Washington-D.C. – La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el cierre de la Radio Caracas Radio-750 AM y manifiesta su profunda preocupación por los permanentes mecanismos de censura impuestos en Venezuela a medios tradicionales, señales de televisión por suscripción, bloqueos de plataformas, redes sociales y restricciones en el acceso a internet. En el marco de las protestas iniciadas a partir del 30 de abril de 2019 en Venezuela, las autoridades estatales también han intensificado las agresiones, detenciones y expulsión de corresponsales extranjeros.

Según la información disponbile, el 30 de abril durante la cobertura de la denominada “Operación Libertad” y la realización de protestas iniciadas ese día, Radio Caracas Radio 750 AM, la estación de radio privada más antigua de Venezuela, fue notificada del cese inmediato de sus operaciones por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), debido a la negativa de la renovación de la concesión. La emisora había solicitado renovar su concesión en el año 2002, pero hasta la fecha nunca se le había dado respuesta a la solicitud. Organizaciones de la sociedad civil informaron que bajo esta modalidad -permiso provisorio- se encuentran la mayor parte de las emisoras privadas, debido a lo cual los funcionarios amedrentan y controlan su línea periodística.

Asimismo, la Relatoría Especial tomó conocimiento de que CNN en inglés y BBC Mundo, fueron bloqueadas en la televisión por suscripción por orden de Conatel. Ambas señales fueron bloqueadas inmediatamente después de que transmitieran un video mostrando tanquetas militares atropellando a manifestantes en la ciudad de Caracas. CNN y BBC permanecerían fuera del aire, al igual que los canales en español de la mayor parte de las cadenas lationoamericanas, bloqueados por orden estatal desde 2016.

Al respecto, la Relatoría Especial ha establecido que, si bien el Estado tiene la atribución reglada de administrar el espectro radioeléctrico, esta potestad nunca debe ser utilizada para presionar, premiar o castigar a un medio en función de su línea editorial o su posición respecto del gobierno de turno. Los procesos de adjudicación, revocación y renovación de licencias debe estar establecidos por una ley y guiados por criterios objetivos, claros, imparciales, públicos y compatibles con una sociedad democrática; el proceso debe ser transparente; la decisión que conceda o niega la solicitud debe estar debidamente motivada; y estar sometida a un adecuado control judicial.

«El cierre de medios de comunicación como castigo por mantener una línea editorial crítica, así como el bloqueo de señales para evitar el acceso a información de interés público, suprime de manera arbitraria el derecho de todos los venezolanos a expresarse  y a recibir información plural, y constituye además una forma de censura», afirmó Edison Lanza, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH.

La Relatoría también recibió información relativa a que ABA CANTV, el proveedor estatal de internet en Venezuela, habría bloqueado o restringido el acceso a distintos websites y plataformas de redes sociales, incluyendo Twitter, Facebook, e Instagram. Asimismo, se habría bloqueado o restringido el acceso a YouTube y sitios de búsqueda de información como Google, Bing y Periscope (servicio de videos en vivo). Según información de público conocimiento, la conectividad a los servicios de internet habría sido restablecida de manera intermitente, en particular, el 1 de mayo, en momentos previos a un discurso emitido por Nicolás Maduro, y restringidos nuevamente alrededor del momento en el que Juan Guaidó, presidente encargado por la Asamblea Nacional, emitiría un discurso en Caracas. Además, el 7 de mayo la Guardia Nacional habría impedido el acceso a los periodistas acreditados a la sesión de la Asamblea de día.

La Relatoría ha resaltado que la libertad de expresión se aplica a Internet del mismo modo que a todos los medios de comunicación, por lo que las restricciones y el bloqueo obligatorio de sitios web enteros, direcciones IP, puertos, protocolos de red o ciertos tipos de usos (como las redes sociales) constituye una medida extrema—análoga a la prohibición de un periódico o una emisora de radio o televisión—. Dichos bloqueos o restricciones no pueden justificarse, ni siquiera por razones de orden público o seguridad nacional, y no pueden utilizarse como medidas de censura o como mecanismos para impedir el acceso a la información de la población.

Por otro lado, la Relatoría Especial ha recibido información de distintas restricciones a la actividad periodística. En tan solo un mes, al menos diez periodistas resultaron heridos mientras cubrían las manifestaciones públicas y varios detenidos. En tanto, 11 periodistas y corresponsales extranjeros de prensa fueron detenidos y varios de ellos expulsados del país.

La Relatoría también denuncia, como de la mayor gravedad, la situación del locutor Junior Muñoz, detenido el 30 de abril mientras reportaba durante una concentración que se realizó en Punta de Mata, estado Monagas. Muñoz es director y locutor de la emisora OStereo 99.7 FM de Punta de Mata y tenía un programa de opinión matinal, donde hizo críticas contra Nicolás Maduro y sus funcionarios, entre ellos el alcalde de Zamora, Raúl Brazón. El periodista a la fecha permanece detenido y sin haber sido sometido a proceso.

La Relatoría recuerda que el Estado tiene el deber de garantizar que los periodistas y comunicadores que se encuentran realizando su labor informativa en el marco de una manifestación pública no sean detenidos, amenazados, agredidos o limitados en cualquier forma en sus derechos por estar ejerciendo su profesión. Su material y herramientas de trabajo no deben ser destruidos ni confiscados por las autoridades públicas. La protección del derecho a la libertad de expresión exige que las autoridades aseguren las condiciones necesarias para que los y las periodistas puedan cubrir hechos de notorio interés público como los referidos a las protestas sociales.

En este sentido, la Relatoría Especial hace un llamado urgente a las autoridades con el fin de que se reestablezca la transmisión de la emisora Radio Caracas Radio y de los canales de televisión retirados del aire y cesen las medidas de censura contra los medios de comunicación en Venezuela. Asimismo, insta al Gobierno a abstenerse de bloquear y restringir el acceso a sitios web y redes sociales, y a proteger y garantizar los derechos a la vida e integridad de las personas manifestantes y de los comunicadores de prensa que cubren dichas manifestaciones. Finalmente, la Relatoría exhorta al Estado a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de las labores de los comunicadores sociales de manera libre e independiente, así como para garantizar el derecho de acceso a la información de la población venezolana.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la CIDH a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.


Prensa CIDH