La crisis del transporte público amenaza severamente la calidad de vida de los venezolanos. Según voceros del gremio transportista, cerca del 50% de las unidades de transporte se encuentran paralizadas debido a la escasez y al alto costo de los repuestos y neumáticos, mientras que el 70% de la flota perteneciente al gobierno central se encontraría también paralizada debido a la falta de repuestos. Esta situación se torna más compleja debido al irregular suministro de combustible por parte de la estatal PDVSA y a la escasez de efectivo que impide a los ciudadanos cubrir las tarifas de rutas urbanas y extra-urbanas. Los padecimientos asociados a la crítica situación del transporte público se sienten con más fuerza en las regiones del país, donde las condiciones de vida están aún masa deterioradas debido a la desatención de las autoridades nacionales, regionales y locales, afectando directamente la movilidad de las personas e impidiendo en muchas ocasiones la realización de otros derechos como la salud; educación; derecho al trabajo; recreación; entre otros.

En 2016, a propósito del aumento de la gasolina anunciado por el Ejecutivo Nacional, Provea publicó un trabajo especial sobre el derecho al transporte, con el objetivo que sirviera de base para avanzar en la discusión sobre la necesaria construcción de un sistema de transporte que satisfaga las demandas ciudadanas y eleve la calidad de vida los venezolanos. Recordamos que en todas las ocasiones que se ha decretado aumento del combustible en Venezuela los distintos gobiernos han apelado a la promesa de que los recursos provenientes de dichos incrementos iban a apuntalar la mejora del transporte público, 2016 no fue la excepción.

El acceso y uso al transporte público no se encuentra, todavía, estipulado con claridad como un derecho humano en sí mismo, sino que se encuentra incluido en el llamado “derecho a la ciudad”, que forma parte de los denominados “derechos de tercera generación”. No obstante, podemos encontrar referencias al transporte en diferentes estándares de derechos humanos.

La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, en el apartado h) del párrafo 2 del artículo 14 establece: “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombre y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho

a […] h) gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad, el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones”.

Dentro de la Observación General Nº 4, sobre el derecho a una vivienda adecuada, realizada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se describe el componente “lugar” del derecho a la vivienda digna incluyendo al transporte: “La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo, los servicios de atención de la salud, centros de atención para niños, escuelas y otros servicios sociales. Esto es particularmente cierto en ciudades grandes y zonas rurales donde los costos temporales y financieros para llegar a los lugares de trabajo y volver de ellos puede imponer exigencias excesivas en los presupuestos de las familias pobres”.

El desarrollo de los derechos humanos depende de las exigencias de las sociedades y las organizaciones populares, por lo que es de esperar que en los próximos años exista un mayor desarrollo del transporte público como un derecho humano.

En la publicación se destacan algunas recomendaciones:

  • El transporte no debe ser un fin en sí mismo, sino más bien un medio para mejorar las condiciones de vida en la ciudad. De allí que el objetivo de una política de transporte no es simplemente movilizar a los usuarios, sino aumentar, de manera global, el bienestar de los habitantes y la productividad urbana.
  • El transporte representa la necesidad de desplazarse y la de transportar mercancías, lo que en el contexto urbano tiene un carácter vital. Dada su importancia se puede hablar de que existe el “derecho al transporte”, como parte del derecho de toda la población a participar en la actividad urbana y gozar de sus beneficios.
  • En el proceso de formulación de la política de transporte público deben participar de manera activa los tres actores del sistema: usuarios, operadores y autoridades, de acuerdo a lo formulado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Los municipios deben participar tanto en los procesos de diseño, ejecución y evaluación de políticas, asimismo, los ciudadanos deben realizar la contraloría social de la gestión pública. De esta manera, puede garantizarse la calidad, el acceso al servicio y el desarrollo de  políticas acordes con las necesidades de los ciudadanos y comunidades.
  • La participación de la ciudadanía en la formulación de la política pública es el medio necesario para lograr que se garantice la satisfacción de sus necesidades concretas de acuerdo a lo establecido en el artículo 62 de la Constitución ya que obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para la formación, ejecución y control de la gestión pública.
  • En ese sentido lograr el equilibrio ideal requiere un gran esfuerzo de coordinación intergubernamental e interinstitucional que incluya distintos entes y actores como el Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre, la Fundación Fondo Nacional de Transporte Urbano, el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, la Alcaldías Metropolitanas, las Alcaldías locales, las Gobernaciones de Estado, la Oficina Presidencial de Planes y Proyectos Especiales, Petróleos de Venezuela S.A., el Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat, así como las ONG, universidades, asociaciones civiles, comunidades organizadas y ciudadanos en general.
  • Por ello es menester establecer, especialmente en espacios conurbados, entendida esta conurbación como aquella región que comprende una serie de ciudades, pueblos grandes y otras áreas urbanas que, a través del crecimiento poblacional y su crecimiento físico se fusionan, de una autoridad única en transporte, logrando así una coordinación eficiente entre los organismos competentes de los diferentes niveles de gobierno en la movilidad y la accesibilidad. Así mismo establecer como política general, el privilegio del transporte público sobre el vehículo particular, logrando un incremento en la velocidad de operación del sistema de transporte público con el consecuente aumento de usuarios por la disminución de los tiempos de viaje, incentivando su atractivo como medio de transporte.
  • Por otro lado debe establecerse una planificación de las rutas de transporte de acuerdo con la demanda actual y 17 futura, buscando mecanismos de financiamiento que permitan migrar en un futuro cercano a sistemas socialmente más equitativos.
  • Implementar mejoras en la prestación del servicio de transporte público, mejorando así los niveles de comodidad, tranquilidad y seguridad vial para los usuarios del sistema, aumentando así la cantidad de usuarios del transporte público, interconectando modos de transporte, disminuyendo así tanto los tiempos de viaje, como el costo del pasaje. • Deben reducirse o eliminarse las barreras horizontales y verticales que limitan el acceso del peatón al transporte público. Para ello deben construirse sendas peatonales accesibles, lo que implica creación de pasos peatonales a nivel, luminosos, sonoros y demarcados, así como aceras con tratamiento especial para invidentes, facilidades para personas con movilidad reducida y aceras con anchos mínimos generosos.
  • Diseño y creación de sistemas de transporte público urbano de pasajeros del tipo Bus Rapid Transit (BRT) donde los autobuses transiten una parte significativa de su viaje con prioridad de paso, mediante carriles destinados al transporte público o carriles exclusivos, para evitar la congestión del tráfico.
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Prensa Provea