«Yo tengo un nuevo aliento, porque por primera vez en mis cuarenta años de edad me siento respaldado». Así se expresó emocionado Johonnys Armando Hernández (40), un venezolano que posee la condición de Hemofilia Tipo A Severa, y que el pasado 8 de septiembre de 2017 fue beneficiado por la resolución 37/17 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que otorgó una medida cautelar de protección a su favor y ordenó al Estado venezolano a tomar todas las medidas necesarias para garantizar su vida e integridad física, ante las constantes y prolongadas interrupciones en el tratamiento del señor Hernández, producto del incumplimiento de las obligaciones del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales para con los pacientes que padecen dicha enfermedad.
La medida había sido solicitada el pasado 5 de mayo de 2017 por las organizaciones Acción Solidaria; Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea); Centro para la Paz (CEPAZ); y Asociación Venezolana para la Hemofilia (AVH).
En rueda de prensa realizada este martes en la sede de la ONG Acción Solidaria, Feliciano Reyna (ACCSOL), Natasha Saturno (ACCSOL) y Antonia Luque (AVH), comentaron el alcance de la medida otorgada por la CIDH, enfatizando que se trata de una decisión que marca un hito en la historia de los derechos humanos en el país, toda vez por primera vez en la historia de Venezuela, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorga una medida cautelar en base al derecho humano a la salud, sin que esta estuviera relacionado con la salud de las personas privadas de libertad. «Esta medida marca un hito en la historia de los derechos humanos en Venezuela, es la primera que se otorga a una persona que ha dejado de recibir tratamiento adecuado producto del incumplimiento estatal de garantizar el derecho a la salud y la vida, y abre las puertas a miles de afectados por la grave crisis de la salud en el país», señaló Feliciano Reyna, Director Ejecutivo de ACCSOL.
El Estado a través el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) había otorgado el tratamiento de profilaxis a los pacientes con hemofilia desde el año 2009, pero en 2015, el Presidente del ente, Carlos Rotondaro, emitió una circular en la que se estableció una modificación en el esquema de entrega del tratamiento, que trajo como consecuencia el cambio de profilaxis a un sistema de «demanda», afectando con ello a más de 4.990 venezolanos que padecen hemofilia y otras enfermedades vinculadas. La entrega selectiva y racionada trae consigo un deterioro evidente de la calidad de vida de las personas con hemofilia, al punto que no pueden trabajar, valerse por sí mismas o incluso llegan a perder la vida a consecuencia de los padecimientos y las complicaciones asociadas. «Para garantizar la salud y la vida de las personas con hemofilia severa el tratamiento necesario es la profilaxis mediante 24 dosis de concentrados de factor de coagulación al mes, sin embargo, el IVSS sólo está otorgando 3 unidades al mes por persona y sólo en el supuesto que el afectado presente hermatrosis», explicó Antonia Luque de la Asociación Venezolana de Hemofilia.
La CIDH solicitó al Estado venezolano adoptar las medidas necesarias para proteger la vida e integridad personal del señor Hernández, tomando en consideración la enfermedad que enfrenta; «en particular, mediante la adopción de medidas inmediatas que posibiliten que reciba un tratamiento médico adecuado atendiendo a su condición actual de salud, conforme a los estándares internacionales aplicables».
37-17MC309-17-VEPrensa Provea