Antenas de DirectTV en una casa en el vecindario Catia, en Caracas, Venezuela, el 9 de enero de 2020 Foto Cortesía: AP

Caracas, 19 de mayo de 2020. El cese de las transmisiones de DirecTV en Venezuela es una severa restricción a la libertad de expresión de las personas que habitan el territorio. Las consecuencias de esta decisión afectan a más de 13 millones de personas que tienen menos o ningún acceso a información de interés público, contenidos culturales, de entretenimiento y educativos.

El 19 de mayo, la empresa estadounidense AT&T, propietaria de DirecTV Venezuela, anunció el cese de operaciones en el país como consecuencia de la orden del gobierno de EEUU que prohíbe relaciones económicas con determinadas personas o empresas del gobierno de Venezuela, de acuerdo con un comunicado.

La prohibición exigía la exclusión de los canales nacionales Globovisión (Raúl Gorrín) y PDVSA TV como condición para mantener la operatividad en el país. Estos canales son objeto de las sanciones estadounidenses, el gobierno venezolano se negó a eliminar estos canales de la oferta, de manera que AT&T decide finalizar su actividad en el país.

Esta medida tiene serias implicaciones desde la perspectiva de derechos humanos, específicamente el acceso a la información y la libertad de expresión, ya severamente limitados desde hace varios años por la acción de las autoridades de Venezuela.

Política nacional restrictiva 

En el ámbito local, una política restrictiva y arbitraria caracteriza al Estado venezolano, que viola regularmente estándares mínimos en materia de derechos humanos, lejos de una lógica garantista y progresiva.

Desde 2004, más de 200 medios de comunicación cerraron en el país, la mayoría por órdenes de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), bajo procedimientos poco transparentes, arbitrarios, discrecionales, confiscación de equipos y con ausencia de debido proceso. 19 de estos medios eran canales o plantas televisivas.

La reducción del ecosistema mediático determinó la migración de las audiencias a canales internacionales y sitios web. En 2017, de ocho canales de televisión que salieron del aire, cinco eran canales internacionales de noticias, por hacer cobertura de las manifestaciones sociales y políticas que ocurrían en Venezuela.

La señal de varios canales internacionales disponibles por televisión por suscripción fue eliminada de la oferta por Conatel en el último año, sin mayores justificaciones. La disminución de la limitada oferta de alternativas de medios, solo beneficia la política de “hegemonía comunicacional” ejecutada por el Gobierno.

El gobierno forzó a DirecTV a mantener la transmisión de PDVSA TV y Globovisión bajo la amenaza de ser objeto de posibles sanciones. Esta medida tiene lugar en un contexto donde el propio gobierno a través de Conatel es el que arbitrariamente y por motivos políticos, ha cerrado canales y restringido la oferta de transmisiones.

En principio, el Estado como regulador del espectro radioeléctrico puede adoptar medidas para asegurar contenidos de interés público o evitar la reducción de una oferta informativa, pero al imponerlo debe considerar el contexto y las posibilidades de cumplir con sus exigencias.

Ninguna de esas finalidades legítimas se persigue en este caso cuando el Estado venezolano, contrariando su deber de proteger al máximo posible la libertad informativa, condiciona la permanencia de una de las cableras con mayor alcance en el país a la transmisión obligatoria de dos canales que se pueden sintonizar por señal abierta o a través de plataformas públicas.

La potencial salida de esos canales de la oferta de DirecTV no implicaba la pérdida definitiva de estos canales de la oferta televisiva nacional. El Estado venezolano impuso una restricción innecesaria y desproporcionada sobre la libertad de información en perjuicio de la población venezolana.

Sanciones individuales y derechos humanos 

Los Estados tienen la obligación de garantizar, proteger y respetar los derechos humanos, incluso más allá de sus fronteras. La libertad de expresión es una piedra angular para luchar por una sociedad democrática. Las sanciones, a pesar de ser medidas soberanas adoptadas por los países, no deben ser generales ni afectar con ello el ejercicio de derechos fundamentales.

La libertad de expresión es uno de los derechos que gozan de especial protección especialmente en contextos donde éstos ya están severamente afectados, como reiteró Naciones Unidas respecto a Venezuela.

En estos escenarios, los Estados establecen límites para excluir medidas que tengan impacto negativo en la situación de los derechos humanos. Por ejemplo, en el año 2016, la Oficina de Control de Bienes Extranjeros, OFAC por sus siglas en inglés, otorgó licencias a los periódicos La Estrella y El Siglo, de Panamá, para continuar operando, luego de que su propietario, Abdul Waked, fuera sancionado por el gobierno de Estados Unidos al ser acusado de blanqueo de activos. La especificidad de las sanciones exigidas implica evitar que éstas restringan, de forma directa o indirecta, el disfrute de los derechos fundamentales.

El gobierno de Estados Unidos restringe de manera indirecta la libertad de expresión en Venezuela al no exceptuar de sus sanciones a la información como un bien fundamental a proteger. Las sanciones pueden estar relacionadas con la disminución de la oferta informativa o generar un efecto desalentador respecto a terceros que presten servicios de comunicación en un país con un ecosistema deprimido y severas restricciones para informarse.

Consecuencias 

El cese de las emisiones de DirecTV tiene un importante impacto negativo en un ecosistema de medios debilitado. Según datos oficiales, este servicio de televisión por suscripción representaba el 45,32% del mercado, con 1.993.7891 suscriptores en todo el territorio nacional, por lo que alrededor de 13 millones de personas quedan con menos opciones para la información y el entretenimiento.

Los servicios de DirecTv tienen una mayor importancia relativa en los sectores populares urbanos con menor poder adquisitivo y en pequeñas ciudades. Es un servicio que no requiere una infraestructura de cableado o el uso de internet para acceder al servicio.

En el actual contexto de cuarentena, los servicios de televisión por suscripción adquieren una importancia mayor porque permiten el entretenimiento, el acceso a contenidos educativos y culturales y ayudan a informarse sobre acontecimientos nacionales e internacionales. El cese repentino de este servicio aumenta la incertidumbre de la sociedad y limita las opciones para la búsqueda de información.

El contexto venezolano es de graves limitaciones para el acceso de calidad de los servicios de internet y por tanto con muy poca posibilidad de servir de contrapeso a esta importante restricción. El acceso a internet es muy desigual y su distribución responde a criterios que ofrecen mayores garantías para los sectores sociales de mayor capacidad económica.

Exigencias

Las políticas públicas deben estar orientadas a garantizar el acceso universal de los contenidos y de la información. El pluralismo y la diversidad son objetivos que contribuyen a la tolerancia y el desarrollo integral de las sociedades. 

-Que el Estado venezolano cese las políticas restrictivas y permita que todos los canales informativos en español excluidos, puedan regresar a la oferta de los servicios de difusión por suscripción.

-El Estado venezolano debe centrar sus políticas públicas en el “principio pro persona” que implica que sus medidas deben ponderar el mayor impacto positivo en los derechos de las personas o inhibirse si el daño posible es superior al pretendido beneficio.

-Que la OFAC tome medidas excepcionales para evitar afectar el derecho humano a la libertad de expresión e información, esto implica la posibilidad de excluir a DirecTV del cumplimiento de las restricciones derivadas de la relación indirecta con Raúl Gorrín y PDVSA.