Abogado, egresado de la UCAB, profesor universitario, escritor y directo de la ONG Foro Penal Venezolano
¿Cuál es la actuación de Foro Penal para la defensa y promoción de los Derechos Humanos en la situación actual que vive Venezuela?
El Foro Penal Venezolano se funda formalmente en el año 2005 , pero antes de eso, a través de otra organización que se termina fusionando, llamada VIVE, Víctimas Venezolanas de Violaciones a los Derechos Humanos. Desde entonces veníamos específicamente un grupo de abogados preocupados por lo que estaba ocurriendo en el país: asistiendo legalmente de forma gratuita, no solo ante las instancias nacionales sino también ante las internacionales a quienes fuesen víctimas de violaciones a los Derechos Humanos. Es decir, más allá e una asistencia formalizada de una ONG, éramos un grupo de amigos abogados preocupados.
A lo largo de toda nuestra historia, eso fue poco a poco evolucionando, y al día de hoy, este primer grupo que fue de cinco abogados, ya consta de más de doscientos abogados voluntarios a nivel nacional; tenemos más de mil ochocientos activistas a quienes nosotros llamamos defensores activos, a lo largo, también, de todo el territorio nacional. La iniciativa de estas personas es muy bonita porque no son abogados, y esto demuestra que para ser activista de Derechos Humanos tú no tienes por qué ser abogado. Simplemente tienes que tener una plena comprensión de cuáles son tus derechos como ser humano, cuál es el alcance de estos derechos, y cómo puedes reclamar y exigir el respeto cuando te toca que hacerlo.
A partir de eso momento, cada vez que se presentaba una situación de conmoción nacional, visto que, lamentablemente la represión, a través del uso del sistema judicial como un arma de intolerancia ha sido la regla los últimos quince, dieciséis años, fuimos formalizando un esquema de trabajo que nos permite responder de manera inmediata para brindar asistencia legal gratuita a quien lo solicite, en los casos en los que, por ejemplo, sus detenciones se materialicen por el ejercicio constitucional de algún derecho. Por ejemplo, el derecho a manifestar, a protestar, a disentir, a pensar de manera distinta a la que es la línea del poder. En ese sentido, eso es básicamente lo que hacemos en este momento.
Sabemos que la rama del derecho es muy amplia, dónde se ha concentrado el Foro Penal en función del contexto actual
Como comentaba: nosotros brindamos in situ, en el lugar en el que se necesite, en todo el territorio nacional; asistencia legal gratuita a quien nos la pida en el caso de que haya sido víctima de una detención arbitraria, o una violación cualquiera a sus Derechos Humanos, fundamentalmente a los que tienen que ver con la protesta, la manifestación, a expresarse públicamente. Para esto contamos con todo un centro de denuncias, habilitado los 365 días del año, las veinticuatro hora del día.
Nosotros, por un lado, primero hacemos una evaluación para saber si, en efecto, se trata de la violación de algún Derecho Humano básico, y desde allí articulamos toda nuestra red de apoyo para que nuestros abogados y voluntarios presten se activen. Por otro lado, en este ejercicio, como estamos de la mano y trabajando cara a cara, día a día con los tribunales y con la fiscalía, eso nos permite hacer un monitoreo de cómo está el estado de derecho en el país: ver cómo está funcionando el sistema de justicia, particularmente el penal. Entonces, sobre esa base no solo prestamos esa asistencia local sino que levantamos información que luego hacemos llegar a los organismos internacionales para visibilizar lo que está pasando en Venezuela en relación con la administración de justicia penal en los casos de persecución por motivos políticos.
Al día de hoy, por ejemplo, solo por señalar algunas cifras: desde enero de 2014 hasta este momento, en tiempos particularmente conflictivos, nos han sido reportados 6.811 (seis mil ochocientos once) arrestos de personas que han protestado, manifestado, que se han quejado contra el poder. En todos estos casos siempre recibimos la noticia, la denuncia, y automáticamente actuamos. Ha habido en ese período más de 2.126 (dos mil ciento veintiséis) personas sometidas a procesos penales que están bajo medidas cautelares. Las estamos asistiendo.
También en este momento contamos aproximadamente 109 (ciento nueve) presos que, de acuerdo a los estándares internacionales, pueden ser calificados como presos políticos o presos de conciencia.
De todos estos casos, nosotros manejamos entre el 75 y el 80%: y en casi todos estamos vinculados no solamente de manera directa sino también indirecta: como asesores, consultores, para, por ejemplo, las personas que llevan adelante la defensa privada legal, pues también les servimos como consultores para saber qué se puede esperar y cómo manejar estos casos de una manera más efectiva.
Diálogo y presos políticos en Venezuela: la puerta giratoria
Con respecto al tema del diálogo nosotros nos estamos mostrando muy suspicaces por varias razones:
- No entendemos cómo es que cualquier mesa política, por muy bien intencionada que sea se pueda manejar el tema de la libertad, de la dignidad humana como si se tratase de fichas de póker con las que puedas jugar. Para nosotros eso es absolutamente inaceptable.
- Creemos que el diálogo ha partido de una base equívoca porque, cuando tú revisas por ejemplo el primer acuerdo, lo que ellos llamaron “el preacuerdo” para comenzar estas conversaciones, allí no se mencionó por ningún lado que estas personas eran presos por motivos políticos, que en efecto lo son, y no solo porque lo diga el Foro Penal sino porque muchas ONG que se han visto involucradas en estos temas, entre ellas Provea también, han dado cuenta de ello.
En ese sentido, cuando tú manejas una situación de este calibre, de esta intensidad, desde el desconocimiento de lo que en realidad es, ya por allí estás augurando poco éxito a la gestión.
- A nosotros nos preocupa mucho el tema de las liberaciones: cinco. De las cuales una no contaría como resultado del diálogo porque se trata de la liberación de Coromoto Rodríguez que ya tenía desde hace tiempo decretada una libertad condicional a su favor, es decir, lo que se hizo con él fue materializarla. Pero, ¿qué es lo que pasa?: que en la medida en que el gobierno libera, por otro lado encarcela. El mismo día, entre domingo y lunes, en el que se produjeron las liberaciones de Marcos Trejo y los otros cuatro ciudadanos, en Aragua, por ejemplo, fueron privados de su libertad trece jóvenes por manifestar. Esto genera un efecto que hemos llamado “puerta giratoria”, que al final del día lo que te demuestra es que la persecución se mantiene más o menos en los mimos niveles. No ha cesado. Esto es muy preocupante para nosotros. No va a haber frutos si, por un lado dejas salir a algunas personas, como supuestos éxito políticos de una conversación, de una negociación, pero, por otro lado encarcelas a otras.
Esa puerta giratoria mantiene más o menos el mismo número de presos políticos que tenemos registrados: aproximadamente entre cien y ciento once permanentemente. Esto sucede cuando no se asume el diálogo con seriedad. Hay mecanismos legales, absolutamente válidos, aplicables dentro de las leyes locales venezolanas, sin necesidad de estar recurriendo a tratados internacionales, que permitirían que todas las personas que están hoy privadas de libertad por motivos políticos, y, más allá, las que están perseguidas por razones políticas porque es un tema del que se habla poco pero son miles de personas desde 2014 hasta acá. Ya les decía 2.126 (dos mil ciento veintiséis) personas están bajo medidas cautelares, es decir: tienen procesos tienen procesos penales abiertos.
Cuando tú ves todo esto, piensas entonces: ¿cuáles son los mecanismos a los que podríamos recurrir?:
De los 109 presos políticos que tenemos al día de hoy, 87 son procesados, lo que quiere decir es que, de acuerdo a la Constitución, como no están condenados tienen derecho a ser juzgados en libertad (o dice el artículo 44 de nuestra Carta Magna), y tienen derecho a la presunción de inocencia, es decir: a ser tenidos y tratados como inocentes (artículo 49 de la Constitución). Aceptar esto supondría su inmediata libertad, aún cuando les vayas a seguir el proceso, supondría su inmediata libertad.
Con respecto a los condenados: hay muchos. Pongo el caso de los funcionarios de la Policía Metropolitana, condenados por los sucesos del 11 de Abril. Hoy por hoy, aún cuando dieras por válida su condena (que no es una condena válida), tienen derecho a formas alternativas al cumplimiento de su pena, que serían en libertad. No lo digo yo, no lo dice Foro Penal, lo dice la ley, la Constitución. Entonces, ¿por qué no permitirles que tengan acceso a esas formas alternativas al cumplimiento de la pena en prisión. Pero, más allá de todo eso, a principios de año se aprobó una ley de amnistía general, plena que acabaría no solamente con la prisión por motivos políticos sino además con la persecución por estas razones. Esa ley ya está lista, lo que necesita no es lo jurídico, sino la voluntad política para aplicarse y para hacerse vigente en todo el país.
Hay cualquier cantidad de mecanismos legales, ¿qué es lo que pasa?, que parece que lo que está ausente en estos temas es la voluntad política de que la represión deje de ser la regla; de que la privación de la libertad deje de ser la regla… y esa ausencia de voluntad política es muy peligrosa porque ningún diálogo que se estructure sobre una base en la cual una de las partes no quiere renunciar a la intolerancia, es un diálogo que, en relación al tema de la persecución política, pueda rendir frutos a corto plazo.
Prensa Provea