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Keymer Avila
Keymer Avila

Abogado (UCV) Máster en Criminología y Sociología Jurídico Penal, UB (Barna). Investigador del @cpenalesucv y Profesor de @criminologial en Pre y Postgrado UCV

Keymer Ávila | En el informe final de la Comisión por la Justicia y la Verdad (CJV), intitulado “Contra el silencio y el olvido. Por la verdad y la justicia”, se denuncian y documentan graves violaciones a los derechos humanos que formaban parte de la práctica del terrorismo de Estado entre los años 1958-1998, muchas de ellas llevadas a cabo siguiendo las enseñanzas de la Escuela de las Américas, en el marco de la Doctrina de la Seguridad Nacional. Este horror era encubierto siempre por el discurso oficial que presentaba a los gobiernos de turno como democráticos, respetuosos del derecho a la vida y la legalidad. Desde el poder “bastaba con presentar los hechos, oficialmente, como «enfrentamientos» y, en algunos casos puntuales, incluso se llegó a la perversión de presentar como suicidios a los que a todas luces eran asesinatos (…) parece que en algunos eventos, los asesinatos terminaron ocurriendo por «error» de los torturadores, y ante la imposibilidad de desaparecerlos, se recurrió inicialmente al maquillaje y al engaño” (pp.255-256). En esos cuarenta años, con este patrón, destacan cuatro casos:

José Gregorio Rodríguez fue detenido el 26 de abril de 1962 por la DIGEPOL-DISIP (hoy su equivalente sería el SEBIN) y torturado hasta su muerte (26 de mayo), “tras lo cual, fue lanzado del cuarto piso, para simular su suicidio” (p.287). Sobre este caso el legislador del PCV, Gustavo Machado, dijo ante la Cámara de Diputados: “Fue torturado hasta la muerte y después de que pereciera en el suplicio fue arrojado por una de las ventanas de la DIGEPOL”. Estas “palabras echaron por tierra el esfuerzo del betancourismo y de la prensa del momento para imponer el supuesto suicidio”. Rodríguez fue torturado por antiguos funcionarios de la Seguridad Nacional de la dictadura de Pérez Jiménez “reciclados” por el gobierno de Betancourt (Barrios, 2012; Abreu, 2012). “El informe médico lo reprodujo textualmente Miguel Otero Silva, en su célebre libro Cuando quiero llorar no lloro. De hecho, este crimen fue verificado por una comisión de la Cámara de Diputados del antiguo Congreso, cuyo informe fue ocultado a la opinión pública” (CJV, ídem). Años después Soto Rojas (1964) y Alberto Lovera (1965) serían también lanzados, el primero desde un helicóptero, el segundo encadenado al mar.

El 19 de noviembre de 1965, la prensa informó sobre la muerte del pintor Juan Pedro Rojas Mollegas, quien después de los interrogatorios fue encontrado ahorcado en una celda del Teatro de Operaciones N° 4, pero su cadáver nunca apareció. Hasta la presente fecha se desconoce su paradero (p. 248).

Fabricio Ojeda, el 19 de junio de 1966, fue detenido y trasladado al SIFA (hoy su equivalente sería la DGCIM), tres días después fue asesinado “y su muerte presentada como un suicidio, versión desmentida por su propio cadáver, el cual presentó signos evidentes de tortura” (p.257).

Diez años después, Jorge Rodríguez es detenido el 23 de julio de 1976 y trasladado a la DISIP, dos días después es asesinado. Lo detuvieron el viernes y su muerte la anunciaron el lunes. Ingresó “muerto a los calabozos de la policía, producto de los golpes y torturas recibidas durante su detención”. Posteriormente, la autopsia reveló que el deceso se produjo por hemorragia interna, ruptura del hígado y fuertes contusiones que le fracturaron siete costillas (p.260). Sin embargo, inicialmente la versión oficial intentó “hacer aparecer el asesinato como un suicidio”. Es interesante hacer contrastes entre las reacciones de la izquierda política y del Fiscal General de la época con las que pueden observarse en la actualidad. En este caso el Director de la policía política presentó su renuncia y se detuvieron a cuatro de sus funcionarios.

Luego de 39 años de estos hechos, en un lapso de menos de 4 años, no solo se han incrementado en más de 400% las detenciones por razones políticas, así como las diversas violaciones a su integridad personal, han fallecido, además, bajo custodia de la policía política tres personas:

El 12 de marzo de 2015 Rodolfo Pedro González Martínez aparece suicidado en la sede de la policía política. Dos años después, el 17 de septiembre, el concejal apureño Carlos Andrés García, muere cuando lo trasladan desde el SEBIN al hospital. Y hace unos días muere, en extrañas circunstancias y bajo el relato oficial del suicidio, el concejal Fernando Albán Salazar.

En este último caso el discurso oficial, antes de hacer las investigaciones de rigor, ya definía de entrada al hecho como un suicidio. En tres días, se manifestaron dos actores institucionales, con tres descripciones distintas sobre lo sucedido.

Discursos oficiales sobre el caso de la muerte del preso político, Fernando Albán, que se encontraba bajo custodia de la policía política
“…hemos tenido conocimiento del suicidio del Concejal del Área Metropolitana de Caracas, Fernando Albán Salazar (…) la versión preliminar que nuestros funcionarios han recogido en el lugar de los hechos, apenas conocimos la noticia, es que el ciudadano solicitó –Albán- ir al baño y estando allí se lanzó al vacío de un piso 10”

Fiscal General designado por la ANC

“Se tuvo conocimiento del suicidio de Fernando Alban (…) En el momento que el detenido iba a ser trasladado al tribunal, encontrándose en la sala de espera del SEBIN, se lanzó por una ventana de las instalaciones cayendo al vacío”

Ministro de Relaciones Interiores

“Albán se levantó abruptamente de la mesa, diciendo que quería ir al baño, eso nosotros lo explicamos, él aprovecha esa circunstancia, diciendo que quería ir al baño y corre hacia una ventana panorámica que se encontraba en el pasillo del piso 10 de la sede del SEBIN en Plaza Venezuela y se lanza al vacío. Aquí nunca se ha dicho que se lanzó desde el baño

Fiscal General designado por la ANC

Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=K1j1PLu4m7s (Minuto 2:32 a 2:52) Fuente:

https://twitter.com/NestorReverol/status/1049386165416148994

https://twitter.com/NestorReverol/status/1049386288581931008

Fuente: https://www.pscp.tv/w/1gqxvXQRwPaGB

(Minuto 1:04 a 1:31)

Con independencia de las circunstancias de cada una de estas muertes el Estado es «responsable de la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad (…) o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma» (Artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela). Es fundamental exigir una investigación autónoma, independiente, imparcial y confiable sobre estos hechos. La historia nos ha enseñado con mucha sangre y sufrimiento que no se debe creer a priori en las iniciales y apresuradas versiones oficiales.

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