La CIDH recordó que en Venezuela los tratamientos para pacientes hemofílicos debe ser suministrado por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales
El lunes 15 de julio la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) emitió medidas cautelares a favor de 13 pacientes venezolanos que padecen de hemofilia y otras coagulopatias.
Mediante la resolución 36/2019, la CIDH informó la medida de protección que beneficia y brinda protección a los derechos de Andrea Virginia Oquendo Castellano, Ángel Javier Quintero Colmenares, Emiro de Jesús Parada González, Gregorio José Tovar, Jefferson José Ferrer, José Ramón chirinos peña, juan carlos menco petiti, Sergio de jesus tovar, hector Alejandro Parra Márquez, Lisbeth Josefina Castellano Leal, Manuel José Aguilera Tova y dos menores de edad.
El organismo internacional aseguró que estas personas han sido diagnosticadas con su patología desde hace varios años, y no estarían recibiendo el tratamiento médico prescrito.
Dicho tratamiento debería ser suministrado por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), sin embargo, luego de entregarlo por tiempo prolongado se ha suspendido la dotación por periodos aún mayores.
A través del documento la CIDH detalló que “la mayoría de los beneficiaron viven en el estado Zulia, donde habría 12 horas diarias sin luz eléctrica, lo que dificultaría aún más su situación de acceso al sistema de salud, así como el transporte y resguardo de alimentación”.
Desde el organismo internacional solicitaron a la administración de Nicolás Maduro información con respecto a las fallas en el sistema de salud, que afectan principalmente a estar personas, esto de acuerdo en cumplimiento del artículo 25 del reglamento de la CIDH, sin embargo, para la fecha no han recibido respuesta alguna.
Exhortaron a Gobierno de Venezuela adoptar de manera inmediata “las medidas necesarias para proteger la vida, integridad personal y salud de las personas beneficiarias”.
Exigen la puesta en marcha de un plan que “posibilite el acceso a un tratamiento médico adecuado, incluyendo a los medicamentos necesarios de conformidad con lo prescrito por los médicos correspondientes, así como los diagnósticos y exámenes que permitan evaluar de manera regular su estado de salud, según los estándares internacional aplicables”.
Bajo la medida cautelar N° 566-19 la CIDH, emitió la resolución en la que especifica que si estas personas no reciben con prontitud y continuidad su tratamiento, están propensas a sufrir complicaciones como “hematomas en exceso, sangrado interarticular y la hemartrosis… que de repetirse frecuentemente se originarían atrofias musculares, lo que conlleva inexorablemente a la discapacidad y dependencia de terceros”.
El gabinete de Maduro tiene 15 días a partir de la adopción de esta medida para dar respuestas concretas en pro de la salud de los afectados.
En la actualidad Venezuela vive una emergencia humanitaria compleja, que ha afectado con mayor ahínco a las personas con cualquier tipo de padecimiento, en especial, a aquello con enfermedades crónicas.
Alianza Tal Cual-Provea