Washington, D.C. – En el contexto de la represión y obstaculización a la protesta, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) manifiestan su profunda preocupación por la falta de servicio eléctrico y agua potable en Venezuela, y urgen al Estado venezolano a garantizar los derechos humanos de la población frente a la emergencia humanitaria que enfrenta el país. 

La CIDH recabó información sobre las graves violaciones a los derechos humanos de los habitantes del país en el marco del apagón del sistema eléctrico, ocurrido el 7 de marzo de 2019 y prolongado intermitentemente hasta el 13 de marzo de 2019, lo que originó la falta de servicios básicos como el acceso al agua potable, la recolección de basura, los servicios telefónicos, la adquisición y abastecimiento de insumos alimenticios, entre otros. Asimismo, la CIDH observa con preocupación que esta situación ha provocado la pérdida de vidas humanas, deterioro de la salud y de los servicios sanitarios, detenciones arbitrarias de personas por manifestar su descontento con la situación, falta de gas doméstico y agua potable, la utilización de aguas residuales para consumo personal, obstaculización del acceso a la información y a la libertad de expresión, y dificultades en el transporte público. 

La CIDH y la REDESCA advierten al Estado venezolano que al no cumplir con sus obligaciones esenciales en materia DESCA, estaría profundizando de manera grave la crisis humanitaria compleja que vive el país. En ese sentido, la CIDH y la REDESCA instan al Estado a dar respuesta inmediata y buscar formas de apalear los efectos de la falta de suministro eléctrico tomando en cuenta los principios de no discriminación, igualdad, transparencia y con un enfoque de género. 

La Comisión y la REDESCA observan con preocupación que hasta el momento no existe información oficial respecto a las condiciones de varios hospitales del país. Particularmente la REDESCA se encuentra profundamente preocupada que según las cifras más recientes emitidas por organizaciones de la sociedad civil, se contabilizan 25 fallecidos. La mayoría de las defunciones sucedieron el 9 de marzo, cuando se registraron 14 muertes en casas de salud debido a la falta del servicio eléctrico. De igual manera fuentes de la sociedad civil indicaron que a nivel nacional 20 personas también habrían fallecido por no poder practicarse una diálisis. Por otro lado, de la información recibida por la CIDH y su Relatoría Especial DESCA se identifica que hasta el día 11 de marzo en horas de la tarde la mitad de los hospitales funcionaban con plantas y el 73% de los hospitales no cuentan con servicio de dotación de agua.

La REDESCA llama la atención respecto a la situación en el Hospital José Manuel de los Ríos en Caracas, por cuanto se reportó que el 11 de marzo los pacientes (en su mayoría niñas y niños) y sus familiares, hacían reclamos por las ventanas del hospital debido a la falta de comida y agua. Así mismo se reportó que la Policía Nacional Bolivariana estaría custodiando los accesos al lugar e impidiendo las labores de asistencia humanitaria por parte de organizaciones de la sociedad civil. En ese sentido, la CIDH y la REDESCA recuerdan al Estado de Venezuela que en febrero de 2018 la CIDH otorgó Medidas Cautelares a favor de las niñas y niños pacientes del área de Nefrología del Hospital JM de los Ríos, solicitando la adopción de las medidas necesarias a fin de asegurar las condiciones de salubridad y seguridad del área de Nefrología del hospital de conformidad a los estándares internacionales aplicables, entre otros aspectos.

Adicionalmente, la CIDH observa con preocupación la especial afectación de las mujeres pacientes que se encuentran en las salas de parto y áreas de emergencia, así como las condiciones de los recién nacidos del área de neonatología del Hospital Maternidad Concepción Palacios de Caracas. Según la información proporcionada, 15 mujeres y 275 recién nacidos habrían fallecido entre agosto y diciembre de 2018, en el referido hospital. Por lo anterior, el 18 de marzo de 2019, la CIDH otorgó medidas de protección (Resolución nº 13/2019) y solicitó al Estado venezolano, entre otras medidas, garantizar la provisión de insumos, medicamentos y servicios médicos adecuados para dar una atención efectiva a las emergencias dentro del ámbito de la salud sexual y reproductiva de las mujeres así como asegurar la infraestructura, electricidad y agua necesarios para tales servicios conforme a los estándares aplicables.

También se advierte la situación que viven los profesionales de la salud, que en cumplimiento de sus funciones, han denunciado falta de insumos en los hospitales y a causa de ellos son suspendidos o removidos definitivamente de su trabajo. Por lo tanto, preocupa a la REDESCA que con la afectación a las casas de salud en todo el país por la falta de suministro eléctrico y de agua, el hostigamiento laboral hacia los galenos pueda empeorarse. 

Sobre el Derecho a la Alimentación, se ha indicado que la población tiene dificultades adicionales para conseguir alimentos no perecederos. En ese sentido, según el Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS), tras 6 días de falla intermitente de electricidad, se han registrado saqueos a supermercados, panaderías, plantas de procesamiento de alimentos y bebidas, y expendios de todo tipo en los 23 estados del país y el Distrito Capital. Asimismo, según la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Productos de Venezuela (FEDECAMARAS), esto ha generado graves perjuicios económicos y mayor desabastecimiento alimentario en el país. 

La CIDH y REDESCA reiteran al Estado Venezolano que el derecho a la alimentación se hace efectivo cuando las personas tienen acceso físico y económico a una alimentación adecuada o a medios para obtenerla en todo momento. En ese marco, el Estado Venezolano debe redoblar esfuerzos para garantizar niveles esenciales para proteger a su población del hambre.

Por otro lado, la CIDH y la REDESCA toman nota que debido a la emergencia humanitaria, agravada por las fallas eléctricas, agudizaron la crisis existente en la distribución del agua potable en Venezuela. Observan con preocupación los hechos que se han reportado en algunas zonas periféricas de Caracas, donde se señaló que personas tienen que recurrir a recoger agua de vertientes naturales, desagües de alcantarilla y de canales urbanos debido a la falta de suministro de agua potable. Según la información proporcionada, habitantes de la Parroquia San Agustín en Caracas han tenido que recolectar agua en el río Guaire, el cual es alimentado por varios desagües de aguas servidas de la capital, lo que podría producir intoxicaciones por no ser apta para el consumo humano. 

En ese sentido, la REDESCA manifiesta que es indispensable que el Estado tome las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de los derechos a la alimentación, salud y agua en el país. La fragilidad del entorno del derecho a la salud sobre todo afectará a las personas que se encuentren en mayor situación de vulnerabilidad. Igualmente, manifiesta su preocupación por la inexistencia de cifras oficiales sobre la situación de los hospitales y grave situación alrededor de la provisión de alimentos en Venezuela, e insta a las autoridades a realizar todos los esfuerzos posibles para asegurar la salud, la alimentación y la dotación de agua potable a los habitantes del país.

La CIDH y la REDESCA expresan su creciente preocupación por la situación de extrema vulnerabilidad que enfrenta el pueblo venezolano, por las dificultades para tener acceso a los servicios básicos como a la luz y al agua potable, entre otros. En este sentido, la Comisión recuerda que para el Sistema Interamericano, el derecho humano al agua impone la obligación a los Estados de garantizar el acceso al agua salubre y en cantidad suficiente como una condición ineludible para la satisfacción y ejercicio de varios derechos humanos, como lo son el derecho a la vida, a la integridad personal, a la salud, entre otros. De igual manera, le recuerda que el Estado tiene el deber de adoptar medidas de prevención de conformidad al conocimiento que tenga o debiera tener de una situación de riesgo real e inmediato para un individuo o grupo de individuos determinado y a las posibilidades razonables de prevenir o evitar ese riesgo.

Asimismo, la CIDH advierte que persisten los patrones de represión violenta a personas que intentan manifestar sus puntos de vista sobre la crisis política, económica y social que enfrenta el país. El 13 de marzo de 2019, la CIDH recibió información proporcionada por el OVCS, sobre la muerte de cuatro personas en el Estado Lara, en el contexto de las protestas. Asimismo, según lo informado por el Foro Penal, entre el 8 de marzo al 13 de marzo se registraron 131 arrestos arbitrarios, de los cuales 17 son casos de adolescentes. 

La CIDH manifiesta su preocupación ante el cierre de los pasos fronterizos entre Venezuela y Colombia, decretado por el Estado venezolano el 22 de febrero de 2019. Asimismo, la CIDH toma nota de la apertura temporal de un corredor humanitario, iniciado el 11 de marzo de 2019, el cual permite el paso fronterizo a estudiantes y personas enfermas que precisen trasladarse por la zona y exhorta al Estado venezolano a restablecer los pasos fronterizos. 

Adicionalmente, la Comisión ha recibido información sobre la continuación de los patrones de hostigamiento contra defensores y defensoras de derechos humanos. Según la información recibida, el defensor de derechos humanos y periodista Luis Carlos Díaz, habría sido detenido el 11 de marzo y puesto en libertad al día siguiente bajo régimen de presentación y prohibición de salida del país. Igualmente, el Foro Penal informó que el 14 de marzo fue detenido su coordinador de Defensores Activos para Tucupita. Al respecto, la CIDH reitera el llamado al Estado Venezolano a adoptar medidas necesarias para el cese de las intensas campañas de estigmatización y hostigamiento que enfrentan quienes defienden los derechos humanos en el país y al cese de la criminalización de defensoras y defensores de derechos humanos.

La REDESCA es una Oficina de la CIDH, especialmente creada para apoyar a la Comisión en el cumplimiento de su mandato de promoción y protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el continente americano.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.


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