ACERCA DEL AUTOR:
Marino Alvarado
Abogado, Coordinador de Exigibilidad Legal de Provea.
Marino Alvarado | Una de las características más resaltantes de la gestión de Maduro desde 2013 ha sido la profundización de los mecanismos de control social. Ya con Chávez se habían establecido y Maduro los potenció. Un control que busca generar miedo, cercenar espacios democráticos y lograr que millones para sobrevivir dependan de los favores o medidas que implemente el partido del gobierno y las instituciones que controlan. El garrote y la zanahoria.
El Estado de Alarma decretado ha logrado el éxtasis del control social. Una medida que en términos sanitarios es adecuada para evitar la propagación del Covid 19 el gobierno la usa al máximo para consolidar dicho control.
El incumplimiento de la recomendación de quedarse en casa y la obligación de usar tapabocas se fue criminalizando hasta el punto de privar de la libertad a personas por incumplir esas medidas. Igualmente, se ha ido imponiendo progresivamente un toque de queda en los municipios del país. Se elaboran resoluciones totalmente inconstitucionales donde se restringen derechos de la población y se detiene a cientos de personas de manera arbitraria. Alcaldes, gobernadores y algunos dirigentes políticos pro gobierno estimulan u ordenan a los organismos de seguridad a realizar las detenciones. Se imponen además normas vagas, imprecisas que quedan a la libre interpretación de cualquier funcionario es un país donde el abuso policial es continuo y de alto riesgo, pues el maltrato y uso desproporcionado de la fuerza es lo habitual.
Solo mediante actos legislativos de la Asamblea Nacional a través de leyes se pueden imponer sanciones o penas y motivos por los cuales pueden ser detenidas las personas. No porque a cualquier Alcalde o Gobernador le dio el antojo de imponer “orden” a su manera se puede establecer las razones para privar de libertad. Dictadorcillos regionales que compiten para ver cuál es más autoritario.
El artículo 49 de la Constitución expresamente establece que ninguna persona puede ser sancionada por actos u omisiones que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes.
Estas arbitrariedades se ejecutan con el visto bueno de quien ejerce la Defensoría del Pueblo que debería ser la primera persona en salirle al paso a tales abusos, si hubiese una Defensoría independiente. Su deber es alzar la voz y adoptar medidas para preservar los derechos de las personas.
Por su parte y valiéndose de la complacencia del Defensor, El Fiscal impuesto por la dictadura avanza aceleradamente a imputar personas que presuntamente cometieron omisiones en la prevención y como consecuencia se extiende el contagio. Tales detenciones arbitrarias y posterior encarcelamiento demuestran que incluso para resolver un problema de salud pública lo único que se le ocurre a quien alguna vez afirmó no quería ser el carcelero del país, es mandar la gente a la cárcel.
Las restricciones progresivas a las libertades que de manera inconstitucional vienen imponiendo autoridades locales, la intimidación permanente a la población con un despliegue excesivo de funcionarios como si estuvieran en un operativo contra personas fuertemente armadas y los encarcelamientos por goteo que se van incrementando junto al sometimiento a regímenes de presentación en tribunales, constituyen un cuadro autoritario que sobre pasa cualquier interés legítimo en preservar la salud de la población y tienen como propósito reforzar el control sobre la sociedad y afianzar el modelo autoritario.
Ese empeño autoritario obstaculiza la necesidad del acuerdo institucional y político que Venezuela necesita para atender la emergencia de salud por el Coronavirus. Se piensa en el Poder, pero no en la gente.
Es lamentable que una medida parcialmente adecuada en términos de salud pública orientada a evitar conglomeraciones y estimular el accionar rápido y coordinado de las instituciones en escala nacional, estadal y municipal, se tergiverse con fines políticos y termine generando más sufrimiento para la gente y restricción de sus derechos.
ACERCA DEL AUTOR:
Marino Alvarado
Abogado, Coordinador de Exigibilidad Legal de Provea.