La Asamblea Nacional de Venezuela ha retomado la discusión del Proyecto de Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamientos de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines, un proyecto que fue presentado e inicialmente aprobado por el parlamento el 24 de enero de 2023 y que ha sido cuestionado por Relatores de Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y organizaciones de la sociedad civil de nacionales e internacionales, por constituir una seria amenazas para el ejercicio del derecho a la asociación.

El 12 de enero de 2024 esta Asamblea Nacional celebró una reunión en el hemiciclo, la cual careció de la credibilidad necesaria para cumplir con los extremos constitucionales que definen una consulta de carácter legislativo.

En esa reunión se emitieron múltiples mensajes criminalizantes y estigmatizantes hacia varias organizaciones de la sociedad civil; ninguno de los representantes del Poder Público presentes en la sesión pidió, el cese de este peligroso discurso que de manera sistemática violenta principios fundamentales como el debido proceso y la presunción de inocencia, exponiendo a altos niveles de vulnerabilidad y riesgo a personas y a organizaciones defensoras de derechos humanos. En esa ocasión, una vez más se atacó directamente al Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA), la cual durante 36 años ha dado una contribución enorme al país en el ámbito de los derechos humanos.

Sobre esta nueva discusión, sus riesgos, las amenazas, los posibles impactos que generaría la aprobación del instrumento legal y más conversamos con el abogado Alí Daniels, codirector de la organización venezolana Acceso a la Justicia.

¿Cómo serán afectadas las organizaciones de la sociedad civil si finalmente se aprueba el Proyecto de Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las ONG?

Implicará, si se aprueba, la anulación de la libertad de asociación en Venezuela y, junto con ella, afectará otros muchos derechos porque al hacer prácticamente imposible la creación de ONG, la creación de asociaciones o fundaciones, imponiendo requisitos exorbitantes, se impide que la soberanía se organice y ejerza.

Por ejemplo, otros derechos como el caso de la participación en asuntos públicos porque expresamente el proyecto de ley señala que, si una organización no ha cumplido con toda la infinidad de requisitos que allí se exigen, no puede participar en asuntos públicos. Es decir, si una organización quiere enviar una opinión sobre un proyecto de ley a la Asamblea Nacional no se lo van a recibir con la excusa de que no está registrada, si una organización en un estado está pidiendo, por ejemplo, que lleguen medicamentos o que haya luz o que haya agua, pues le pueden decir que ninguno de esos reclamos lo puede hacer porque no está registrada en el Registro que ahora se quiere crear adicional a los ya existentes.

Como vemos, no es un tema de sutileza de interpretación de la norma, sino que lamentablemente el proyecto de ley implicará que al final solo las organizaciones que el gobierno quiera, tendrán personalidad jurídica y el resto serán declaradas de acuerdo a los propios términos de la Ley, inexistentes.

La ley tiene muchos vicios, el primero de ellos es la enorme cantidad de requisitos que tiene, pero ya hablando de temas sustantivos que afectan la validez de la ley está el hecho de que, por ejemplo, es retroactiva. Es decir, no reconoce la personalidad jurídica de las organizaciones ya existentes, las que ya se registraron, las que ya han cumplido con todos los requisitos de la ley actual y a esas organizaciones se les ilegalizan y se les obliga, a partir de cero, como que si nunca hubieran existido y tienen que registrarse de nuevo imponiéndola. Además, unas obligaciones que son exorbitantes, por ejemplo, se obliga a que todas las organizaciones reescriban sus actas constitutivas, incorporen nuevos fines que la ley establece, nuevos objetivos que la ley establece que incorporen actividades con el gobierno, ente otros aspectos.

De acuerdo con la ley, se obliga a que las asociaciones incluyan como miembro a funcionarios públicos, algo que es realmente insólito. Entonces la pregunta es, ¿si a una asociación le obligan a cambiar sus fines, a incorporar nuevos objetivos, si lo obligan a tener actividades con el Estado e incluso a aceptar nuevos miembros, la pregunta es que queda entonces?

La libertad de asociación en Venezuela implica que unas personas se ponen de acuerdo y ellas deciden a quienes aceptan y a quienes no, como parte de ese proyecto común que ellas han establecido. No pueden ser obligadas.

En este sentido, el hecho de que se pretenda cambiar prácticamente todos los elementos de la libertad asociación hace que esta normativa vaya contra los estándares internacionales. Otro elemento que es importante destacar es el hecho de que en el nuevo registro que se quiere crear se pide una serie de requisitos, dentro de los cuales está la inscripción en cuatro registros y dos de los cuales en estos momentos no funcionan, con lo cual, si la organización quisiera inscribirse en esos registros, pues no lo puede hacer simplemente porque no funcionan.

Ahí vemos cómo la intención no es regular, sino hacer imposible el cumplimiento de los requisitos para que las organizaciones estén en constante falta. Por otro lado, también debemos señalar el hecho de que el proyecto de ley obliga a que las organizaciones estén inscritas en cada estado donde vayan a desplegar sus actividades: si una organización trabaja con indígenas waraos, por ejemplo, eso implica que debería estar inscrita, no solo en el estado Delta Amacuro, sino también en los otros estados donde ellos habitan, con lo cual la organización debe estar inscrita en Monagas, Bolívar y, si por ejemplo, no está inscrito en alguno de estos estados y si tiene una medicina en el Delta, pero tiene que enviarlas al estado Bolívar porque lo necesitan, no los puede trasladar porque la ley obliga que deben estar inscritas en los tres estados para poder hacerlo. Entonces, no estamos hablando aquí de sutilezas legales, ni de cosas leguleyas. Estamos hablando de vicios que atentan contra los más elementales derechos humanos.

¿Qué impacto tiene la participación ciudadana en el proceso legislativo?

Bueno, el hecho de que no haya una publicación oficial del texto es muy sencillo, con que lo cuelguen en la página web de la Asamblea Nacional bastaría para considerar el texto que, supuestamente, se está manejando. Entonces ahí vemos el primer vicio de la consulta pública y es que el texto del proyecto de ley no está al alcance de todos y la pregunta es si no todo el mundo tiene el texto a su alcance, ¿cómo se puede hacer una consulta? Por otro lado, efectivamente a las consultas no se está invitando a todas las organizaciones, sino algunas, la mayoría de ellas con afinidad ideológica con el gobierno.

Hasta ahora no hemos escuchado ninguna apreciación objetiva de la ley, sino organizaciones que en su vasta mayoría solo aplauden. La aprobación de la misma, en la consulta, está viciada. Primero, porque no hay un texto al alcance de todos para ser discutido; segundo, porque no se invita a todas las organizaciones y en tercer lugar, porque además hemos recibido denuncias de que en las consultas han estado presentes cuerpos de seguridad del Estado, que no tienen ninguna necesidad de estar ahí porque se trata de un acto cívico donde justamente la organización debería expresarse libremente y la sola presencia de órganos de seguridad del Estado hace que, además de cuerpos de inteligencia porque no es el tema de la policía, sino de otros cuerpos de seguridad más vinculados a la represión política, lo que hace entonces que las organizaciones en muchos casos se refrene o no. Precisamente por el amedrentamiento que implica la presencia de estos cuerpos de inteligencia del Estado en este tipo de actos.

Para que haya una verdadera consulta, primero tiene que estar el instrumento a discutir, al alcance de toda una convocatoria y sin ningún tipo de coacción ni de presencia que pueda implicar una amenaza, un amedrentamiento a las organizaciones.

Esta ley difiere enormemente, yo diría que es lo opuesto a la regulación existente, porque la regulación existente deriva del Código Civil que además quisiera decir eso, no que es uno de los argumentos que el gobierno expone es que en la asociación no están debidamente regulada y eso absolutamente es falso por cuanto solo el Código Civil que es la norma que regula a las sociedades de fundaciones tiene 40 artículos que regulan a estas entidades. Este proyecto tiene 17 artículos con lo cual el Código Civil casi triplica la normativa que se está pretendiendo imponer. Además, nosotros hemos hecho un estudio y determinado, al menos, 40 leyes que regulan la libertad asociación en más de 130 artículos que están relacionados con la regulación de la libertad de asociación, y de esas 40 leyes hemos encontrado 16 que establecen registros para las asociaciones.

De modo que no es algo que nos estamos inventando, de que la regulación es suficiente. Es que uno ve que la aplicación de esta ley, desde el Código Civil del año 42 cuando fue aprobado, ha sido pacífico y si no ha habido dificultad de interpretación, de cómo deben ser las asociaciones reguladas y solo ahora el Gobierno quiere que haya las voces disidentes, las voces independientes, es que aparece este escuálido argumento de que las asociaciones no están debidamente reguladas como si no estuvieron pendientes reguladas nadie, dijo eso durante los más de 80 años que el Código Civil ha estado aplicándose sin ningún tipo de necesidad de incorporar nuevas normativas.

Además, yo quisiera indicar que más bien es todo lo contrario, porque se dice que hay un abuso en la libertad asociación y eso no es cierto tampoco, porque si usted y un grupo de personas quieren crear una ONG en Venezuela y van al registro y presentan su acta constitutiva y en el acta constitutiva dice, por ejemplo, que esa ONG lo que quiere es enseñar derechos humanos explicando la sentencias de la Corte Interamericana, le van a devolver el escrito y le van a decir: usted no puede constituir con este objetivo porque no puede poner la palabra derechos humanos.

Esa es la realidad actual, yo le pido al Gobierno que nos muestre una organización que diga en sus estatutos, creada desde cinco o seis años para acá, y la respuesta es que no hay ninguna, porque todas han tenido que evadir las palabras derechos humanos para constituirse y aun en el caso de que eliminen esas palabras.

Otra diferencia con el sistema regulatorio vigente, es que es un sistema de notificación. Es decir, las personas que constituyen una asociación se ponen de acuerdo y notifican al registro que quieren constituirse en asociación y cumplidos los requisitos, pues el Registrador deja constancia de esa voluntad. Ahora, el nuevo proyecto de ley pretende pasar de un proceso de notificación a las autoridades a un proceso de autorización donde además hay dos pasos, porque se habla mucho del registro, pero en realidad ahí no se acaba todo. Una vez que las organizaciones que cumplan con todo el montón de requisitos que exige la ley eso no basta, pues el mismo proyecto dice que solo obtendrá la personalidad jurídica una vez que se emita una resolución de un ministerio que nadie sabe cuál es. Como ven esto es muy diferente.

El esquema actual donde están los registros, que están en todos los estados, ahora tiene que ir a un ministerio para obtener esa autorización. Es decir, se centraliza y pasamos de un esquema de notificación a un esquema de autorización, lo que hace todavía más incompatible con la libertad asociación, porque la libertad asociación nace desde que un grupo de personas se pone de acuerdo sobre determinados fines y para eso no debe tener ninguna autorización.

¿Cuáles son las consecuencias específicas que anticipas para las ONG y para la sociedad civil? ¿Cómo afectará su capacidad para operar y defender derechos humanos en Venezuela, pero también para atender a víctimas?

Las consecuencias, sobre todo para las organizaciones que denuncian violaciones de derechos humanos, es que lo más probable no se les permita constituirse, no se les dé la posibilidad de continuar, se le pongan toda suerte de obstáculos y requisitos para impedir que puedan volverse a constituir. Es posible que a algunas sí se les permita, las que el gobierno considere que no generen oposición o no tengan opiniones críticas o independientes, pero en todo caso, a esas organizaciones se le va a encarecer muchísimo los costos de actualización, porque además, algo que no he dicho es que aunque se haya registrado y aunque usted obtenga la resolución del Ministerio reconociendo la persona jurídica, usted todos los años deberá renovar esa inscripción, con lo cual va a estar en una permanente lucha con los organismos oficiales para renovar esa autorización.

Eso hace que, en los costos de mantenimiento de las organizaciones, que tendrán que tener estructuras fijas para renovar constantemente estos permisos, sean muy onerosos y eso tiene una repercusión práctica, ¿cuál es esa repercusión práctica? Que, por ejemplo, si un donante da un dinero para alimentar personas o dar medicinas, si antes daba 10 dólares, por poner un caso, y de esos 10 dólares los costos administrativos eran 0,5; ahora puede ser uno o dos dólares por cada 10. Entonces eso implica que, en vez de llegarle más ayuda, le va a llegar menos ayuda a la gente porque los costos operativos para mantener la organización se encarecen.

Al final la pregunta es ¿quiénes son los perjudicados: las organizaciones o los beneficiarios? En este sentido vemos cómo esto genera problemas porque, además, tristemente en el mundo hay muchísimas desgracias y los donantes pueden decir: bueno, si es tan complicado dar ayuda humanitaria en Venezuela, vamos a otros países como Haití, por ejemplo. No hay que ir muy lejos.

Entonces, hacemos un llamado de humanidad al Gobierno para que entienda el error que está cometiendo y que al final no nos está perjudicando a las ONG, sino que está perjudicando a millones de venezolanos, que en este momento están en una situación muy difícil, en una emergencia humanitaria compleja, que ahora se ve afectada por ellos y pongo un ejemplo también muy concreto: la ayuda humanitaria se ejecuta a través de Naciones Unidas, esa ayuda no la ejecuta directamente Naciones Unidas sino que quienes están en el terreno ejecutando esa ayuda humanitaria son las ONG y ahora en adelante, muchas dejan de operar y Naciones Unidas no va a poder suplir esa falta y de esto estamos hablando, de las vidas en riesgo que pone este proyecto.

Si se aprueba la ley por ahora, la militarización del espacio cívico en Venezuela y el mismo desaparecería tal como lo conocemos, ¿qué significa esto para la sociedad, solo las relaciones no gubernamentales se verán afectadas?

Significa que habrá organizaciones en la medida en que el Estado pueda intervenirlas en cualquier momento, que el Estado, ya con el hecho de decirles cuáles fines, qué objetivos y cuáles son sus miembros, está interviniendo, obviamente a partir de ese momento, el tejido que se ha creado durante tantas décadas de esfuerzo.

Se habrán perdido muchas organizaciones que no podrán continuar, otras serán ilegalizadas y al final esto va a repercutir, no solo en la calidad de la reivindicación del derecho a la vida de muchas personas, sino incluso en las luchas sociales, que los ciudadanos tienen derecho a llevar a cabo a través de las organizaciones.

Es decir, denunciar, por ejemplo, que no hay servicios públicos de calidad, que no nos están pagando las pensiones en los montos que debería, que los montos que deberían estar los salarios no son los que corresponden, que el Estado no está cumpliendo sus obligaciones en materia de derechos humanos como, por ejemplo: sancionar a los responsables de violaciones derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.

Es decir, estamos hablando de que el impacto en la sociedad civil venezolana sería enorme y no hay que ir muy lejos para ver cómo se traduce eso en una situación en concreto, pues lo tenemos en el caso de Nicaragua, donde las organizaciones de la sociedad civil han sido desmanteladas a costa de un pueblo que tanto las necesitan, a costa de un pueblo que necesita la ayuda de las ONG y que en este momento está desamparado. Entonces, por eso hacemos un llamado para que se entienda que las repercusiones en el pueblo venezolano por la imposición de una ley que pone en peligro a las ONG, es algo que debería ser reconsiderado, vista las terribles consecuencias que eso podría traer, sobre todo, los más perjudicados por la emergencia humanitaria compleja.

¿Cuál es la importancia del derecho a la libertad de asociación en un contexto democrático y cómo cree que esta ley puede socavar este derecho?

La importancia de la libertad asociación es esencial en una democracia, porque la libertad de asociación nosotros la hemos bautizado como el derecho para ejercer otros derechos. Es decir, la libertad de asociación es un derecho medio un derecho instrumental que sirve a otros derechos: si unas personas exigen derecho a la salud o exigen derecho a la educación, exigen derechos políticos como el derecho al voto, etc.; es la libertad asociación la que les permite crear tejido social para presionar a las autoridades y que éstas cumplan con sus obligaciones.

Entonces, en una democracia, la libertad de asociación es algo esencial que permite a la sociedad organizarse y levantar su voz por la simple razón de que no es lo mismo que un ciudadano solo levante la voz a que una vecindad, un grupo de profesores, un grupo de trabajadores, un grupo de afectados por un tema de salud pública, lo haga de manera organizada y estructurada.

Eso es justamente la razón por la cual libertad de asociación es tan importante, porque precisamente si usted busca en la historia de la humanidad cualquier lucha social, cualquier reivindicación en cualquier país, se da cuenta que detrás de cada reivindicación hay un grupo social estructurado, organizado que le da sentido y cuerpo a esos reclamos y decirle que esas luchas nunca hubieran podido realizarse de una manera exitosa.

Entonces, por eso es que la libertad de asociación es tan importante porque implica tres factores: la incorporación del ciudadano como alguien activo. O sea, tiene una parte individual, una cara del individuo que es el que se incorpora y dice: tiene sentido lo que hago porque reivindico mis derechos y los de otros, y cuando se une con otros, ahí hay un elemento colectivo que reivindica ya a ese individuo y a los que con él, buscan ese fin y, cuando ese grupo tiene una incidencia en la sociedad vemos la tercera cara que ya no es ni la individual ni la colectiva sino que la sociedad dice: este grupo está pidiendo algo que es trascendente, que va más allá de esos que están ahí detrás de esa idea y que afecta a toda la sociedad. Por eso la libertad de asociación es tan trascendente en la medida en que reflejan los intereses del individuo del colectivo y de la propia sociedad.

¿Cuáles han sido las consecuencias para las organizaciones de la sociedad civil en países en los que se han aplicado legislaciones similares?

Lamentablemente, ha habido casos parecidos, los peores han sido los de Nicaragua con las consecuencias que ya hemos dicho de más de 3.000 organizaciones solo en el año pasado.

Tenemos el caso también de Rusia, donde prácticamente no hay asociaciones independientes, ejemplo, no hay ONG de periodistas. Las que había fueron eliminadas y, de hecho, los grupos de periodistas que se ponían a trabajar juntos en una investigación, aunque no tuvieran la cobertura de una persona jurídica, también los ilegalizaron. O sea, les impidieron trabajar porque fuera por vía de hecho, a través de la libertad de asociación por vía de ellos, pero además ha habido otros casos, que no son tan graves, pero que sí fueron revertidos, como es el caso, por ejemplo, de Ecuador, donde el presidente Correa en un momento dictó una normativa sumamente invasiva a la libertad de asociación.

Entonces aquí vemos cómo no ha habido un solo caso donde la libertad de asociación no haya sido objeto de luchas desde el poder. La más reciente son las que he señalado, pero si usted ve la historia de la humanidad desde el siglo 19, por ejemplo, se impedía la constitución de sindicatos, que es otro elemento de la libertad de asociación. Ahí vemos cómo efectivamente después en la libertad social siempre ha sido un peligro para el poder, en la medida en que impide una estructuración social en torno a una idea y yo siempre quiero destacar que se habla siempre del colectivo, pero en este derecho en particular hay también una dimensión individual porque el individuo se reivindica a sí mismo en las luchas que está haciendo y además trasciende al ámbito social como ya lo dijimos.

Por eso es que ha habido estas reacciones de gobiernos como el de Ecuador, de Nicaragua y de Rusia y, lamentablemente, ahora el de Venezuela, donde la libertad de asociación ha sido seriamente amenazada.

¿Cómo la aprobación de esta ley podría impactar en el próximo proceso electoral?

Va a tener un impacto de aprobarse, porque justamente hay varias organizaciones que se han especializado en el tema de monitorear la actividad electoral, monitorear al CNE, monitorear las garantías electorales, proponer ideas para que haya más garantías electorales, hacer seguimiento a lo que eso es la evolución normativa electoral y esas organizaciones, pues entendemos que son parte de las razones por las cuales se está queriendo aprobar la ley, para justamente impedir que puedan actuar. Además, quisiera señalar que el hecho de que haya organizaciones señalando, por ejemplo, que hay violación de derechos humanos en un año electoral, al gobierno es algo que, por supuesto, no le va a gustar, pero particularmente en un año de elecciones para el gobierno es muy sensible.

Recordemos que hay organizaciones que están llevando denuncias ante la CPI y eso molesta al poder y más en un año electoral. El hecho que haya observatorios del funcionamiento de servicios públicos, por ejemplo, que en cada estado dicen bueno, este mes hubo tantos cortes de luz o tantos días sin agua, sin luz, obviamente es algo que, si normalmente molesta, pues a ellos en año electoral les molesta más. Por eso vemos que, efectivamente, puede haber una afectación al proceso electoral, porque justamente si se habla de una democracia, es necesario que las ONG participen en el proceso electoral, porque son parte de las voces que deben ser escuchadas por parte de los ciudadanos para que estos decidan por quién ejercer su derecho al sufragio.


Prensa Provea