Es falso que la Corte Penal Internacional (CPI) haya afirmado que no hay víctimas de crímenes de lesa humanidad en Venezuela y que esos crímenes no hayan sido cometidos en el país. Esta información, emitida por la cancillería venezolana y difundida por la maquinaria de propaganda del Estado, se basa en la tergiversación del término “víctimas potenciales” desarrollado en la jurisprudencia de los jueces de la CPI con el objetivo de proteger los intereses de las víctimas en las etapas tempranas del proceso.
El pasado 4 de mayo los jueces de la CPI negaron la petición del gobierno de Maduro para responder al reciente informe de la Sección para la Participación de las Víctimas y Reparaciones (VPRS). El gobierno reaccionó mediante un comunicado oficial afirmando que el pronunciamiento de los jueces de Sala de Cuestiones Preliminares I (SCP I) “confirma lo que ha sostenido Venezuela desde el inicio del proceso ante la CPI: no existen víctimas de crímenes de lesa humanidad, pues dichos crímenes nunca han ocurrido en el territorio nacional”.
Para llegar a esa conclusión, el comunicado afirma que el informe de la VPRS “solo recoge las opiniones de ‘víctimas potenciales’, determinando así expresamente que, hasta el momento, no existe ninguna víctima reconocida como tal por la Corte Penal Internacional”.
Se trata de una burda manipulación de los criterios establecidos por los jueces de la CPI para garantizar la participación de las víctimas. Con base en esos criterios, los jueces emitieron la Orden sobre la Conducción del Procedimiento, ordenando a la VPRS que recogiera las informaciones y opiniones de las víctimas en la Situación Venezuela I para transmitirlas a los jueces junto con el mencionado informe.
Diferentes nombramientos a víctimas en otros casos
En otras situaciones analizadas por la Corte Penal, los jueces han utilizado otras maneras de referirse a las víctimas que aún no han sido reconocidas de pleno derecho. Por ejemplo, han usado el término “otras víctimas” para referirse a las víctimas en la investigación sobre Palestina, en donde aún no es posible reconocerlas de pleno derecho.
Una vez que las víctimas pueden pedir ser reconocidas, se les considera como “víctimas que se han puesto en contacto con la Corte” (Pág. 54) cuando han hecho la petición y aún no se les ha permitido participar en los procedimientos.
En los dos precedentes en donde los gobiernos de Afganistán y Filipinas también pidieron al Fiscal de la CPI que se cohibiera de seguir investigando, los jueces calificaron como “víctimas potenciales” a quienes enviaron opiniones y observaciones a la VPRS para elaborar un informe similar al del caso venezolano.
El pasado 31 de octubre de 2022, al autorizar al Fiscal de la Corte Penal Internacional, Karim Khan, a reasumir la investigación en la situación de Afganistán, la Sala de Cuestiones Preliminares II (SCP II) aclaró el término “víctimas potenciales” (numeral 32). Donde señalaron que ese término se utiliza para distinguir a las personas cuyas solicitudes aún no han pasado por el proceso de solicitud para ser reconocidas formalmente como víctimas de acuerdo a regla 89 de las Reglas de procedimiento y pruebas o cuando participan en los procedimientos de confirmación de los cargos, es decir cuando ya hay un caso y uno o varios sospechosos identificados.
Con anterioridad, el 8 de noviembre de 2021, los jueces habían afirmado que no podían aceptar la petición de dos grupos de víctimas afganas para participar “de pleno derecho” (as a matter of right) en esa etapa del procedimiento (párrafo 10) pero que debían proteger los “intereses de las víctimas potenciales que pudieran ser afectadas por los resultados del procedimiento” (párrafo 12).
En otras palabras, los jueces adoptaron el término “víctimas potenciales” para garantizar los intereses de las víctimas, no para desconocerlos como pretende el gobierno venezolano.
Esa posición de los jueces de la SCP II fue retomada plenamente (Nota 27) por la Sala de Cuestiones Preliminares I (SCP I) en la situación de Filipinas el pasado 26 de enero, cuando autorizó al Fiscal de la CPI a reasumir la investigación en el mismo tipo de procedimiento que se sigue actualmente en la Situación Venezuela I.
La SCP I ha retomado nuevamente esa jurisprudencia en su reciente decisión sobre Venezuela I refiriéndose a “víctimas potenciales” dado que las víctimas “no pueden hacer solicitudes y aplicaciones como parte en el actual procedimiento” (numeral 10). Esta es una de las razones de los jueces para negar la petición del gobierno de responder al informe de las víctimas: como las víctimas no son parte “de pleno derecho”, ese informe no puede ser considerado como una “respuesta” de una parte que pueda a su vez ser respondida por un Estado.
Violaciones del Estado venezolano
El comunicado del gobierno violenta el principio de buena fe en el cumplimiento de los tratados internacionales al manipular un concepto creado por los jueces para proteger los intereses de las víctimas para convertirlo en un concepto que atenta contra ellos.
Es evidente que este hecho tendrá consecuencias.
Este comunicado constituye evidencia oficial y pública que puede ser tomada en cuenta en el procedimiento, en particular para respaldar las constataciones del Fiscal Khan, según las cuales el gobierno afirma que los crímenes de lesa humanidad no fueron cometidos “ni siquiera superficialmente” (numeral 35). Para el Fiscal, estas afirmaciones apoyan su conclusión de que las autoridades nacionales no están investigando ni persiguiendo los presuntos crímenes contra la humanidad o, en otras palabras, que no hay investigaciones penales genuinas en Venezuela.
En segundo lugar, reitera un discurso para desacreditar a las víctimas y un litigio en contra de los “intereses de las víctimas” los cuales se encuentran protegidos a todo lo largo del proceso. En particular, ese comunicado afirma que las “víctimas potenciales” y algunas de las organizaciones que las representan, “pueden estar siendo instrumentalizadas para convertir a la Corte Penal Internacional en un arma política contra la institucionalidad democrática de Venezuela”.
Finalmente, el gobierno de Nicolás Maduro deja en evidencia que mantiene una política de desprestigio de las instancias internacionales utilizadas por las víctimas. Esa política ha sido implementada de tiempo atrás contra el Sistema Universal y la OIT y también contra la CPI atacando la credibilidad de su Fiscalía al acusar al Fiscal Khan de tener “una visión claramente prejuiciada”.
La afirmación de que la CPI pueda convertirse en un “arma política” parece preparar el escenario para descalificar también a los jueces de la Sala de Cuestiones Preliminares I cuando dentro de pocos meses autoricen al Fiscal a reanudar la investigación.
La política exterior del gobierno venezolano para responder a las instituciones internacionales de derechos humanos y en particular a la CPI, no solo se traduce en un litigio en contra de las víctimas de los crímenes internacionales y violaciones a los derechos humanos cometidos en Venezuela.
La insólita manipulación del concepto “víctimas potenciales”, hecha por el gobierno de Maduro, podría servir para afirmar que no hay víctimas de crímenes de lesa humanidad en Palestina, Afganistán o Filipinas; donde sí se habrían registrado dichos crímenes y se usó “víctimas potenciales” para las etapas tempranas del proceso. Al fin de cuentas, las acciones de las autoridades nacionales vienen a sumarse al coro de gobiernos que victimizan a los pueblos y que no tienen ningún interés en investigar, juzgar y sancionar a los responsables de esos crímenes.
Calixto Ávila, abogado especialista en derechos humanos y miembro de Provea en Europa.
Situación Venezuela I
Recordemos que el Fiscal de la CPI, Karim Khan, solicitó a la Corte la reanudación de la investigación sobre crímenes de lesa humanidad, que incluye: Desaparición forzada, detenciones arbitrarias, torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes que fueron cometidos como parte de un ataque sistemático contra la población. Venezuela I es la Investigación en la Corte Penal Internacional sobre estos crímenes, al menos desde 2017.
El 3 de noviembre del 2021, el Fiscal de la CPI abrió una investigación (actualmente paralizada) sobre la situación de Venezuela I tras una solicitud hecha por un grupo de Estados Parte al Estatuto de Roma el 27 de septiembre de 2018. El grupo de Estados remitentes pidieron al Fiscal que investigara los crímenes de lesa humanidad bajo la jurisdicción de la CPI cometidos por las autoridades venezolanas desde el 12 de febrero de 2014.
La solicitud de la Fiscalía se centra en los crímenes de lesa humanidad de detenciones arbitrarias, torturas, violación y/o otras formas de violencia sexual y la persecución por motivos políticos contra personas detenidas, cometidas desde al menos abril de 2017, por miembros de las fuerzas de seguridad del Estado, autoridades civiles y personas pro gubernamentales/colectivos.
Prensa Provea