Nosotros, miembros de la Asociación Civil de Derechos Humanos y de Derechos Civiles FUNDECI, saludamos y aplaudimos el pronunciamiento que la Fiscal General de la República, la Doctora Luisa Ortega Díaz, hiciera el día de hoy 31/03/2017 sobre las sentencias números 155 y 156 que emitiera en “Ponencia Conjunta” la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y en el que no dudó en señalar que las mismas son violación al orden constitucional y desconocimiento del modelo de Estado consagrado en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en consecuencia constituyen una ruptura del hilo constitucional. Ahora bien ciudadana Fiscal General, usted como parte integrante del Poder Ciudadano, Poder que se ejerce a través del Consejo Moral Republicano, le exhortamos públicamente a que su pronunciamiento no sólo quede en meras palabras producto del momento político que vive el país, sino que solicite con carácter de urgencia al Consejo Moral Republicano una reunión extraordinaria a fin de estudiar, investigar y evaluar sí los siete (7) magistrados de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y quienes en “Ponencia Conjunta” de las referidas sentencias, incurrieron en algunas de las seis (6) causales que a tenor de lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano son consideradas FALTAS GRAVES de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y en consecuencia de ser así, iniciar el procedimiento establecido en dicha Ley Orgánica e informar a la Asamblea Nacional los hechos pormenorizados de la conducta de los magistrados que contengan la calificación  de faltas graves en un lapso de tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de la decisión, ello de conformidad al artículo 34 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano, para que una vez cumplido con el procedimiento establecido en dicha ley orgánica y el Debido Proceso consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Asamblea Nacional proceda de conformidad a lo establecido en el artículo 265 de nuestra Carta Fundamental a la remoción de los integrantes de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

Ciudadana Fiscal General es su obligación actuar en consecuencia, adelante que el pueblo venezolano le apoyará. Esperamos de usted.

Por la Junta directiva

Elenis Rodríguez; Joel García; Sonia Guanipa; Rigoberto Quintero; Carlos Aponte; Luis Cabrera y Aiveh Vargas.


Asociación Civil de Derechos Humanos y de Derechos Civiles FUNDECI