(Caracas, 25 de mayo 2017) En horas de la tarde del 23 de mayo de 2017, Nicolás Maduro entregó a las autoridades electorales la propuesta de bases comiciales para la elección de 540 constituyentistas que redactarán una nueva Carta Magna. Según su modelo, Maduro establece que 364 constituyentistas serían elegidos en una votación por municipios, según jurisdicciones decididas por el CNE, mientras que 176 serían electos como representantes sectoriales: trabajadores, indígenas, estudiantes y campesinos. Esta propuesta no explicó razones de naturaleza técnica, ni por qué se justifica realizarlo de manera diferente al proceso realizado en 1999 bajo la presidencia de Hugo Chávez. A las pocas horas la rectora Tibisay Lucena anunció la aprobación de la propuesta.

Como recordaremos, durante la Constituyente de 1999 se seleccionaron 131 Constituyentistas, 24 por circunscripción nacional, 104 por circunscripción regional y 3 para comunidades indígenas. Cada elector tenía derecho a elegir a diez (10) Constituyentistas por Circunscripción Nacional más tantos Constituyentistas según la Circunscripción Regional donde estuviera inscrito. El tiempo previsto en 1999 para el funcionamiento de la ANC era de 6 meses. Si este plazo fuera el mismo para la ANC a elegirse en julio de 2017, sus deliberaciones llegarían hasta el mes de enero de 2018.

Al anunciar la convocatoria a elecciones para una irregular Asamblea Nacional Constituyente (ANC), sin realizar un referendo consultivo previo y vulnerar el voto universal para la selección de sus miembros, el Consejo Nacional Electoral (CNE) está cerrando los mecanismos institucionales de resolución del conflicto y allanando el camino para la protesta violenta en el país.

Además de la selección no democrática de los integrantes de la ANC para el próximo mes de julio, violando los principios electorales presentes en la Carta Magna de 1999, el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció la realización de las elecciones regionales para el mes de diciembre de 2017, un año después de cuando legalmente correspondía realizarlas. Sin embargo, este anuncio no representa garantía alguna para su efectiva realización.

La elección de una Asamblea Nacional Constituyente tiene como objetivo, de conformidad con el artículo 347 CRBV, “transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”. En virtud de estas competencias la ANC puede abolir los llamados “poderes constituidos”, como las gobernaciones, e imponer un esquema de división y gestión territorial que prescinda de las figuras de los mandatarios regionales, como precisamente ha sido descrito en la propuesta del llamado “Estado Comunal”.

Nicolás Maduro no tiene una propuesta de país mejor que la establecida en la Constitución de 1999. Al darle rango constitucional a sus principales políticas conocidas (Comités Locales de Abastecimiento y Producción, Operativo de Liberación del Pueblo y Arco Minero del Orinoco, entre otros) Venezuela experimentaría una grave regresión en materia de derechos, vulnerando el principio de progresividad, el cual hoy se encuentra en riesgo.

Al clausurar los canales institucionales pacíficos para la resolución del conflicto, la mayoría de las autoridades electorales del CNE, especialmente su rectora Tibisay Lucena, están allanando el camino a la violencia. Esta irregular decisión reitera que después de las elecciones parlamentarias de diciembre de 2015, el actual árbitro electoral no garantiza elecciones de naturaleza democrática. Además de la responsabilidad de Nicolás Maduro por las personas asesinadas en el contexto de protestas, heridas, violación del debido proceso, tolerancia y estímulo a la actuación de grupos paramilitares y traslado a tribunales militares a civiles detenidos por manifestar; las actuales autoridades del CNE podrán ser corresponsables en un futuro de las violaciones de derechos humanos generadas a partir de su inconstitucional decisión.

Convocamos al pueblo venezolano a rechazar esta decisión arbitraria de la dictadura venezolana y continuar defendiendo, de manera pacífica, la vigencia de la Constitución de 1999. El principal objetivo de esta intolerable decisión es provocar la masificación de respuestas violentas por parte de quienes han mantenido, hasta hoy, una conducta ejemplar. Dejarse conducir por la ira y la frustración ante estas arbitrariedades, es transformar un masivo movimiento popular pacífico y victorioso en uno violento y minoritario, derrotable y criminalizable por quienes hoy intentan, de cualquier manera, perpetuarse indefinidamente en el poder.


Programa Venezolano de Educación- Acción en Derechos Humanos (Provea)