
La presente comunicación se dirige a la Comisión de Seguimiento de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, en virtud de la naturaleza que esta instancia se ha abrogado para evaluar, supervisar y garantizar la correcta aplicación de la Ley de Amnistía.
Solicitamos formalmente que los integrantes de dicha Comisión recomienden a los entes administrativos del Tribunal Supremo de Justicia la habilitación de tribunales itinerantes y taquillas regionales especializadas, con el fin de asegurar que los beneficiarios, de los casos de persecución política puedan tramitar sus solicitudes sin tener que desplazarse a Caracas.
Esta medida se fundamenta en los artículos 26 y 257 de la Constitución, así como en las competencias que la Ley Orgánica del TSJ y la Ley Orgánica del Poder Judicial otorgan para crear tribunales especiales, móviles o temporales cuando existan barreras territoriales o económicas que limiten el acceso a la justicia.
Adicionalmente, podría comisionarse a fiscales de los diferentes estados, para que los mismos presenten en Caracas las solicitudes en representación de los beneficiarios de la ley.
Asimismo, esta adhesión respalda la necesidad de que la Comisión considere el impacto económico y territorial que enfrentan los potenciales beneficiarios de la Ley de Amnistía.
Los costos de traslado desde los 20 estados del país hacia Caracas que pueden superar, en promedio los 120 dólares por persona, lo que constituye un obstáculo desproporcionado para quienes buscan ejercer un derecho que debe ser accesible, gratuito y expedito.

Esta situación genera una traba territorial incompatible con el espíritu, que según la propia ley, profundiza la desigualdad entre quienes residen en la capital y quienes viven en el interior del país.
La Comisión, en su rol de seguimiento, tiene la posibilidad de visibilizar y corregir estas inequidades.
El tercer elemento que motiva esta adhesión es el fundamento jurídico que habilita la descentralización del proceso.
La LOTSJ, en su artículo 2, establece la rectoría del TSJ sobre la organización del Poder Judicial; el artículo 26 (numeral 10) faculta a la Sala Plena para crear o suprimir tribunales en cualquier lugar de la República; y la LOPJ, en sus artículos 65, 108 y 109, contempla la existencia de juzgados itinerantes para atender necesidades territoriales específicas.
A ello se suma la Resolución Nº 2023‑0057, que demuestra que el TSJ ya ha ejercido estas facultades para reorganizar la justicia cuando lo considera necesario.
En consecuencia, la habilitación de tribunales itinerantes para la amnistía no solo es jurídicamente viable, sino plenamente coherente con el marco legal vigente y con las atribuciones de seguimiento que ejerce esta Comisión.
Luego de la Resolución Nº 2023‑0057, el Poder Judicial, citando sus propias cifras, argumentó que tiene plena capacidad operativa para reorganizar territorialmente la justicia y atender a grandes volúmenes de personas mediante estructuras especiales.
Según las propias cifras oficiales publicadas por el Tribunal Supremo de Justicia, la implementación de tribunales con competencia nacional y el despliegue de tribunales móviles permitió atender a más de 177.000 personas en 2024, realizar más de 21.299 gestiones legales en un solo trimestre de 2025 y activar más de 130 tribunales móviles en 116 municipios del país.
Estos datos evidencian que, cuando el TSJ decide actuar, puede movilizar equipos, jueces y personal administrativo a cualquier región del territorio nacional, garantizando presencia institucional y respuesta efectiva.
La experiencia acumulada confirma que la justicia puede desplazarse hacia las comunidades y no al revés, y que los mecanismos itinerantes no solo son viables, sino altamente eficientes para resolver necesidades urgentes y masivas.
Finalmente, esta adhesión respaldaría la presentación ante la Comisión de testimonios de potenciales beneficiarios, quienes expondrán las barreras reales que han enfrentado para acceder a la justicia: costos de traslado, dificultades laborales para ausentarse, riesgos de seguridad en carretera y limitaciones de salud o recursos.
Sus voces evidencian que la centralización del proceso en Caracas no solo es ineficiente, sino profundamente injusta.
La descentralización mediante tribunales itinerantes o taquillas regionales es una medida urgente para garantizar que la amnistía llegue efectivamente a todos y todos los presos políticos excarcelados, sin importar su estado de residencia, y para que la Comisión cumpla su mandato de asegurar una aplicación justa, humana y territorialmente equitativa de la Ley de Amnistía.
En virtud de lo antes expuesto suscribimos las siguientes organizaciones y personas:
Organizaciones
- A. C. Movimiento Vinotinto
- A.C. Médicos Unidos de Venezuela
- Asociación civil Unión y Cambio
- Acceso a la Justicia
- Asociación Civil Fuerza, Unión, Justicia, Solidaridad y Paz (FUNPAZ)
- CAMPO
- Caleidoscopio Humano
- Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello
- Civilis
- Colegio de Enfermería Bolívar
- Colegio de Licenciados en Educación de Lara
- Colegio de Profesores del Estado Yaracuy
- Colegio Nacional de Periodistas Seccional Lara (CNP Lara)
- Comisión de Derechos Humanos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, Capítulo Estado Bolívar
- Comité de los DDHH en defensa de los Jubilados, Pensionados, Discapacitados y Adultos Mayores del Estado Bolívar
- Comité por la Libertad de los Luchadores Sociales y Presos Políticos
- DECODE – Movimiento Defensa de la Constitución y la Democracia
- FundaRedes
- Fundación Aguaclara
- Fundación Iribarren Lucha
- Fundación para el Desarrollo Integral (FUNDESI)
- Frente Norte de Caracas / Asamblea de Ciudadanos de La Candelaria
- Lazos de Guayana
- Movimiento SOMOS
- Movimiento Unidos por el Agua y los DDHH
- Observatorio Andino
- Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes
- Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA)
- Red de Derechos Humanos del Estado Lara
- Resistencia sin Frontera
- SEDEY
- Sindicato de Profesionales Técnicos en la Docencia y Conexos del Estado Yaracuy
- Sindicato Venezolano de Maestros (SINVEMA Anzoátegui)
- SINVEMA Yaracuy
- SUMA Yaracuy
- VENEUROPA ASBL
Personas
- Aida Coronado
- Beatriz Salas
- Edwin Fernández
- Eduardo Torres (Defensor DDHH)
- Juan Bautista Caguaripano
- Karen Camargo Medina
- Kennedy Tejeda
- Liliana Rodríguez (Fe en Venezuela)
- Olivia Báez
- Padre Alfredo Infante SJ
- Rodrigo Cabezas
- Tamara Suju
- Ynes Villarroel
- Yuraima Guzmán








