Quienes suscriben, organizaciones y centros universitarios de derechos humanos expresan profunda preocupación por el uso desproporcionado de armas de fuego y sustancias tóxicas por los cuerpos de seguridad del Estado, Policía Nacional Bolivariana (PNB) y Guardia Nacional Bolivariana (GNB) en el control de manifestaciones públicas.

La tarde del día miércoles 26 de abril de 2017, en el contexto de las manifestaciones, perdió la vida el joven estudiante Juan Pablo Pernalete Llovera, de 20 años de edad, quien cursaba la carrera de Contaduría Pública en la Universidad Metropolitana (UNIMET), de Caracas. Testigos aseguran que su muerte fue producto del impacto en su pecho de una bomba lacrimógena, disparada como proyectil directamente hacía él, por un militar, mientras se encontraba en una manifestación pacífica de estudiantes universitarios, en las inmediaciones de la Plaza Altamira, Municipio Chacaodel Estado Miranda, ubicada al este de la ciudad capital.

Esta situación, evidencia, una vez más, la represión desmedida y el uso desproporcionado de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad del Estado, Policía Nacional Bolivariana (PNB) y Guardia Nacional Bolivariana (GNB), en el control del orden público de las manifestaciones. Esta actuación contraviene las normas constitucionales (artículos 68, 329 y 332) y estándares internacionales, principalmente los establecidos en los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (ONU, 1990) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que prohíben para todos los sujetos políticos y los poderes estatales, la utilización abusiva y desproporcionada o excesiva de la fuerza contra las personas. Estamos frente a violaciones graves de derechos humanos.

La fuerte represión contra estudiantes universitarios, y la sociedad civil venezolana, iniciada el pasado 04 de abril, constituye uno de los principales factores que atentan contra el derecho a la vida y a la integridad física en el ejercicio del derecho de reunión, de expresión y de manifestación, consagrados en los artículos 53, 57 y 68 constitucionales. El artículo 332 constitucional impone a los órganos de seguridad ciudadana, en los casos del mantenimiento del orden público, respetar la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna. El Ministerio Público, a través de la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, ha informado al país el homicidio de 26 personas en el contexto manifestaciones pacíficas, marco este en el que también se han producido, hasta el momento de la declaración pública, un total de 437 personas lesionadas, de las cuales, 247 son casos que están siendo investigados por la Dirección de Derechos Fundamentales, pues se estudia la participación o no de funcionarios del estado.

Además, ha expresado que 65 personas han sido privadas de libertad, mientras 267 serán presentadas. En total, 1.289 personas han sido aprehendidas1.

En ninguno de los casos presentados por el Ministerio Público ante las autoridades judiciales, se ha dado a conocer la incautación de armas de fuego a los estudiantes detenidos en las manifestaciones; sin embargo, se ha registrado que, al menos 6 de las víctimas letales fallecieron a consecuencia de disparos o de la utilización de objetos contundentes, atribuidos a cuerpos de seguridad.

Tomando en cuenta lo antes expuesto, se evidencia que dejar a consideración de los funcionarios de seguridad la decisión de disparar contra estudiantes que manifiestan pacíficamente, tal y como lo establece la Resolución Nº008610 del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, representa una clara situación de vulnerabilidad para quienes ejercen su derecho a la protesta y constituye un retroceso para las garantías de los derechos humanos de los venezolanos.

Por esta razón hemos manifestado, con mucha preocupación en anteriores pronunciamientos y comunicados, que existen antecedentes graves en Venezuela sobre el uso indiscriminado de la fuerza pública, evidenciando la conducta represiva y desproporcionada por parte de los funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y la Guardia Nacional Bolivariana (GNB)

El Ministerio Público, a través de la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, ha informado al país el homicidio de 26 personas en el contexto manifestaciones pacíficas, marco este en el que también se han producido, hasta el momento de la declaración pública, un total de 437 personas lesionadas, de las cuales, 247 son casos que están siendo investigados por la Dirección de Derechos Fundamentales, pues se estudia la participación o no de funcionarios del estado. Además, ha expresado que 65 personas han sido privadas de libertad, mientras 267 serán presentadas. En total, 1.289 personas han sido aprehendidas.

En ninguno de los casos presentados por el Ministerio Público ante las autoridades judiciales, se ha dado a conocer la incautación de armas de fuego a los estudiantes detenidos en las manifestaciones; sin embargo, se ha registrado que, al menos 6 de las víctimas letales fallecieron a consecuencia de disparos o de la utilización de objetos contundentes, atribuidos a cuerpos de seguridad.

Tomando en cuenta lo antes expuesto, se evidencia que dejar a consideración de los funcionarios de seguridad la decisión de disparar contra estudiantes que manifiestan pacíficamente, tal y como lo establece la Resolución Nº008610 del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, representa una clara situación de vulnerabilidad para quienes ejercen su derecho a la protesta y constituye un retroceso para las garantías de los derechos humanos de los venezolanos.

Por esta razón hemos manifestado, con mucha preocupación en anteriores pronunciamientos y comunicados, que existen antecedentes graves en Venezuela sobre el uso indiscriminado de la fuerza pública, evidenciando la conducta represiva y desproporcionada por parte de los funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) contra manifestantes, especialmente contra estudiantes, lo cual ha sido advertido en reiteradas oportunidades por parte de distintos órganos internacionales de derechos humanos, tanto del Sistema de Naciones Unidas como del Sistema Interamericano, especialmente a partir de las protestas de los años 2013 y 2014.

Las organizaciones y centros que promueven y defienden los derechos humanos en el ámbito universitario, deploramos categóricamente la muerte del joven Juan Pablo Pernalete Llovera en el contexto de la manifestación pacífica realizada el día 26 de Abril en la ciudad de Caracas; y exigimos:

  • Que el fiscal 81º del Área Metropolitana de Caracas con competencia en Protección de Derechos Fundamentales, William Rojas, comisionado por el Ministerio Público, identifique con celeridad a los responsables del hecho y sancione a los responsables de la muerte de Juan Pablo Pernalete Llovera.
  • Exigimos que el Ministerio del Poder Popular para la Defensa se abstenga de enviar efectivos de las Fuerzas Armadas, GNB, en funciones de control de manifestaciones públicas, tarea que en su lugar debe ser asumida íntegramente por los cuerpos policiales.
  • Que la Defensoría del Pueblo emprenda una acción de protección a favor de los estudiantes universitarios del país, solicitando a los órganos de seguridad cesen en el uso desproporcionado de la fuerza en control de manifestaciones públicas con el fin de garantizar derechos humanos fundamentales.
  • Exigir que toda acción de órganos del estado frente a grupos de manifestantes respete los derechos humanos, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los estándares internacionales, a los fines evitar el uso de la fuerza fuera del marco del respeto a la integridad de las personas, la dignidad humana y los derechos humanos en general.
  • Exigimos la derogación de la Resolución Nº 008610 del Ministerio del Poder Popular para la Defensa de fecha 25/01/2015 sobre Normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en funciones de control del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones, así como de toda resolución o acto que atenta contra el propio ordenamiento jurídico venezolano y estándares internacionales en la materia, establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (ONU, 1990).
  • Exhortamos a los órganos internacionales de derechos humanos a hacer un llamado contundente al Estado venezolano exigiendo el cumplimiento de sus compromisos internacionales en materia del uso de la fuerza pública, de la no criminalización de la protesta, así como de la garantía y respeto de los derechos humanos de los ciudadanos y ciudadanas.


Aula Abierta

Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de los Andes

Comisión de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias  Jurídicas  y Políticas de la Universidad del Zulia

Centro para la Paz  y los Derechos Humanos «Padre Luis María Olaso» de la Universidad Central de Venezuela

Comisión para los Derechos Humanos y la Ciudadanía (CODEHCIU)

Centro de Derechos Humanos de la Universidad Metropolitana