ACERCA DEL AUTOR:
Rafael Uzcategui
Sociólogo y editor independiente. Actualmente es Coordinador General de Provea.
Rafael Uzcátegui | Las organizaciones de derechos humanos trabajamos en base a principios, emanados de la declaración universal y del sistema internacional y regional de protección, independientemente del gobierno de turno. Un real defensor o defensora de derechos humanos debe sobreponerse a sus simpatías políticas personales, y señalar las violaciones y a los violadores donde sea que estos se encuentren.
Un ejemplo de esta situación está ocurriendo ahora mismo en Argentina. Diferentes ONG de derechos humanos señalaron los abusos y excesos de la administración Kirchner. Y no habría ninguna razón válida por apostar al silencio frente a las decisiones que ocurren bajo el nuevo tren ejecutivo liderizado por el presidente Mauricio Macri.
El 14 de febrero de 2017 la Corte Suprema de Justicia argentina decidió que los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) no pueden revertir sus sentencias ni es una “cuarta instancia” de administración de justicia en el país. Esta decisión ocurre a raíz del caso “Fontevecchia y otros contra la República Argentina”, que analizaba la condena de daños y perjuicios contra la Editorial Perfil tras la denuncia realizada en 2001 por el expresidente Carlos Menem. Las víctimas llevaron el caso ante la instancia internacional, la cual en el año 2011 sentenció, por unanimidad, una resolución contra la Argentina, ordenando revocar la sentencia señalando que «no se viola el derecho a la intimidad de los funcionarios cuando la prensa da a conocer aspectos de su vida personal que son de interés público».
Ante esta decisión el Centro de Estudios Sociales y Legales (CELS), una ONG argentina de derechos humanos, opinó que: “Con esta decisión la Corte les quita fuerza al impacto del derecho internacional de los derechos humanos a nivel interno y al sistema interamericano de protección. El caso plantea un verdadero debilitamiento de la protección judicial e internacional de las víctimas de violaciones de los derechos humanos”. Seguidamente agregan: “Según el fallo de la Corte nacional, el cumplimiento de las sentencias de la Corte IDH es “en principio” obligatorio siempre que se cumplan determinadas condiciones pero la interpretación de si las condiciones se cumplen o no queda de ahora en adelante en manos de la Corte Suprema, según criterios que no quedan para nada claros”. Precisamente mecanismos como la Corte IDH se crearon cuando los tribunales naciones, por las razones que fuesen, no razonaran con justicia sobre los casos de violación de derechos. La sentencia de la Corte Suprema de Justicia argentina genera un precedente preocupante que podría colocar a las víctimas de ese país en mayor situación de indefensión.
En una segunda situación se encuentra la postulación realizada por el gobierno argentino de Horacio Casas para que integre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el otro organismo que junto con la Corte IDH conforman el sistema regional de protección de la Organización de Estados Americanos. Según la opinión de 132 organizaciones sociales y de derechos humanos argentinas Casas “no es idóneo ni reúne las cualidades necesarias para integrar un órgano de protección de los derechos humanos”.
En una comunicación enviada a la Cancillería del país estas organizaciones afirman: “El perfil, la trayectoria y los posicionamientos de Carlos Horacio de Casas contrastan fuertemente con la labor, los principios, estándares y desarrollos del Sistema Interamericano (…) De Casas no satisface los requisitos de “alta autoridad moral y versación en derechos humanos” exigidos por el artículo 34 de la Convención Americana de Derechos Humanos para integrar la CIDH”.
Y, como si fuera poco, Carlos Casas defendió jurídicamente a Enrique Blas Gómez, un militar argentino enjuiciado por la privación ilegítima de libertad y torturas contra Oscar Martín Guidone, Martín Ignacio Lecea y Roberto Edmundo Vélez
Los argumentos planteados son poderosos, e incluyen una trayectoria dedicada a la defensa de intereses corporativos, mediante el trabajo en un bufete legal que ha representado a compañías que por su impacto al medioambiente han sido llevadas a la propia CIDH. Por otro lado, como bien documentan las ONG, se ha pronunciado en contra de estándares internacionales sobre libertad de expresión, igualdad y no discriminación de personas LGBTI y derechos de las mujeres. Y, como si fuera poco, Carlos Casas defendió jurídicamente a Enrique Blas Gómez, un militar argentino enjuiciado por la privación ilegítima de libertad y torturas contra Oscar Martín Guidone, Martín Ignacio Lecea y Roberto Edmundo Vélez, ocurridas durante 1976 y 1977, años del último período de dictadura militar ocurrida en Argentina. Al ser interpelado por esta actuación, tras su postulación por el gobierno austral, Casas brindó información falsa sobre la actuación de su defendido, para excusar su relación con el caso.
Por lo anterior las ONG sostuvieron: “Es sumamente preocupante que la Argentina haya presentado un candidato con los antecedentes, posicionamientos y la trayectoria hasta aquí descritos que, además, ha brindado información falsa a la prensa para defender su nominación”.
Si en la Argentina post Kirchner los defensores han continuado visibilizando las actuaciones irregulares del gobierno, en materia de derechos humanos, en Venezuela las ONG locales haremos lo mismo, sea cual sea el desenlace del actual conflicto sociopolítico.
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Rafael Uzcategui
Sociólogo y editor independiente. Actualmente es Coordinador General de Provea.