El 08.05.86 fueron asesinadas 9 personas por un comando de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), en la población de Yumare del Distrito Bolívar, Edo. Yaracuy.
Provea asistió jurídicamente a los familiares de las víctimas para lograr desclasificar el expediente del caso, el cual era considerado secreto por el Ministerio de la Defensa (MD).
Las autoridades policiales indicaron que se trató de un enfrentamiento armado de un grupo de la Disip, con un grupo guerrillero con el saldo de 9 guerrilleros muertos y un funcionario de la Disip herido. Sin embargo, testigos afirman que esas personas fueron detenidas, torturadas y, posteriormente, ejecutadas -les colocaron ropas militares encima de su ropa civil- por funcionarios de ese organismo policial.
Indicaron que los mismos eran luchadores sociales y promotores del ideal bolivariano. Los ciudadanos presuntamente ejecutados extrajudicialmente fueron: Rafael Ramón Quevedo Infante, Ronald José Morao Salgado, Nelsón Martín Castellano Díaz, Dilia Antonia Rojas, Luis Rafael Guzmán Green, José Rosendo Silva Medina, Pedro Pablo Jimenes García, Simón José Romero Madriz y Alfredo Caicedo Castillo.
En relación con este caso Provea solicitó al General Raúl Salazar, titular del MD, que autorizara a la Dirección de Justicia Militar conceder copia del expediente Nº 471 procesado por el Tribunal Militar de Primera Instancia de la Jurisdicción del Edo. Lara. Sin embargo, dicha autoridad no emitió respuesta alguna.
Por esta razón Provea interpuso un amparo constitucional ante la Sala Político Administrativa de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra el Ministro de la Defensa, General Raúl Salazar, por haber violado el derecho a una respuesta oportuna al peticionario. Esta acción fue ratificada en una audiencia constitucional ante el mismo organismo, el 05.08.99. La CSJ no llegó a sentenciar y en su lugar, declinó la competencia una vez transformada la Corte en Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
Se convocó una nueva audiencia constitucional, esta vez ante la Sala Constitucional del TSJ. La audiencia se realizó el 21.06.00, y ese mismo día, el MD consignó una copia certificada del expediente del Caso Yumare. Consignada la copia, la Sala Constitucional del TSJ consideró que no había materia sobre la cual decidir. Al respecto, cabe mencionar que el Amparo cumplió el objetivo de desclasificar el expediente de este caso, el cual venía siendo considerado secreto por el MD.
Hoy en día, el expediente del Caso Yumare, Nº 001105, puede ser consultado por cualquier persona en la Sala Constitucional del TSJ. De ese expediente conviene destacar el voto salvado del entonces Teniente Coronel Aviación, Germán Rafael Blasco Acevedo, quien actuaba como Canciller en el Consejo de Guerra Permanente de Maracay (Edo. Aragua). En dicho voto salvado se exponen argumentos que apuntan a señalar que, en Yumare, la DISIP cometió una masacre.
Documentos relacionados con este caso:
– Documento presentado en audiencia constitucional ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con la finalidad de ratificar los alegatos que sustentan la Acción de Amparo contra el Ministro de la Defensa General Raúl Salazar, por haber violado el derecho a una respuesta oportuna al peticionario (21.06.00).
– Trascripción del voto salvado del Teniente Coronel Aviación, Germán Rafael Blasco Acevedo, canciller del Consejo Permanente de Guerra.