento jurídico, incluida la representación en procedimientos judiciales, no sean perseguidos por razones espurias y puedan trabajar sin temor al hostigamiento y las represalias.
Sigue preocupando el uso de la legislación antiterrorista y contra la delincuencia organizada contra el trabajo legítimo de los defensores de los derechos humanos y los trabajadores de los medios de comunicación. Como declaró el Secretario General de la ONU, «los delitos penales vagamente formulados relacionados con el crimen organizado y el terrorismo se han utilizado para estigmatizar y criminalizar a la sociedad civil y los medios de comunicación».
El ACNUDH sigue de cerca los casos de tres defensores de los derechos humanos de la ONG FundaREDES y el caso de un periodista que se enfrenta a cargos como terrorismo e incitación al odio por sus actividades profesionales. De los cuatro, tres han sido puestos en libertad condicional. Javier Tarazona permanece en prisión preventiva. El Sr. Tarazona solicitó acceso a atención médica especializada, ya que su condición de salud habría empeorado. Es esencial que este tipo de solicitudes sean debida y rápidamente examinadas por las autoridades competentes.
Libertades fundamentales
Libertad de asociación
Las restricciones a la labor de las organizaciones no gubernamentales siguieron planteando cuestiones relativas a la conformidad de las normas nacionales con las normas internacionales que protegen el derecho a la libertad de asociación. La aprobación de la legislación al respecto, debería tener en cuenta consultas previas y significativas con todos los titulares de derechos interesados.
Sigue habiendo preocupaciones sobre el Registro Unificado de Sujetos Obligados, en el que deben inscribirse todas las organizaciones no gubernamentales sin distinción. Cualquier limitación a la libertad de asociación deberá cumplir con los requisitos de legalidad, proporcionalidad, necesidad y propósito legítimo, basados en el derecho internacional de los derechos humanos. Si se aplica, este nuevo registro podría aumentar los costos de funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales y comprimir los ya escasos recursos, limitando aún más las operaciones de estas organizaciones. Al elevar el número de registros a cuatro, la duplicación de los mecanismos de supervisión corre el riesgo de que se produzcan más retrasos en el proceso administrativo, lo que en última instancia afecta a la libertad de asociación.
Durante el período que abarca el informe, al menos cuatro organizaciones de derechos humanos no pudieron registrar o actualizar información en el Servicio Autónomo de Registros y Notarios (SAREN). Sus peticiones habrían sido denegadas por motivos de procedimiento, como la falta de personal o la modificación de la normativa interna aplicable con carácter retroactivo.
Derecho de reunión pacífica
La mayoría de las protestas pacíficas han estado vinculadas a los derechos económicos y sociales, en particular para reclamar la protección de los salarios y otros derechos laborales, el acceso al combustible y otros servicios básicos.
No se registraron casos de muertes en el contexto de las protestas, lo que es un progreso en comparación con informes anteriores. Continúa una reducción general en el número de manifestaciones con respecto al período del informe anterior, con 3.784 protestas sociales desde junio de 2021 hasta marzo de 2022, cerca de la mitad de lo que se informó en períodos anteriores.
Las medidas de prevención de la COVID-19 que limitaban el derecho de reunión pacífica se suavizaron progresivamente. También se realizaron manifestaciones por los derechos humanos de la población LGBTI, pidiendo una ley integral contra la discriminación basada en la orientación sexual, la identidad y expresión de género y las características sexuales, y en apoyo del reconocimiento legal y la protección de las parejas del mismo sexo, incluso a través del matrimonio. El 26 de noviembre de 2021, la Sala Constitucional del TSJ aceptó un recurso de inconstitucionalidad presentado el 7 de diciembre de 2016 contra el artículo 565 de la Ley Orgánica de Justicia Militar, que sanciona los actos sexuales consensuados entre adultos del mismo sexo en las fuerzas armadas con hasta tres años de prisión y destitución.
Grupos indígenas Pemones organizaron protestas pacíficas en el estado de Bolívar para reclamar la protección de sus derechos sobre su territorio ancestral. Veintidós comunidades indígenas Pemones viven en esta zona, parte del Arco Minero del Orinoco. El 12 de enero de 2022, presuntos miembros de un grupo armado o «sindicato» y consejos municipales no indígenas tomaron un almacén ubicado en tierra indígena en el estado de Bolívar. Según reportado, tres indígenas resultaron heridos en el incidente. Las comunidades indígenas protestaron por la invasión de sus tierras y cerraron una carretera. La protesta finalizó el 17 de enero, luego de que representantes de 17 comunidades y el Gobernador del estado de Bolívar acordaran una hoja de ruta para sesiones de trabajo con representantes del Estado.
Se observaron detenciones arbitrarias en el contexto de protestas pacíficas, aunque menos que en periodos de informes anteriores. El ACNUDH documentó tres casos de denuncias de detención arbitraria en este contexto. El 12 de febrero de 2022, dos miembros mayores del Movimiento Venezolano por la Revocatoria (MOVER), fueron detenidos por agentes de la Policía del Municipio Macuto, en el estado La Guaira. El 14 de febrero de 2022, fueron presentados ante el tribunal y acusados de incitación al odio por colgar una pancarta que expresaba su oposición a las autoridades nacionales. Un tribunal confirmó los cargos y su detención preventiva, y el 17 de febrero de 2022 fueron puestos en libertad condicional en espera de una investigación.
Libertad de opinión y de expresión
El ACNUDH siguió documentando casos de violaciones del derecho a la libertad de opinión y de expresión que afectan a periodistas, trabajadores de los medios de comunicación y medios de comunicación, personas defensoras de los derechos humanos y representantes de la sociedad civil. Se documentaron 34 casos, entre ellos hostigamiento, censura y confiscación de equipos de medios de comunicación. El ACNUDH siguió registrando relatos de autocensura por temor a represalias.
En julio de 2021, tras un proceso judicial que duró más de seis años, la Sala Constitucional del TSJ confirmó una decisión que obligaba al diario El Nacional a pagar el equivalente a 13 millones de dólares como indemnización por daños morales en un caso de difamación contra un funcionario del Estado, a título personal. El 7 de febrero de 2022, la propiedad del edificio del periódico El Nacional, y las parcelas donde se encontraba, fueron adjudicadas al funcionario estatal, en lugar de una compensación económica. Según la Relatora Especial de la ONU sobre la libertad de opinión y expresión, este procedimiento judicial planteó preocupaciones sobre el debido proceso, incluso con respecto a la publicidad de los procedimientos y la notificación previa a todas las partes. La Relatora Especial también expresó su preocupación por la compatibilidad de la indemnización fijada por el TSJ con los requisitos de necesidad y proporcionalidad establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). Desde el 11 de febrero de 2022, el sitio web de El Nacional permanece bloqueado, al parecer por decisión de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones basada en la legislación contra el odio, lo que afecta aún más la capacidad de El Nacional para realizar trabajo mediático.
El día de las elecciones también se informó a el ACNUDH sobre restricciones indebidas a la libertad de los medios de comunicación, que al parecer afectaron al menos a 15 periodistas y trabajadores de los medios de comunicación, entre ellos cinco mujeres. El ACNUDH también recibió informes de 24 sitios web de medios de comunicación independientes bloqueados por el proveedor estatal de Internet CanTV y seis suspensiones de estaciones de radio por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones. La libertad de los medios de comunicación es esencial en una sociedad democrática, incluso en cualquier proceso electoral. Se denunciaron cinco casos de presunta detención arbitraria, incluidos dos trabajadores de los medios de comunicación, durante las elecciones regionales, todos fueron puestos en libertad posteriormente.
Durante el período que abarca el informe, el ACNUDH documentó el caso de al menos una estación de radio cerrada y cuyo equipo fue confiscado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones. El cierre fue presuntamente causado por la falta de operación con las licencias necesarias, a pesar de las solicitudes apropiadas para renovar las licencias presentadas a tiempo. El ACNUDH también documentó la suspensión de tres programas de radio críticos al gobierno, así como el bloqueo de 41 sitios de Internet, incluidos medios de comunicación independientes, ONG y páginas web relacionadas con las herramientas de protección de la privacidad, por parte de proveedores de Internet estatales y privados, presuntamente sin el cumplimiento del debido proceso ni información sobre las causas de esta situación por parte del regulador nacional ni de las empresas, levantando preocupación por la compatibilidad de estas medidas con el derecho internacional de los derechos humanos. La inestable conectividad a Internet también persistió en todo el país.
El 17 de septiembre de 2021, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público. La ley reconoce el acceso a la información de interés público que está disponible. Sin embargo, dicho acceso se limita a que la información sea «necesaria para la participación significativa de las personas en el diseño, desarrollo y monitoreo de la gestión pública». Las solicitudes pueden ser denegadas si esto «genera una amenaza para el normal desarrollo socioeconómico de la República», entre otros motivos. Esas formulaciones vagas permitirían restringir arbitrariamente el derecho de acceso a la información pública. Los estándares internacionales exigen que las restricciones al derecho de acceso a la información en poder de los organismos públicos se establezcan por ley, sean excepcionales, necesarias y proporcionales.
El ACNUDH siguió registrando solicitudes de información pública de organizaciones de la sociedad civil que quedaron sin respuesta, incluidas 21 desde que se promulgó la nueva ley, y solicitudes rechazadas por formalidades no esenciales. Es importante garantizar el procesamiento oportuno de las solicitudes de información y respuestas significativas.
La información no está fácilmente disponible en muchas áreas, incluso para evaluar los derechos económicos, sociales y culturales. Por ejemplo, el presupuesto nacional no se ha publicado desde 2018, y los indicadores y la información de apoyo esenciales para el seguimiento de los derechos humanos y los Objetivos de Desarrollo Sostenible seguían sin estar disponibles en gran medida. La realización del derecho de acceso a la información entraña la obligación de los Estados de poner a disposición de manera proactiva información gubernamental de interés público.
Conclusiones y recomendaciones
El ACNUDH reconoce las medidas adoptadas por Venezuela para la aplicación de las recomendaciones anteriores, dentro de los límites de los recursos disponibles afectados por las sanciones sectoriales y la pandemia de COVID-19. Durante el período que abarca el informe, se adoptaron algunas medidas para fortalecer el estado de derecho, incluso en lo que respecta a la justicia, la detención y la policía.
Las reformas en curso presentan oportunidades de mejora y, en particular, de garantizar que las leyes y su aplicación, así como las políticas, estén plenamente en consonancia con los estándares y derecho internacional de derechos humanos.
Es necesario adoptar nuevas medidas para aplicar eficazmente todas las recomendaciones anteriores del ACNUDH y dar lugar a cambios estructurales a largo plazo. Las reformas deben estar respaldadas por un compromiso genuino con los actores de la sociedad civil a través de consultas significativas, inclusivas y genuinas. Se debe fortalecer un entorno favorable para la labor de la sociedad civil, sin tolerar algún ataque contra las personas defensoras de los derechos humanos y los periodistas, implementando políticas preventivas y asegurando mecanismos eficaces de rendición de cuentas.
De acuerdo con el compromiso de Venezuela de no dejar a nadie atrás en línea con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, se espera que se haga más para la plena realización de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
Además de las recomendaciones formuladas anteriormente, el ACNUDH exhorta al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a que:
(a) Garantice que las reformas emprendidas en los sectores de la justicia, la policía y la detención se materialicen en cambios efectivos y sostenibles basados en los estándares y derecho internacional de los derechos humanos y para que las reformas legales se apliquen estrictamente;
(b) Siga adoptando medidas para garantizar que la detención preventiva y otras medidas coercitivas se utilicen únicamente cuando sea estrictamente necesario, de conformidad con los estándares internacionales, y se mantengan dentro de los términos legales. Aborde todas las causas de las demoras judiciales, como garantizar el traslado oportuno de las personas detenidas a las audiencias de los tribunales;
(c) Garantice investigaciones prontas, independientes, efectivas, imparciales, transparentes, exhaustivas y creíbles y procedimientos judiciales en los casos de presuntas violaciones de los derechos humanos, y asegure, enjuicie y castigue a los responsables, incluidos los superiores, de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos;
d) Apoye espacios para un diálogo político inclusivo y de amplio alcance, con los derechos humanos en el centro de las discusiones;
(e) Asegure la participación significativa y efectiva de la sociedad civil en la adopción de políticas y legislación sobre asuntos que les afectan;
f) Garantice que todas las solicitudes de licencias de radiodifusión, incluidas las renovaciones, se tramiten en estricto cumplimiento de todas las normas aplicables y teniendo debidamente en cuenta los estándares y el derecho internacional de los derechos humanos, incluidas las debidas garantías procesales y el derecho a la libertad de expresión; y que cualquier medida restrictiva, como la revocación o suspensión de licencias, no constituya una restricción inadmisible en virtud del artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;
g) Adopte medidas para garantizar que el espacio democrático y cívico no sea restringido indebidamente, incluso i) derogando o absteniéndose de introducir, según proceda, normas que sean incompatibles con la protección y promoción del espacio democrático y cívico, ii) considerando la revisión de la Ley Constitucional contra el Odio, para la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público, y la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y la Financiación del Terrorismo para adecuarlas plenamente al derecho internacional de derechos humanos; iii) fortaleciendo mecanismos efectivos de rendición de cuentas; y iv) poniendo en libertad inmediata a las personas detenidas por actos de trabajo o expresión legítimos;
(h) Asegure que el derecho de los ciudadanos a presentarse a las elecciones no se restrinja indebidamente, ni en la ley ni en la práctica, y asegure que las garantías del debido proceso se implementen estrictamente en caso de que los candidatos sean descalificados, respetando la independencia y la separación de poderes;
(i) Introduzca una ley integral para prohibir todas las formas de discriminación, incluso por motivos de orientación sexual, identidad y expresión de género, y características sexuales, penalizándolas adecuadamente;
j) Garantice una investigación rápida, exhaustiva y efectiva y el enjuiciamiento de los casos de discriminación, delitos motivados por el odio y feminicidios, a la vez que refuerce las medidas de protección, en consulta con las organizaciones pertinentes de la sociedad civil;
k) Garantice el reconocimiento legal y la protección de las relaciones del mismo sexo, sin discriminación por orientación sexual o identidad de género. Derogue las normas que tipifican como delito los actos sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo, en particular el artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar;
(l) Asegure la pronta adopción del marco normativo necesario, y la asignación de recursos adecuados para la efectiva implementación de la Ley Orgánica sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia;
(m) Introduzca legislación y políticas que promuevan la participación equitativa de la mujer en las estructuras de los partidos políticos y sobre cuotas para garantizar la paridad de género en las candidaturas a cargos electivos, incluidos gobernadores y alcaldes;
(n) Asegure que los datos oficiales e información desglosada de interés público, sea disponible, accesible y se difundan de manera proactiva, incluida la información relacionada con la violencia de género y los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales;
(o) Asegure la adopción de medidas para la realización progresiva del derecho a un nivel de vida adecuado de toda la población, sin discriminación;
(p) Asegure que se respeten los derechos laborales, incluida la libertad de asociación sindical, y siga comprometido con el establecimiento de un verdadero diálogo social con los representantes de los trabajadores y los empleadores.
(q) Adopte medidas urgentes para garantizar el más alto nivel posible de salud, incluidas las personas privadas de libertad, en particular asignando recursos adecuados a hospitales y centros de salud;
(r) Establezca un registro especial de votantes para los pueblos indígenas a fin de garantizar su participación libre y significativa en los procesos electorales;
(s) Siga ampliando la cooperación con el ACNUDH con miras a aplicar las recomendaciones basadas en los derechos humanos, incluidas las derivadas de los mecanismos internacionales, como los órganos de tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas, los Procedimientos Especiales y el tercer ciclo del Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos.