La fiscal de la CPI, Fatou Bensouda, concluye funciones el 15 de junio. Se espera que, tras el examen preliminar, anuncie si abre o no una investigación a Venezuela por crímenes de lesa humanidad. Michelle Reyes Milk, quien fue coordinadora regional para las Américas de la Coalición por la Corte Penal Internacional, dijo que el fiscal Tarek William falla a la verdad cuando argumenta que no se le ha dado apertura al Estado
La gestión de la fiscal jefa de la Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda, concluye el 15 de junio. Bensouda expresó, el 8 de junio, que espera anunciar si abre o no una investigación a Venezuela por crímenes de lesa humanidad.
De acuerdo con la fiscal, «el asunto está ahora a la espera de los jueces y no hay mucho más que pueda decir, al menos en esta etapa”. En el llamado caso Venezuela I, la CPI inició el examen preliminar en 2018. Se trata del paso previo que conducirá a determinar “si existe una base razonable para proceder con una investigación de conformidad con los criterios establecidos por el Estatuto de Roma”.
Sobre el alcance del proceso y los escenarios posibles, la alianza Provea-TalCual entrevistó a Michelle Reyes Milk, especialista en derecho internacional y profesora de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
La abogada, quien fue coordinadora regional para las Américas de la Coalición por la Corte Penal Internacional, subraya que independientemente de si la fiscal Bensouda hace anuncios sobre Venezuela, o cede el proceso a su sustituto, Karim Asad Ahmad Khan, resulta fundamental no perder de vista que ya se cerró la fase clave. Durante esta etapa la Fiscalía estaba tratando de evaluar si tenía jurisdicción.
Reyes Milk, al mismo tiempo, rebate los señalamientos del fiscal General de la República designado por la constituyente, Tarek William Saab, de que el Estado ha recibido un trato discriminatorio en la Corte Penal. Enfatiza que Venezuela y la delegación en La Haya se han reunido con la Fiscalía de la CPI en más de una ocasión y de esos encuentros existen varios registros.
En Venezuela, hay muchas expectativas sobre el examen preliminar. Sin embargo, no puede asegurarse el rumbo que seguirá el proceso
En esta fase de admisibilidad, propiamente dicha, del examen preliminar, lo que la Fiscalía tiene que determinar es si hay medidas nacionales bajo el principio de complementariedad que ameritan que no se avance o que se continúe monitoreando, o, si más bien, las medidas nacionales que hay no convencen para cumplir con el estándar de complementariedades; y además hay un elemento de gravedad, y ya se podría avanzar una investigación. Y una última precisión, lo que hemos visto, con otros casos, es que se puede concluir un examen preliminar.
En otras palabras, esto ocurre cuando la Fiscal de la CPI debe estar convencida que se reúnen los requisitos jurídicos para proceder con una investigación, pero se concluye y no necesariamente se abre, por ahora, por un tema de recursos.
Creo que hay que mantenernos optimistas de que la Fiscalía ha hecho un trabajo no solo importante, imparcial, hay que decirlo. Se ha reunido con todos los actores interesados y, a pesar de lo que han criticado varias partes, es un avance que no ha sido lento si lo comparamos con otros exámenes preliminares. Un examen preliminar promedio dura 4 años, hay exámenes preliminares que han durado unos cuantos años más.
La limitación de los recursos ocurrió en el caso de Ucrania
Se han concluido tres exámenes preliminares este año. Se considera que, en el Reino Unido, se están tomando las medidas necesarias para abordar las investigaciones por presuntos crímenes de guerra cometidos en Irak. Entonces se concluyó y se cerró. Y después hay otros dos exámenes preliminares, Nigeria y Ucrania, que se concluyen porque se tienen los elementos para proceder a una investigación, pero no se tienen ni los recursos, ni la capacidad para poder abordar eso porque la Fiscalía de la CPI tiene unos recursos limitados y la van jalando por distintos lados.
Ver que se concluye es algo positivo, pero también son preguntas que la sociedad civil siempre nos hacemos: ¿Qué es mejor? ¿Que se abra una investigación, pero que sea una investigación congelada sin casos o que, por lo menos, se concluya el examen preliminar y con la esperanza de que cuando se pueda abrir una investigación por lo menos ya haya los recursos para hacerlo? A lo que voy con todo esto es que no es, necesariamente, una mala noticia. Sé que queremos una investigación, pero la conclusión del examen preliminar teniendo los elementos para avanzar, también es importante.
El fiscal General, Tarek William Saab, denunció que Venezuela no ha tenido derecho a la defensa, pidió un trato igualitario y solicitó evaluar la convocatoria a una reunión entre las partes. ¿Qué cree se busca con estas acciones?
No hay mucha claridad. Sabemos lo que el fiscal Saab ha pedido, pero como recurso es algo que no tiene muchos precedentes. Es algo como si utilizara una suerte de consulta u opinión consultiva que le hiciera a la Sala de Cuestiones Preliminares. En verdad, lo que sabemos es que quieren ganar tiempo porque la Fiscal Bensouda termina su mandato el 15 de junio. Entonces, hay mucha expectativa si es que la Fiscal iba a anunciar algo antes del fin de su mandato, y esto es un poco poner un obstáculo más procedimentalmente. No sabemos si igual Bensouda estaba lista para hacer un anuncio o no.
Por los anuncios públicos que ha hecho la fiscal de la CPI, si ha habido un avance importante en el examen preliminar. Ya se cerró la fase clave, que duró aproximadamente unos dos años, donde la Fiscalía estaba tratando de evaluar si tenía jurisdicción y es un paso en el que muchos exámenes preliminares se han quedado. Es este salto entre son graves violaciones a los derechos humanos o son crímenes de lesa humanidad. La Fiscalía ya está convencida de que son crímenes de lesa humanidad.
Es difícil saber que va a decir la Sala de Cuestiones Preliminares porque no hemos tenido una solicitud de ese modo, una solicitud de suspensión se da una vez abierta una investigación, no en la fase de examen preliminar y se ha hecho solamente una vez. Afganistán lo ha hecho con respecto a la investigación que se abrió el año pasado y ni siquiera ha llegado a Sala de Cuestiones preliminares. En el caso de Saab se ve como una medida para demorar, para ganar tiempo.
El fiscal venezolano también se ha quejado de que se ha vulnerado el derecho a la defensa
En mayo, el fiscal Saab solicitó dos cosas. Lo primero es que le pide a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional que coopere con el Estado. El argumento es: “así como el Estado tiene la obligación de cooperar, usted Fiscalía CPI tiene la obligación de cooperar conmigo Fiscalía de un Estado”. Y eso hay que analizarlo con detenimiento, es verdad que el artículo 93 del Estatuto de Roma, inciso 10, la base legal para esta solicitud, señala que los Estados pueden hacer una solicitud de cooperación a la Corte. Pero aquí hay que leer con detenimiento.
En primer lugar, ese artículo dice que la Corte podrá colaborar con él y prestar la asistencia, en ningún momento dice deberá. El artículo 93, inciso 10, apunta a una cooperación sobre la base de que el Estado esté tomando medidas nacionales relevantes para la Corte.
Sin embargo, eso no ha ocurrido
Exacto. Y eso es lo que se cuestiona. Porque dice como” estamos en esta fase del examen preliminar, la tarea del Estado venezolano es demostrar que se están tomando medidas nacionales para ejercer jurisdicción sobre crímenes que estarían dentro de la competencia de la Corte”, pero el test de complementariedad que requiere la CPI, es un test que debe enfocarse en cuál es el interés de la Corte. El interés de la Corte es que haya procesos contra los máximos responsables por los crímenes más graves.
Algunas de las investigaciones que se han llevado a nivel nacional en este momento, por ejemplo el caso contra el joven en el estado Zulia que fue víctima de violación sexual por parte de la policía, o las ejecuciones contra el concejal Fernando Albán y el capitán Rafael Acosta Arévalo e incluso la de Juan Pablo Pernalete, ninguna de ellas se dirigen contra mandos medios y altos.
¿En ese escenario qué le corresponde hacer a Venezuela?
Venezuela tiene una tarea muy difícil de demostrar en este momento que cumple con ese test de complementariedad, a menos que tome medidas contra los máximos responsables por los crímenes más graves.
Saab también ha comparado el manejo de la Corte Penal en el caso de Colombia con el que se le ha otorgado a Venezuela
Venezuela y la delegación en La Haya se han reunido con la Fiscalía en más de una ocasión. Eso ha generado preocupación por parte de la sociedad civil. Mi opinión personal es que no debería preocuparnos, porque, finalmente, Venezuela es un Estado parte de la Corte Penal Internacional y como cualquier Estado tiene el derecho de reunirse con la Fiscalía; y que la Fiscal se reúna también con el gobierno no debería generarnos una preocupación, es parte de lo que significa cómo funciona el sistema. La Corte Penal Internacional no solo es un órgano judicial, también es una organización internacional de la cual Venezuela es un Estado miembro.
Que aleguen que la Fiscalía no le ha dado apertura al Estado y al gobierno me parece que falla a la verdad porque, incluso, hay documentación pública, fotos, de esas reuniones y esos espacios de encuentro. Después también alegan que no han hecho ninguna misión a Venezuela, pues ahí puede haber varios factores desde presupuesto, recordemos que estamos ante un examen preliminar relativamente reciente, de hace dos años.
En ese ínterin, ha habido una pandemia global que ha impedido todo viaje, entonces eso me parece que es una comparación difícil frente a un examen preliminar de 17 años de duración como el de Colombia.
Si la respuesta de la fiscal es pasar el examen a investigación, ¿cuál sería el estatus de estos funcionarios acusados de presuntos crímenes de lesa humanidad?
Esa es una pregunta muy importante. En la fase del examen preliminar, se determina si se reúnen los requisitos para proceder a una investigación. Pero en ese camino, hay un análisis de los casos, de los presuntos responsable. Hemos visto investigaciones donde no se ha podido abrir casos todavía, por ejemplo, en Georgia, ese es un tema que la Fiscalía está tratando de cambiar. Hay una reforma integral que se ha hecho a la Corte Penal Internacional y uno de los puntos más importantes que se ha destacado es el tema de la celeridad y de que no haya investigaciones congeladas ni casos abiertos.
Ahí entran varios factores, recursos es uno de ellos. Ahora, hay herramientas jurídicas y hay figuras jurídicas reguladas en el Estatuto que podrían demorar ese proceso. Por ejemplo, y es una figura bajo el artículo 18, solicitar una suspensión de un año. O, hay una figura, bajo el artículo 19, de cuestionar una admisibilidad de un caso. Eso lo hemos visto en la situación de Libia cuando se abrió un caso contra el hijo de Gadafi, Saif al-Islam Gadafi. Libia utilizó este recurso y dijo “no, un momentito yo lo quiero juzgar”.
¿Tras el inicio de una investigación, la apertura del caso puede demorarse?
La carga de la prueba ahí es que el Estado tiene que demostrar no solo que planifica y planea, sino que está abriendo medidas nacionales al respecto. Entonces, a lo que voy con esto, es que existen los recursos jurídicos para que una vez abierta una investigación se pueda demorar la apertura de este caso, pero vamos a ver ahí hay una evidencia muy fuerte que se tiene que presentar frente a ello y tocará ver cuáles son las estrategias legales.
¿Cómo quedan los funcionarios acusados si el examen pasa a investigación? ¿Se aíslan más de la comunidad internacional?
Podemos constatar que ha habido un diálogo, y una intención de colaboración, entre el Estado y la Fiscalía de la CPI en esta fase del examen preliminar. Si eso es suficiente o no, ya lo veremos. Pero, también, la realidad es la que naturaleza de esa interacción podría cambiar si es que se procede a una investigación. Creo que la mejor apuesta que tiene el Estado, si quiere evitar una investigación de casos concretos, es tomar las medidas nacionales al respecto.
De no cooperar, se aislaría aún más el gobierno y todas las personas involucradas, además hay que recordar que todos los Estados, parte del Estatuto de Roma, tienen la obligación de cooperar. Entonces el no cooperar, limitaría el margen de actuación de estas personas en el sentido de que estarían limitadas de donde se pueden mover sin que sean detenidos. Si realmente se quiere impugnar esa investigación por las vías legales, hay que dar un salto de la narrativa a medidas jurídicas concretas en torno a rangos medios, rangos altos.
Al margen de lo que ocurra con el examen preliminar, ¿Cree que esta situación ha permitido visibilizar las denuncias sobre lo que ocurre en Venezuela?
Sin duda. Además, pensemos más allá de la CPI y los mecanismos que se han ido activando. La Misión de Determinación de Hechos de la ONU, el informe de la OEA, y el examen preliminar de la Fiscalía de la CPI con sus informes anuales, eso va armando y son piezas del rompecabezas y de la lucha contra la impunidad que se van alimentando entre ellas. Todos ellos llegan a una determinación común: Se han cometido crímenes de lesa humanidad en Venezuela. Y estas determinaciones se han consolidado en los dos últimos años.
Se está en una situación de un punto sin retorno donde la opción impunidad ya no es posible. Y que esto se traduzca en medidas de justicia. Las víctimas merecen justicia.
Para la Alianza Tal Cual – Provea