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Marino Alvarado

Abogado, Coordinador de Exigibilidad Legal de Provea.

Marino Alvarado El pasado 03 de noviembre de 2021 Nicolás Maduro en representación del Estado venezolano y el fiscal Karim Khan en representación de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional suscribieron un memorando de entendimiento.

En dicho memorando expresamente se indica que los graves crímenes que preocupan a la humanidad no deben quedar impunes. Se expresa que debe garantizarse su efectiva persecución incluso mediante la adopción de medidas nacionales y el fortalecimiento de la cooperación internacional.

El Estado venezolano se obliga a adoptar las medidas necesarias para asegurar la efectiva administración de justicia, de acuerdo a los estándares internacionales, con el apoyo y compromiso de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional en virtud del principio de complementariedad. Igual debe llevar a cabo auténticas actuaciones nacionales de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma.

Ese compromiso asumido por las instituciones venezolanas implica que no pueden seguir administrando justicia de la manera como se viene realizando. Es decir, deben realizarse investigaciones genuinas, auténticas, no simulacros de investigación, no fraude a la ley imponiendo penas que no son compatibles a la gravedad de los crímenes perpetrados, y que deben investigarse y sancionarse a todos los responsables en un caso concreto, autores materiales, colaboradores, cadena de mando.

El primer paso es que haya justicia independiente. En este momento tenemos unos magistrados, jueces penales, fiscal general y defensor del pueblo, que obedecen ordenes de Maduro y su cúpula. No actúan con independencia, ajustados a la ley, sino cuidando intereses de quienes detentan el poder de hecho y bajo criterios ideológicos, no de aplicación justa del derecho.

Hay que garantizar igualmente incorporar en la legislación venezolana la figura de los crímenes en los términos del Estatuto de roma e imponer las penas correspondientes a cada crimen.

El artículo 17 del Estatuto de Roma indica que la Corte Penal actuará si el principio de complementariedad no se está ejecutando efectivamente. Si el proceso no haya sido o no esté siendo sustanciado de manera independiente o imparcial y haya sido o esté siendo sustanciado de forma en que, dadas las circunstancias, sea incompatible con la intención de hacer comparecer a la persona de que se trate ante la justicia.

En Venezuela se han cometido crímenes de lesa humanidad. Los responsables de esos crímenes deben rendir cuentas ante la justicia. Con la actual conformación del sistema de justicia no hay ninguna garantía que los autores materiales y máximos responsables muchos de ellos ubicados en los cuerpos directivos de los organismos policiales con competencia nacional y de algunos estados. Igual personeros que están o han estado en las mayores estructuras gubernamentales alentado, orientado, dirigiendo y supervisando la represión.

Estamos próximos a cumplir un mes desde cuando se suscribió el Memorando y no hay ningún anuncio oficial que indique cuáles son los pasos concretos a implementar para avanzar en el juzgamiento de los responsables de los crímenes. El primer paso, es reconocer que se cometieron tales crímenes. ¿cómo investigar los crímenes si no se parte de reconocer que se perpetraron?  El Fiscal impuesto por la extinta Constituyente tiene la palabra. Dudo que lo haga, no tenemos una Fiscalía independiente.  

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