Una nueva víctima se cobra el Sistema de Justicia Penal Venezolano. Andrés Bravo fallece bajo custodia del Estado

Andrés Bravo Pariaguán, joven de 24 años, falleció el día de ayer, 20.07.21, encontrándose bajo custodia del Estado, que lo mantenía privado de libertad en el centro penitenciario Rodeo II de forma arbitraria desde hacía cuatro años, sin que su juicio hubiese siquiera comenzado.
La muerte de Andrés indigna y llena de impotencia porque nuevamente el Estado venezolano, pudiendo evitarlo, le falla de manera grosera a un joven venezolano, un joven al que su arbitraria detención lo sorprende con apenas 20 años, a solo 15 días de haber llegado a Caracas desde su tierra natal para construir su futuro.
Andrés fue detenido en el mes julio del año 2021, en el marco del Operativo de Seguridad Gran Cacique Guaicaipuro, que se realizaba con el fin de combatir el accionar de las bandas delictivas que operaban en la Cota 905 y sectores adyacentes.
Desde Surgentes siempre hemos reivindicado el deber del Estado de proteger la seguridad de la población, pero también hemos señalado que ello no puede hacerse a costa de los derechos humanos y las vidas de jóvenes inocentes. Andrés regresaba a su casa como un día cualquiera luego de realizar una diligencia, cuando fue detenido por funcionarios encapuchados sin que mediara orden judicial y sin que estuviese cometiendo delito alguno. Desde el momento de su detención hasta el momento de su muerte, todos los derechos al debido proceso que constitucionalmente asistían a Andrés fueron vulnerados.
En el primer escalón del sistema de justicia, no se informó de su lugar de detención ni se le permitió comunicarse con sus familiares hasta después de su audiencia de imputación.
Las actas policiales que sirvieron de prueba para ordenar su privación de libertad fueron firmadas por funcionarios que no realizaron la detención y que forjaron pruebas. En la audiencia preliminar fue pasado a juicio, sin que se hubiesen promovido pruebas ni testigos. El juicio inició un año y siete meses después de la audiencia preliminar y estuvo plagado de diferimientos e incidencias debido a la ausencia de órganos de prueba y enfermedades de la jueza.
En junio de 2024, la jueza fue destituida, lo que, según disposiciones legales obliga a reiniciar el juicio desde cero, cuestión que no ha ocurrido, luego de más de un año, violando con ello el artículo 230 del COPP que establece que la prisión preventiva solo puede tener una duración máxima de 3 años. Es así que, en el caso de Andrés, luego de 4 años de su detención, su juicio, ni siquiera inició.
El deterioro de la salud de Andrés ocurre debido a las deplorables condiciones de reclusión en las que estuvo durante cuatro años que le ocasionaron tuberculosis e infección de su sistema nervioso central. Andrés fue trasladado a un centro hospitalario cuando ya se encontraba en estado de seminconsciencia y con signos muy avanzados de su enfermedad.
La muerte de Andrés es responsabilidad del Estado venezolano que lo mantuvo injustamente privado de libertad sin que existiesen pruebas de los delitos de los que se le acusaba al mismo tiempo que cerró todas las vías para que su juicio se celebrara de forma oportuna y célere.
A pesar de las argucias legales a las que se pueda acudir, nada justifica de acuerdo a nuestro ordenamiento legal, cuatro años de privación de libertad sin que se haya abierto el juicio y mucho menos, que el Estado venezolano haya desatendido la salud de Andrés de manera tan extrema que hoy se encuentre fallecido.
El caso de Andrés no es una excepción. Es un patrón de actuación del Sistema de Justicia Penal que Surgentes ha denunciado en múltiples oportunidades que, primero criminaliza y luego deshumaniza a nuestros jóvenes de los sectores populares.
En enero de 2023, José Felix Maiz, otro joven al que Surgentes acompañaba murió en circunstancias similares bajo custodia del Estado, lo que demuestra lo poco que se ha avanzado en la protección efectiva de los derechos de las personas privadas de libertad.
Frente a esta situación, Surgentes exige que se tomen medidas para determinar la responsabilidad del Estado venezolano en la violación al derecho a la vida, la libertad, la justicia y la salud de Andrés Bravo y que se evite más impunidad. En concreto:
- Al Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario que se investigue y determine la responsabilidad de las autoridades del Centro Penitenciario Rodeo 2, en la atención de la salud de Andrés.
- Al Ministerio Púbico que investigue la muerte de Andrés, cumpla con su papel de velar por los derechos humanos de las personas privadas de libertad para evitar otras muertes y garantice el respeto al debido proceso.
- Al Circuito Judicial Penal de Caracas y a las instancias competentes de la magistratura que tomen las medidas para que el juicio de este caso, que involucra a otros jóvenes además de Andrés, inicie de manera inmediata y transcurra de forma célere. Mientras ello ocurre, que se otorguen medidas cautelares para el juzgamiento en libertad como dispone el ordenamiento legal.
- A los defensores públicos que activen todas las medidas existentes para exigir que el juicio se inicie y trascurra de manera célere, así como que se otorguen medidas para el juzgamiento en libertad de las otras personas que hacen parte de este caso.
- A la Defensoría del Pueblo que solicite la realización de una investigación sobre este caso.
Prensa Surgentes