El 05.01.99, 4 jóvenes fueron expulsados arbitrariamente de la Unidad Educativa Militar Nacional “Pedro María Ochoa Morales” por haber realizado un vídeo casero a propósito de la culminación de sus estudios que resultó ofensivo a las autoridades del plantel.

Como apoderado de los representantes de estos jóvenes, Provea interpuso una Acción de Amparo Constitucional contra la institución en el Tribunal Primero de Menores del Estado Miranda por cuanto la medida violaba flagrantemente los derechos a la educación, a la defensa, a la vida privada y a la igualdad establecidos en la Constitución Nacional de 1961, en la Convención sobre los Derechos del Niño y en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.

El 08.03.99, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Menores de la Circunscripción Judicial del Edo. Miranda, declaró con lugar el amparo constitucional introducido por Provea por la expulsión arbitraria de los 4 jóvenes. En su decisión, la instancia judicial ordenó al director del plantel la reincorporación de los menores a su lugar de estudio, debiendo – a su vez – concederles un plazo no menor de 15 días para que presenten los exámenes o trabajos de Investigación que dejaron de presentar.