Mediante sentencia publicada este miércoles 4 de julio, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar, e inadmisible el recurso contencioso electoral interpuesto por el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) el pasado 15 de mayo de 2018, con el objeto de impugnar la convocatoria del proceso electoral convocado y realizado el 20 de mayo de 2018. La decisión sobre el amparo constitucional, se dictó casi dos meses después de haber sido solicitado, a pesar que dicha petición de carácter urgente tenía por objeto la suspensión del acto de votación, para la preservación de derechos constitucionales en riesgo, mientras se tramitaba el juicio que finalmente nunca llegó.
En cuanto a la solicitud de Amparo Constitucional, la Sala Electoral señaló en la motivación de su decisión que «los términos del petitorio cautelar resultan genéricos e indeterminados, al no especificarse los derechos constitucionales que se pretenden resguardar, ni las circunstancias que evidenciarían la manera como habrían sido vulnerados; además no consta en el expediente medio probatorio alguno que permita a este órgano jurisdiccional apreciar la presunción de buen derecho alegada», ello, a pesar que el escrito y los elementos probatorios que acompañaron la solicitud formulada por Provea, demostraban ampliamente la vulneración de derechos constitucionales, mediante la celebración de un proceso electoral viciado de irregularidades desde su convocatoria, y el riesgo de mayores afectaciones de derechos del electorado y la ciudadanía en general debido a la concreción de dicho evento, tal como en efecto ocurrió.
En la solicitud realizada por Provea el 15.05.18 se alegó suficientemente que en el proceso convocado para el 20 de mayo, los electores carecíamos de la libertad de votar por cualquier candidato, toda vez que fueron ilegalizados los principales partidos de oposición y sus principales líderes fueron inhabilitados arbitrariamente para participar. Los electores fuimos sometidos a presiones indebidas por parte del gobierno y sus partidos, quienes ofrecían -abiertamente ante la opinión pública- dádivas o amenazas.
El evento electoral del 20 de mayo y sus resultados, han sido calificados como fraudulentos por la comunidad internacional, incluyendo Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA); la Unión Europea, y por cientos de organizaciones de la sociedad civil venezolanas e internacionales. El evento electoral convocado por la asamblea nacional constituyente y convalidado por el Consejo Nacional Electoral, careció de las garantías y la transparencia necesarias como para ser calificado de elección libre y democrática, por el contrario, fue un intento inútil de la dictadura para darse «legitimidad» en medio de los severos cuestionamientos y la presión internacional debido al autoritarismo y la erosión de la institucionalidad democrática.
El Tribunal Supremo de Justicia sigue demostrando ser un instrumento a favor de los intereses de la dictadura, para desconocer los derechos del pueblo. La ausencia de respuestas oportunas ante las solicitudes y reclamos ciudadanos, son un drama permanente que padecen miles de venezolanos. La Sala Electoral tardó casi dos meses en dar respuesta a una solicitud de amparo constitucional, que tenía como propósito resguardar derechos de todos los venezolanos en una materia tan trascendental como la elección, en este caso de forma fraudulenta, del funcionario que debe tener a su cargo la primera magistratura nacional. Cuando finalmente responde, lo hace para resguardar los intereses de quienes se han puesto de espaldas a la Constitución Nacional, la Democracia y el Estado Derecho.
A continuación presentamos el escrito presentado por Provea impugnando el evento electoral del 20 de mayo y la solicitud de Amparo Constitucional con medida cautelar de suspensión del proceso convocado.
RCE convocatoria - PROVEAPrensa Provea