Por: Lucía Ramírez Bolívar, Ezequiel Monsalve| Marzo 18, 2019
Con el reflejo de la llamarada en sus ojos, Augusto respira, cierra los ojos y sopla las velas de un ponqué, mientras recibe felicitaciones por su cumpleaños. Tiene 30 años y lleva más de 10 meses fuera de Venezuela.
La decisión de salir de su país no fue fácil, sin embargo, a diferencia de miles de venezolanos, Augusto cuenta con el Permiso Especial de Permanencia, una autorización del gobierno para permanecer en Colombia por dos años y trabajar.
Desde que llegó a vivir con su hermano en el Sur de Bogotá, ha aplicado a numerosas ofertas de empleo sin tener suerte.
A primera vista la historia de Augusto no parece muy distinta a la de los casi tres millones de venezolanos que se han desplazado forzadamente hacia otros países de América Latina.
Sin embargo, si regresa a su país podría enfrentarse a una pena entre seis y doce años de prisión. ¿La razón? era teniente de la Armada y decidió desertar. En abril de 2018 aprovechó un día de permiso, se vistió de civil y empezó su viaje hacia Colombia.
Aunque sabía que desertar era un delito, nos cuenta que decidió hacerlo porque “no estaba de acuerdo con el adoctrinamiento en la academia, no quería ver a los ciudadanos que pensaban distinto como enemigos, y tampoco quería ser el responsable directo o indirecto de una tragedia”.
Según cifras de Migración Colombia, al menos 700 miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) han llegado a Colombia en los últimos días.
Aunque esta situación ha tomado protagonismo luego del pasado 23 de febrero, cuando los rostros de la deserción aparecieron en primer plano en los noticieros del mundo, lo cierto es que muchos han venido saliendo del país sin identificarse como miembros de las FANB, por el riesgo que esto implica, y podrían no contar con la protección internacional que su situación requiere.
Además de los tratados internacionales en materia de refugio, varios países de la región han incluido en su legislación interna la definición ampliada de refugio de la Declaración de Cartagena, que incluye a quienes huyen de contextos de “violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de derechos humanos o grave perturbación al orden público”.
De esta manera, todas las personas provenientes de Venezuela deberían ser reconocidas como refugiadas y los estados deberían otorgarles la protección necesaria.
En el caso de los policías, guardias y militares que han desertado, el reconocimiento de la condición de refugiado implica un análisis más detallado por parte del gobierno del país receptor. De acuerdo con la Convención de 1951, antes de que un país reconozca a estas personas la condición de refugiado, debe verificar que no hayan cometido crímenes internacionales o delitos graves.
Aunque la deserción no es un delito grave ni en Venezuela ni en Colombia, los actos de represión en el marco de las protestas sociales sí se pueden considerar crímenes contra la humanidad.
En febrero del 2018 la Corte Penal Internacional abrió una indagación una preliminar sobre Venezuela, en la que se señala que los militares son los principales responsables de haber atacado a la población civil de manera sistemática y generalizada, ocasionando cientos de muertes, lesiones y miles de detenciones arbitrarias durante el ejercicio del derecho a la protesta. Así que el reconocimiento del estatus de refugiado en estos casos no es un asunto menor.
Acnur ha considerado que los militares desertores pueden ser víctimas de persecución si el motivo de su salida responde a una objeción de conciencia frente a las órdenes impartidas. En el caso de Venezuela, al igual que Augusto, muchos huyen del país por estar en desacuerdo con los lineamientos de los altos mandos militares, por la grave situación política y económica que atraviesa el país, o por una mezcla de ambas razones.
En conflictos armados internacionales recientes, como los de Siria, Irak y Afganistán, los militares desertores han recurrido a la figura de refugio para buscar protección internacional.
En Latinoamérica, la mayoría de los casos se han dado en el marco de la caída de regímenes autoritarios como Pinochet en Chile, Fujimori en Perú y Videla en Argentina. Las pocas solicitudes de refugio documentadas se refieren a casos de militares que huían de juicios penales, alegando persecución política y violaciones al debido proceso. Más hacia el Norte, un referente importante es el caso de los 30.000 reclutas estadounidenses, que en la década de los 50 solicitaron protección al gobierno de Canadá, pues se rehusaban a participar de los combates en el marco de la guerra en Vietnam.
Estos casos evidencian que el acceso a refugio para personas desertoras de las fuerzas armadas no es tema que pueda tomarse a la ligera. Por un lado, está en juego la garantía de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas de violaciones a los derechos humanos y por otro la protección internacional de quienes por razones de conciencia o de necesidad han decidido asumir el riesgo de convertirse en desertores. Así, es preocupante el tratamiento que se le ha dado a estos casos en los últimos días.
La deserción de varios miembros de las FANB fue difundida en medios de comunicación haciendo públicos sus rostros y nombres. Muchos medios y actores políticos quisieron retratar estos hechos como actos heroicos sin tener en consideración los riesgos que implicaba tanto para ellos como para sus familiares —que aún se encuentran en Venezuela— el hecho de hacer esta información pública. Las organizaciones Foro Penal y Human Rights Watch han documentado al menos 32 casos donde familiares y personas allegadas a militares en sublevación, deserción o acusados de conspiración han sido perseguidos, intimidados e encarcelados por el gobierno de Maduro. Tememos que esta situación se repita con los funcionarios desertores, que han sido expuestos recientemente por los medios de comunicación.
Augusto afirma que al menos trece compañeros de su promoción han desertado y han huido a distintos países de América Latina. Desconociendo la posibilidad de solicitar refugio como una medida de protección internacional, muchos confían en que no se abran investigaciones penales en su contra debido al colapso institucional de la Fiscalía Militar venezolana.
Es probable que la deserción de miembros de las Fuerzas Armadas venezolanas siga aumentando, por lo tanto, es urgente que los gobiernos cuenten con un un procedimiento de refugio claro, expedito y garantista de derechos para abordar estos casos, donde no sólo está en juego la protección individual sino la garantía de los derechos de las víctimas de violaciones por parte de las fuerzas armadas. Así, los estados de la región estarían haciendo honor a su compromiso de promover una transición pacífica en Venezuela.
Publicado en DeJusticia