Este 19 de febrero se cumplió un año sin que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de su Sala Constitucional, se haya pronunciado sobre la admisión de la Acción de Amparo Constitucional contra el ex Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y actual Director General del SEBIN, Gustavo González López, por haber violado por vía de hecho y con violencia el derecho constitucional la vivienda digna de la señora Omaira Del Carmen Ramírez y sus dos hijos, quienes fueron víctimas de un desalojo arbitrario del Operativo de Liberación del Pueblo (OLP) el pasado 24.08.2015 en la localidad de Tanaguarena, estado Vargas.
Ramírez, beneficiaria de la Gran Misión Vivienda Venezuela en Tanaguarena, estado Vargas, denunció el 11.09.2015 haber sido víctima de desalojo forzoso e ilegal de su vivienda la tarde del 24.08.2015 a manos de funcionarios del Instituto de Vivienda de Vargas (INVIVAR) y la policía regional de esa entidad en el contexto del OLP realizado en el referido sector. Ramírez quien estuvo refugiada durante cuatro años en el Batallón Lanza de Fuerte Tiuna, en Caracas, habitaba el apartamento desde hace un año. Junto a sus hijos recibió la orden de desalojar en 20 minutos la vivienda bajo el argumento de que no la habitaba de forma regular. Relató que inmediatamente otra familia fue alojada en el inmueble y que INVIVAR justificó la medida alegando que el inmueble se encontraba en tan óptimas condiciones que no se podía presumir que alguien lo estaba habitando. Acompañada por el equipo de Provea, interpuso una acción de Amparo Constitucional ante el TSJ contra el ex Ministro Gustavo González López, por haber violado su derecho constitucional a una vivienda digna consagrado en el artículo 82 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el artículo 23 de la Carta Magna; el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC); 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño y el artículo 14 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
En el escrito presentado ante la Sala Constitucional del TSJ, Ramírez relató: “Los funcionarios sin presentar ninguna orden de allanamiento emanada por algún tribunal ingresaron de manera violenta a mi apartamento violentando la puerta puesto que no me encontraba en ese momento. Una vez ocupado militarmente el apartamento y ya yo presente junto con mis dos hijos me ordenaron en tono amenazante y humillante que tenía veinte minutos para desalojar mi vivienda. Y efectivamente en menos de treinta minutos fuimos desalojados mis hijos y yo sin permitirme sacar varias pertenencias. En el momento de los hechos, los funcionarios policiales me indicaron que el desalojo se producía porque según ellos uno de mis hijos era “mala conducta”. Debo precisar que ninguno de mis hijos mayores tiene antecedentes penales y los funcionarios no realizaron contra ellos ninguna actuación policial ya que no tenían motivos para hacerlo. Una vez realizado el desalojo violento ningún funcionario del Estado venezolano me ofreció alternativa de abrigo para mis hijos y mi persona quedando absolutamente en la calle y dependiendo de la solidaridad que me fue prestada por los vecinos en el momento. Nos dejaron en una situación tal que no sabíamos ni dónde íbamos a dormir ni para dónde íbamos a llevar las pocas pertenencias que nos permitieron sacar.”
Desde el comienzo del OLP Provea ha dicho que no hay antecedentes en Venezuela de un operativo policial que haya tenido un impacto tan negativo en la garantía del derecho humano a una vivienda adecuada. Miles de desahucios y desalojos forzosos y arbitrarios de viviendas de la GMVV; centenares de viviendas demolidas y otras miles allanadas ilegalmente, es el saldo que, en cuanto a la afectación de derechos sociales, dejó en sus primeros 6 meses este operativo policial-militar.
De espaldas a la justicia
El Tribunal Supremo de Justicia sigue actuando de espaldas a los derechos e intereses de la ciudadanía. Desde el 07.04.2016 hasta el 31.01.2017, Provea ha presentado siete diligencias ante la Sala Constitucional solicitando pronunciamiento sobre la solicitud de amparo, pero aún no hay respuesta del máximo ente encargado de impartir justicia en el país. La ausencia de respuestas oportunas ante las solicitudes y reclamos es un drama que padecen a diario miles de venezolanos, la ineficiencia del Poder Judicial venezolano para responder a las peticiones ciudadanas lesiona el estado de derecho e impide la realización y la garantía del derecho humano a la justicia.