El presente, es un documento vivo que contiene una serie de mensajes cuya intención es posicionar la necesidad de justicia y reconciliación con enfoque de derechos humanos en Venezuela y promover una discusión abierta y participativa sobre su contenido, en el marco de un proceso progresivo de construcción plural que no acaba con su mera publicación, sino busca invitar al enriquecimiento, desarrollo y fortalecimiento de las premisas expuestas:

A pesar de la ausencia de condiciones electorales idóneas, las elecciones presidenciales pautadas para el próximo 28 de julio de 2024 abren posibilidades inéditas y complejas para un tránsito del autoritarismo a la democracia en Venezuela y, en consecuencia, plantea múltiples retos para el futuro destino del país. Un desafío relevante apunta al respeto y garantía de los derechos humanos como columna vertebral de la actuación del Estado y en el marco de ese desafío convertido en anhelo, han retomado notoriedad en el discurso político, expresiones tales como: “acuerdos”, “transición”, “justicia”, “venganza”, “perdón”, “reconciliación”, e incluso, han resurgido menciones a la “justicia transicional”.

Venezuela ha vivido un periodo largo de violaciones a los derechos humanos que debe ser atendido. Con base en una posición donde las víctimas de esas violaciones y el fortalecimiento del respeto de los derechos humanos en el territorio venezolano sean el centro de la discusión, el presente comunicado desea plantear a la opinión pública nacional e internacional lo que la “justicia transicional” debe implicar para el país en el corto, mediano y largo plazo.

  • Lo primero a resaltar es que la justicia transicional se centra en las víctimas y su enfoque incluye la lucha contra la impunidad. La estructuración de mecanismos de justicia transicional debe contar con su opinión, ya que las víctimas son el centro de ese proceso para acceder a la verdad, justicia, reparación, garantías de no repetición y memoria, que son los componentes de la justicia transicional. Su razón de ser, precisamente, es combatir la impunidad que la justicia ordinaria no pudo evitar. La justicia transicional se puede definir como el conjunto de mecanismos implementados en sociedades en las que se han producido graves y masivas violaciones a los derechos humanos, siendo tales mecanismos funcionales con posterioridad a un pacto político que genera un tránsito parcial o total, del conflicto armado a la paz, o del autoritarismo a la democracia. Es un campo de trabajo multidisciplinario que requiere un espacio cívico abierto, seguro, plural y habilitante.
  • Sucesivamente, es importante destacar que los acuerdos conjuntos de visión de país son necesarios para la salud de las instituciones, la economía, la política y la sociedad en pleno. A través de un acuerdo con visión compartida de país y derechos humanos pueden edificarse mecanismos de justicia transicional, los cuales no serán fines en sí mismos, sino tan sólo medios para favorecer el disfrute de los derechos fundamentales por parte de la población, entre los que resaltan el acceso a la salud, servicios públicos, educación, justicia, así como el respeto a una vida digna, la libertad y la integridad personal, entre otros, procurando dejar atrás los abusos del pasado. Siguiendo el sentido de la definición, resulta importante tener en cuenta que la justicia transicional no implica venganza ni persecución política. Los mecanismos por implementar deben propiciar el surgimiento de la verdad sobre lo ocurrido, por ello, en experiencias comparadas se ha hecho uso de la imposición de penas acotadas para quiénes de forma notable contribuyan al esclarecimiento de abusos que puedan configurarse como violaciones a derechos humanos o incluso, crímenes atroces. En los acuerdos políticos donde el centro son los derechos humanos debe determinarse aquello que no puede ser repetido para una adecuada reconstrucción institucional y del tejido social del país; para ello, el Estado debe obligarse a la emisión de garantías de no repetición. Esta visión debe procurar el acceso a una justicia independiente con reparaciones integrales, directas y/o simbólicas para víctimas o grupos de víctimas afectadas.
  • En el contexto venezolano se han hecho propuestas de amnistía general como forma de lograr un pacto de transición y de manera categórica, sostenemos que, aunque las amnistías individuales son instrumentos legales válidos, las amnistías generales sobre graves violaciones a derechos humanos están prohibidas de acuerdo con estándares internacionales que se encuentran recogidos incluso en la propia Constitución venezolana. La justicia transicional no es perfecta y corresponde asimilar que será difícil avanzar en asuntos graves que la justicia ordinaria no ha podido ni podrá resolver. En consecuencia, hay que moderar las expectativas para navegar en un marco de acuerdos políticos, cuyo límite sean los derechos humanos y la lucha contra la impunidad de violaciones a derechos civiles y políticos, junto con derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Advertimos que la justicia transicional no es un proceso único. De hecho, de forma progresiva pueden ir incorporándose mecanismos para revisar variados temas, por ejemplo, tribunales especiales de derechos humanos para revisar crímenes atroces; comisiones de la verdad para abordar asuntos delicados como ejecuciones extrajudiciales, torturas, detenciones arbitrarias, privaciones de acceso a la salud de grupos poblacionales; comisiones de reparaciones, entre tantos otros. Además, está el reto de reconstruir la institucionalidad de un sistema de justicia independiente y transparente capaz de tutelar esos derechos, manteniendo siempre el derecho de petición ante órganos internacionales de protección de derechos humanos. Por lo tanto, frente a las confusiones y tergiversaciones sobre lo que implica un mecanismo real de justicia transicional, afirmamos que, en la medida de sus posibilidades, debe ser un proceso que genere reconciliación, no que incentive nuevas heridas sociales o profundice las existentes. En virtud de lo anterior, decimos sí a los acuerdos conjuntos de visión de país, pero con justicia. Una justicia con centralidad de las víctimas, que luche contra la impunidad, que permita mantener memoria histórica, que garantice acceso igualitario para todas y todos y no solo para algunos, y que venga acompañada de la emisión estatal de garantías de no repetición. De ello dependerá la calidad de la democracia y del Estado de Derecho que las y los venezolanos queremos construir. En conclusión, una justicia reparadora que sea capaz de construir una paz sostenible para Venezuela.

Suscriben:
Acceso a la Justicia
Alianza de Familiares de Víctimas en Venezuela (ALFAVICVZLA)
Aula Abierta
Caleidoscopio Humano
Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH UCAB)
Centro de Justicia y Paz (Cepaz)
Civilis Derechos Humanos
Foro Penal
Fundación Fernando Alban
FundaRedes
Ideas por la Democracia (IPD)
Justicia Encuentro y Perdón (JEP)
Mulier
Observatorio Global de Comunicación y Democracia (OGCD)
Organización de Familiares de Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos (ORFAVIDEH)
Provea
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