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Luis Alberto Crespo

Economista, Msc. en Moneda e Inst. Financieras, Prof de Economía UCV.

Luis Crespo | Los bancos centrales son esenciales para los países y sus economías

A partir de 1939 el sistema monetario venezolano cambió de manera significativa con la creación del Banco Central, el nacimiento de esta institución dio orden a la creación de dinero en el país, hecho que fue posible a partir de la centralización de las tenencias de oro por parte de este nuevo ente, con lo cual se puso fin a los múltiples esquemas de emisiones monetarias existentes que se sustentaban en las tenencias de oro por los bancos y se respaldaban con la Ley de Bancos y Ley de Monedas de 1936. Al respecto Guerra (2011) expresó que “la proliferación de Bancos emisores autorizados dificultaban el control monetario por parte del Estado en la medida en que, al existir libre importación de oro, los bancos podían emitir dinero por el monto equivalente, lo que podría propiciar desequilibrios monetarios transitorios”.

  1. Formular y ejecutar la política monetaria
  2. Participar en el diseño y ejecución de la política cambiaria
  3. Regular la moneda, el crédito y las tasas de interés
  4. Administrar las reservas internacionales

Conocer la importancia de los bancos centrales es esencial para las sociedades, estas instituciones juegan un papel primordial para los países en el sano desempeño de sus economías, deben procurar el sano manejo de la cantidad de dinero que circula, se encargan también de emitir el dinero base, que está formado por billetes y monedas,  con lo cual los bancos y el público crean los depósitos en las diversas formas que proveen los medios de pago para las operaciones comerciales, todo esto en coordinación con la política económica general como se establece en la carta magna.

Hugo Chávez inicia los ataques al Banco Central de Venezuela

Hugo Chávez atacó por primera vez al Banco Central de Venezuela el 18 de octubre del 2002, en Gaceta Oficial N° 5.606 extraordinaria, publicó la reforma parcial de la Ley del BCV donde se modificaron los artículos 65 y 71, destaca la modificación del artículo 71, en el que se establece que las utilidades declaradas en el período (previa deducción de las reservas de ley) deben entregarse a la Tesorería Nacional y no al fisco contraviniendo lo que se enunciaba en la ley de 2001, dando inicio a una nueva etapa donde el BCV comienza a realizar transferencias de recursos al ejecutivo nacional y empresas publicas sin contraprestación.

Un segundo ataque ocurre en el 2005, cuando Hugo Chávez comenzó  a exigirle al BCV “un millardito” de dólares de las reservas internacionales para destinarlos supuestamente al financiamiento de un programa agrícola, lo que significó la violación flagrante del artículo 36 de la Constitución. El financiamiento del déficit fiscal de Hugo Chávez por el BCV convirtió a esta institución monetaria en su caja chica, lo cual se hizo más evidente con la creación del Fondo de Desarrollo Nacional y ya no fue “un millardito” de dólares sino seis millardos de dólares (US$ 6.000 millones) de las reservas internacionales.

Ha sido evidente que las reformas parciales de la Ley del BCV fueron creadas por instrucciones del Ejecutivo Nacional, violando el principio de separación de poderes previsto en el artículo 136 de la Constitución se hicieron reformas inconstitucionales que permitieron la confiscación de los ahorros de la nación.

Asimismo  se modificó el artículo 113, cambiando el criterio que estipulaba que Pdvsa debía vender todas las divisas al BCV, salvo aquellas indispensables para gastos operativos; para ir a un nuevo esquema donde PDVSA solo vende al BCV aquellas divisas necesarias para atender sus gastos en moneda de curso legal, y el remanente lo transfiere mensualmente al fondo que el Ejecutivo Nacional administra fuera de la ley de presupuesto (lo cual ha funcionado como caja chica del Ejecutivo Nacional).

En definitiva, estos ataques destruyeron la autonomía del BCV, limitaron a la institución monetaria en el ejercicio de sus competencias sobre la administración de las reservas internacionales y se le ordenó transferir recursos al Ejecutivo Nacional. En el año 2009 el BCV recibe otro zarpazo: una nueva reforma parcial de la Ley del BCV que incluye modificaciones que permiten realizar operaciones, entre otras, de adquisición de títulos valores emitidos por Pdvsa;  se autorizaba al Banco Central de Venezuela a financiar, directamente y sin límite de plazos, a empresas e institutos públicos, lo que originó que el BCV incrementara significativamente la emisión monetaria para financiar a Pdvsa, generándose grandes presiones inflacionarias en el país:  la ONG Transparencia Venezuela indica que de 2011 a  2017 la emisión monetaria del BCV creció en 14.000%.

Continuaron los ataques y reformas con el claro objetivo de controlar el Banco Central violando su autonomía, fueron  desmantelando la institucionalidad de la autoridad monetaria y ahora la ofensiva se dirigió a “ponerle la mano” a las reservas internacionales de manera abierta con el artificio de modificar el artículo 75 y 133  para que el BCV estime niveles adecuados de reservas internacionales,  y las excedentarias sean transferidas “dentro de los quince días siguientes al cierre de cada ejercicio semestral” al FONDEN (Fondo de Desarrollo Nacional) esto viola el artículo 320 de la Constitución al seguir instrumentando el financiamiento al gobierno por parte del BCV.

Maduro detonó al Banco Central de Venezuela

El régimen de Nicolás Maduro continúo el camino de los ataques y destrucción de la institucionalidad del Banco Central de Venezuela, dirigió su embestida con Leyes Habilitantes. En el 2013, la Asamblea Nacional le delegó al Ejecutivo Nacional:

  1. Establecer normas que eviten y sancionen la fuga de divisas,
  2. Emitir disposiciones en defensa de la moneda nacional a fin de contrarrestar el ataque a la misma,
  3. Dictar reformar las normas medidas destinadas a velar por la estabilidad monetaria y de precios,
  4. Regular lo concerniente a las solicitudes de divisas a objeto de evitar el uso contrario para el fin solicitado pueblo venezolano.

El poder legislativo le otorgó poder al ejecutivo para que dictara decretos con fuerza de ley en materias competencias absolutas del BCV. En particular, se hizo énfasis en la transferencia de recursos del BCV al FONDEN, el 15 de marzo de 2015 aprobaron una nueva Ley Habilitante (Gaceta Oficial N° 6.178) “Ley Habilitante Antiimperialista para la Paz” donde el Ejecutivo Nacional hizo reformas de mayor alcance a la Ley del BCV, dado que incrementó los mecanismos de control del Poder Ejecutivo sobre el banco , dejando explícito el financiamiento del BCV al Estado a discreción del régimen, dejando por sentado lo siguiente: se permite al BCV obtener, otorgar o financiar créditos al Estado y a entidades públicas o privadas en caso de que “exista amenaza interna o externa a la seguridad u otro perjuicio al interés público.

Por último, y no por eso es menos grave, se legalizó el negar información macroeconómica al país y establecieron por ley no publicar cifras oficiales y, peor aún, el directorio con base en el artículo 40, tiene la potestad de clasificar la información como “secreta” o “confidencial”. Además tuvieron la desfachatez de definir legalmente que los miembros de la Asamblea Nacional podrán solicitar información confidencial al BCV, no obstante, el presidente del ente decidirá si será entregada o si en su lugar les proporcionará los datos que considere pertinentes.

Un Banco Central inerte y estéril al servicio del Dictador

Los ataques continuos a la institucionalidad del Banco Central de Venezuela en las últimas décadas ya dieron sus resultados nefastos para el país, Venezuela perdió la autoridad monetaria, la institución encargada de velar por la estabilidad de precios, preservar el valor interno y externo de la moneda y administrar las reservas internacionales, entre otras funciones de vital importancia. En la esquina de Carmelitas queda un edificio con un directorio que actúa en contra de los objetivos para los cuales fue creado y opera como una gran maquinaria proveedora de bolívares con el objetivo de cubrir el enorme déficit fiscal del régimen y la corrupción; este Banco Central es cómplice del fenómeno hiperinflacionario que azota a los venezolanos y sus efectos devastadores: la destrucción de la reservas internacionales, que son el ahorro de la nación, el sistema de pago y  el sistema financiero nacional. Su nivel de desinstitucionalización es de tal magnitud que maquillan sus balances financieros para mentir sobre los resultados del banco y hoy día es sujeto de sanciones internacionales.

En el Banco Central de Venezuela el Dictador Nicolás maduro  “se despacha y se da el vuelto”, provocando consecuencias por estas distorsiones monetarias que las sufren en mayor medida los ciudadanos de a pie, quienes cargan con el impacto hiperinflacionario que destruyó su poder adquisitivo, patrimonio y condiciones de vida. Mientras se agrava la crisis económica y hunde al país en el caos.

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Luis Alberto Crespo

Economista, Msc. en Moneda e Inst. Financieras, Prof de Economía UCV.